La Consejería de Medio Ambiente establece la época de peligro alto de incendios forestales del 1 de junio al 15 de octubre mediante una orden publicada este viernes en el Diario Oficial de Extremadura. En ella se regula también el uso del fuego y las actividades que puedan provocar incendios.
En esta época los riesgos de producción de incendios son potencialmente elevados y aconsejan un despliegue máximo de los medios existentes. También una regulación de los usos y actividades frente al incremento estacional del riesgo de incendio forestal.
En función de las condiciones meteorológicas, podrá adelantarse o prorrogarse si las mismas lo aconsejan, según informa la Junta de Extremadura en una nota de prensa.
El ámbito de aplicación de esta orden se extenderá a todos los terrenos forestales y su zona de influencia. No obstante, las prohibiciones y limitaciones al uso del fuego y actividades que puedan causar incendios, se aplicarán además al resto de los terrenos, incluidos los agrícolas, urbanos e industriales, en espacios abiertos y semiabiertos.