¿En qué establecimientos sigue vigente el pasaporte COVID en Euskadi? ¿Hasta cuándo se deberá pedir?
La Justicia ha dado un nuevo varapalo al Gobierno de Urkullu y ha tumbado la prórroga del pasaporte COVID en Euskadi. No autoriza ni la prórroga temporal hasta el 13 de febrero ni la extensión que pedía el Ejecutivo a más locales, incluidos hoteles y salones de juego. Estará vigente de forma indefinida, siempre y cuando Euskadi tenga una incidencia acumulada superior a los 150 casos por cada 100.000 habitantes a 14 días.
¿Dónde se puede exigir? ¿Qué tipos de certificado existen? ¿Hasta cuándo estará vigente? elDiario.es/Euskadi responde a las preguntas y dudas más frecuentes.
¿Dónde lo pueden exigir?
Tras la resolución del Tribunal Superior de Justicia, Euskadi vuelve a la primera fase de aplicación del pasaporte COVID. Así, se requiere la exhibición en papel o en soporte digital del certificado QR para poder acceder a “establecimientos destinados a ofrecer al público actividades de esparcimiento y baile”, que son las discotecas, salones de baile, salas de fiestas, bares musicales, karaokes y, en general, todos los establecimientos de tipo III y IV, lo que según la normativa vigente en Euskadi obligaría también a los “establecimientos de esparcimiento erótico”. Los pubs y bares que tengan actividades ordinarias y luego ofrezcan ocio nocturno tendrán que reclamar el pasaporte a partir de las 22.00 horas. Asimismo, se extiende también la medida a restaurantes con comedores de más de 50 plazas.
¿Hasta cuándo estará en vigor?
El pasaporte COVID estará vigente de forma indefinida, mientras la incidencia supere los 150 casos por cada 100.000 habitantes en 14 días. Puedes ver aquí, con gráficos interactivos, cuál es la incidencia en cada momento.
¿Cuáles son los diferentes certificados?
Hay tres certificados diferentes, dirigidos a diferentes personas. En primer lugar, el de vacunación está pensado para aquellas personas que han recibido ya la pauta completa de su vacunación. Cumple los requisitos cualquier vacuna que haya sido aprobada por la Agencia Europea del Medicamente (EMA) o por la ONU. Tiene una duración de un año desde la fecha de la última dosis. El certificado de recuperación, por otra parte, está dirigido a quienes hayan pasado la enfermedad. En ese caso, tienen que haber transcurrido no menos de 11 días y no más de 180 (seis meses) desde que hayan recibido la prueba PCR positiva. Su validez perdura durante seis meses. Por último, el certificado de prueba negativa se valida con una prueba de antígenos que haya vuelto negativa 48 horas o con una prueba PCR, en ese caso 72 horas antes. En cuanto a la duración, puede variar según los reglamentos europeos, pero desde el Gobierno vasco se incide en que “en cada uno de los certificados [se] encontrará indicado su periodo de validez”.
¿Dónde lo puedo conseguir?
Tienes más información sobre el certificado COVID en la página web de Osakidetza. El certificado, que consiste en un código QR que se puede mostrar tanto en papel como en el móvil, se puede conseguir en sus diferentes variantes de varias formas:
- De manera telemática y con firma electrónica, en este enlace.
- De manera telemática pero sin firma electrónica: en este enlace para hacerlo con el número de la tarjeta sanitaria (TIS) y en este otro enlace en caso de no tener tarjeta sanitaria.
- De forma presencial, en las oficinas de Zuzenean en Vitoria (Ramiro de Maeztu, 10), Bilbao (Don Diego López de Haro, 85) y Donostia (Andia, 13). En estos casos, sin embargo, es necesario solicitar cita previa.
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