La Junta de Extremadura ha autorizado la venta de la madera quemada procedente de los incendios forestales producidos durante este año.
El Diario Oficial de Extremadura (DOE) publicaba este viernes una resolución de la Dirección General de Política Forestal en la que se señala que han sido numerosas las peticiones de particulares y empresas que solicitan autorización para vender la madera procedente de dichos incendios.
Por este motivo, la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio ha defendido la necesidad de una tramitación rápida de dichas solicitudes, en aras a favorecer una inmediata actuación y regeneración natural de los terrenos afectados.
Conforme a lo señalado en artículo 36.1 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, Ley Estatal de Montes, y artículo 257 de Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, el titular del monte será en todos los casos el propietario de los recursos forestales producidos en su monte, teniendo derecho al aprovechamiento y la propiedad de los recursos forestales que este genere.
Asimismo, el Decreto 134/2019, de 3 septiembre, por el que se regulan la realización de determinadas actuaciones forestales en el ámbito de la región, regula las cortas de arbolado, estando sometida su realización a la presentación de la correspondiente declaración responsable sujeta a control.
Por todo ello, y en aras a la necesaria agilidad administrativa y seguridad jurídica que permita una intervención rápida en los terrenos afectados, la Junta ha autorizado la enajenación de la madera quemada procedente de los incendios ocurridos durante la época de peligro alto de este año.