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Viento del Norte es el contenedor de opinión de elDiario.es/Euskadi. En este espacio caben las opiniones y noticias de todos los ángulos y prismas de una sociedad compleja e interesante. Opinión, bien diferenciada de la información, para conocer las claves de un presente que está en continuo cambio.

The time is now: impuesto a las transacciones financieras

José Ramón Mariño

En 1978 James TOBIN propone «echar arena en las ruedas de nuestros mercados monetarios excesivamente eficientes» introduciendo una pequeña tasa sobre todas las transacciones sobre los mercados de divisas penalizando a los especuladores a corto plazo. La razón era que desalentando las conductas especulativas los mercados se estabilizarían pues si el beneficio es menor por el efecto de la tasa, algunas transacciones no se realizarían.

Posteriormente estimulado por la crisis asiática de finales de los 90, RAMONET, editor de «Le Monde Diplomatique», renueva el debate alrededor de la tasa Tobin con un editorial titulado «Desarmar los mercados» en el que apunta «la urgencia de echar arena a los engranajes de los movimientos de Capitales, de tres maneras: supresión de los paraísos fiscales, aumento de la fiscalidad de las rentas de capital e imposición de las transacciones financieras (ITF)».

Argumentos favorables al impuesto son que contribuye a reducir la especulación a corto plazo y centra la atención en factores a largo plazo y porque aunque los tipos impositivos sean reducidos, como la base imponible tiene un gran volumen, los ingresos fiscales serían muy elevados. Además reduce la inestabilidad y el riesgo sistémico, ya que el impuesto reduce el exceso de volatilidad relacionado con cambios de precios que no tienen relación con el valor real de los activos, sino con comportamientos irracionales, y desincentiva la posibilidad y el riesgo de burbujas y potenciales quiebras posteriores al reducir la negociación en derivados, y mitiga el efecto de instrumentos financieros que contribuyen a las crisis financieras. Mejora de la equidad, corrigiendo el infra-gravamen del sector financiero en comparación con otros sectores (exención de IVA), refuerza la progresividad creada por la renta y otros impuestos de la riqueza ya que son los individuos de mayor renta y riqueza quienes realizan las transacciones financieras. Y al igual que los otros juegos de azar están gravados, este juego de azar que es la especulación en bolsa también lo estaría.

Con respecto a la recaudación prevista por la Comisión para los 11 Estados que aplicarían el Impuesto, esta se cifra en 31.000 millones de euros lo que para el Estado Español supondría 4.500 millones de euros considerando que la recaudación de este impuesto fuese proporcional a la participación del peso económico de los Estados (asunto bastante discutible). Otro estudio relativo a España de Carlos y Mónica Contreras estima que la recaudación sería superior, oscilaría entre 6.170 y 7.250 millones de euros. Este estudio citado, también concluye que el impacto sobre Trading se sesgaría hacia plazos superiores reduciéndose el intra-día y se concentraría en activos de mayor duración.

Soy consciente que para que el ITF sea una herramienta que permita combatir la especulación financiera, reduzca la volatilidad de los precios de los activos y evite las burbujas financieras entre otros aspectos debe de estar acompañado de un conjunto de medidas que coloquen las finanzas globales al servicio de la actividad productiva de bienes y servicios que satisfagan las necesidades humanas. Algunas de ellas son: prohibición de negociar con derivados en mercados de materias primas y energéticas (cobertura sí, pero no especulación a corto plazo), regulación de la banca en la sombra y supresión de los paraísos fiscales, armonización fiscal que impida la elusión de impuestos por parte de las grandes corporaciones, mayor progresividad fiscal y equiparación de tipos impositivos a los rendimientos de capital y de trabajo, etc.

En septiembre de 2011 la Comisión Europea propuso la adopción de un Impuesto sobre las Transacciones Financieras en la Unión. El objetivo es garantizar que las entidades financieras contribuyan a la financiación de los costes derivados de la reciente crisis y reforzar la eficiencia y estabilidad del sector financiero al reducir las transacciones especulativas a muy corto plazo. Se instaba a proceder a una implementación coordinada del ITF con el fin de evitar la fragmentación de los mercados financieros y garantizar un correcto funcionamiento del mercado interior. Específicamente se señalaba que una aplicación unilateral de dicho gravamen por parte de algunos estados podría dar lugar a desplazamientos de la actividad desde los Estados con mayores tipos impositivos a aquellos con menores cargas tributarias.

En mayo de 2012 el Parlamento Europeo emite dictamen favorable a la aplicación de un ITF. Las reuniones de ECOFIN pusieron de manifiesto la imposibilidad de poner en marcha de manera común en el conjunto de la Unión Europea un ITF, de tal forma que 11 Estados (entre los que se encuentra el Estado español) pidieron autorización para proceder a la cooperación reforzada (procedimiento que permite desarrollar iniciativas en la Unión Europea con suficiente número de Estados que las apoyen y garantizando que no serán bloqueadas por el resto de estados miembros) en la implantación de un ITF cuya aplicación pasaría a restringirse a sus territorios respectivos (posteriormente Estonia se retiraría). La comisión autorizó la cooperación reforzada en Octubre y en Noviembre la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios del Parlamento Europeo refrendó esta cooperación reforzada. Posteriormente Estonia se retiró y quedan 10 Estados.

El ITF tal y como se plantea en la Directiva, va dirigido a las transacciones financieras, aquellas que suponen compraventa de activo financieros, por lo tanto no grava a la ciudadanía (los contratos de seguros, préstamos hipotecarios, créditos al consumo y servicios de pago no están gravados) ni a las instituciones financieras, sino a las operaciones que estas últimas realizan. Cubre las transacciones de todo tipo de instrumentos financieros negociables así como los contratos derivados. Y excluye los mercados primarios e incluye todos los mercados secundarios, tanto organizados y regulados y mercados no regulados.

En 2013 se hablaba de implantar el ITF en 2014, posteriormente ya se demoró a 2015 y estamos en 2016 y no se vislumbra cuando se aplicará (en el último ECOFIN del año se pospuso la decisión final sobre la entrada en vigor del impuesto a junio de 2016) y las últimas declaraciones y decisiones invitan al pesimismo más absoluto. En concreto se habían dado tres meses para determinar si quieren seguir con la iniciativa y si son suficientes los estados que la apoyan .Y las reflexiones son del tenor de que la actual situación de los mercados financieros hace inoportuna la aplicación del impuesto, que hay que evaluar el impacto sobre la economía real y sobre los países que trabajan fuertemente los fondos de pensiones, etc. Es evidente que las presiones del Reino Unido, Luxemburgo, de las asociaciones de mercados financieros y de la Banca, y si le añadimos la resistencia de la clase política europea a gravar el capital en sus variadas manifestaciones, vemos el futuro incierto de este impuesto. Y en estas estamos, cara a la reunión de ECOFIN de este viernes 17 de Junio, miles de organizaciones de la sociedad civil y millones de ciudadanos europeos exigen a sus Jefes de Gobierno y Ministros de Finanzas que lleguen a un acuerdo ambicioso sobre el Impuesto de las Transacciones Financieras y envíen un mensaje de que anteponen el estado de bienestar de la ciudadanía europea y los más pobres del planeta por delante de los intereses del sector financiero, de que el interés general prevalece sobre intereses particulares y las necesidades de desarrollo sobre la especulación financiera.

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