Así es Emantzipa: requisitos, plazos y cuantías de las ayudas que Euskadi da para la emancipación

Rubén Pereda

Vitoria —
20 de febrero de 2024 10:13 h

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Los jóvenes de entre 25 y 29 años ya pueden solicitar en Euskadi las ayudas de 300 euros mensuales del programa Emantzipa, que complementan a los también 300 de Gaztelagun. Se habían presentado ya en hasta siete ocasiones y entran en vigor este 20 de febrero, a las puertas del anuncio de la fecha de las elecciones autonómicas. Para acceder a ellas, hay que cumplir algunos requisitos (no superar los 28.000 euros de ingresos anuales y no tener otra vivienda además de la que sea domicilio habitual) y, en caso de satisfacerlos, se podrán recibir 300 euros mensuales durante un máximo de 24 mensualidades, siempre y cuando no dejen de cumplirse las condiciones. El plazo para presentar las solicitudes —algo que se puede hacer tanto de forma presencial como electrónica— estará abierto hasta el 29 de noviembre.

Estas son algunas preguntas (con sus respuestas) relacionadas con las ayudas:

¿Cuáles son los requisitos?

Hay varios requisitos para poder acceder a las ayudas:

  • Tener entre 25 y 29 años, ambas edades incluidas.
  • Tener ingresos anuales de entre 3.000 y 28.000 euros.
  • No se pueden tener derechos o activos financieros superiores a 75.000 euros.
  • Ser titular de un contrato de a) arrendamiento de una vivienda libre situada en Euskadi y que sea su domicilio habitual o de b) compraventa a título individual o como copropietario de una vivienda de esa clase.
  • No tener otra vivienda además de la que sea domicilio habitual.
  • Todos estos requisitos se han de cumplir a lo largo de todo el tiempo subvencionable.

¿Cuál es la cuantía? ¿Durante cuántos meses?

La ayuda será de 300 euros mensuales durante un máximo de 24 mensualidades.

¿Cómo se solicita la ayuda? ¿Cuáles son los plazos?

La ayuda se puede pedir entre el 20 de febrero y el 29 de noviembre de 2024. La solicitud se puede presentar tanto de forma electrónica (en este enlace) como en las oficinas del Servicio de Atención a la Ciudadanía del Gobierno Vasco-Zuzenean (más información, aquí).

En cuanto a la documentación, hay que presentar un contrato de arrendamiento o de compraventa si se es titular de uno y una acreditación de la no disponibilidad plena de la vivienda.

elDiario.es/Euskadi

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