Un Juzgado ordena a la Xunta demoler un edificio ilegal en una playa de Marín tras una demora “inexcusable”

El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Pontevedra acaba de condenar a la Xunta a derruir un edificio de viviendas que está a medio construir en la playa de Lapamán, en Marín (Pontevedra). Sobre la construcción se dictó hace más de una década una orden de demolición, pero en la actualidad sigue en pie, en una zona que es de especial valor medioambiental y paisajístico, destaca el magistrado, que dice que la “inactividad” de la Axencia de Protección da Legalidade Urbanística (APLU) es “en todo punto inexcusable”.

El fallo señala que la Xunta debe cumplir con la ejecución subsidiaria de la demolición y que esta debe estar completa en el plazo máximo de tres meses desde la notificación de que la sentencia es firme. El edificio, que está en Casas-Ardán, iba a incluir varias viviendas, pero se encuentra solo parcialmente construido: es una estructura de ladrillo visto sin cerrar y no está habitada. Para el juez, hay “un lapso de tiempo excesivo, más que suficiente para, con la mínima diligencia, haberlo podido derribar completamente”.

Añade que hay otros casos “verdaderamente complejos”, pero no este, debido a que el edificio está a medio hacer, no hay habitantes y no se han personado terceros adquirientes de buena fe dificultando la ejecución. La APLU, prosigue, ha tenido que tratar con un único propietario. Y, desde el punto de vista técnico, “no se trata de una demolición parcial (con reconstrucción simultánea), sino de algo más sencillo: la demolición completa”.

La construcción es, señala el juez, un “grave atentado al paisaje” por su tipología, volumen y estética “totalmente disonante en el contexto en el que se halla, en zona de especial valor medioambiental y paisajístico (servidumbre de protección de costas, suelo rústico protegido)”. La playa de Lapamán tiene, además, “gran afluencia turística” y esto da “una pésima imagen de Galicia”, agrega. Considera que la APLU tendría que haberle dado “la máxima prioridad” a la demolición. Sin embargo ha tenido “una inactividad inexcusable”.

Recuerda que la APLU dio algunos pasos para llevar a cabo la ejecución subsidiaria, pero con “excesiva lentitud”. Tanta que “se corre el riesgo de que, de seguir así, se llegue a cumplir el plazo de prescripción de 15 años y haya que volver a empezar de cero” para echar abajo este edificio ilegal. En la actualidad no consta que se haya contratado la demolición ni que haya una fecha para completarla.

La sentencia estima un recurso interpuesto contra la APLU en el que se reclamaba que se ejecute de forma efectiva la resolución de la propia agencia de la Xunta de 13 de mayo de 2013 que ordenó demoler el edificio. Esta decisión judicial, que da autorización a la APLU para entrar al terreno -de día, en jornadas laborables- para derruir la construcción, no es firme todavía.