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La Fiscalía pide cinco años de cárcel por sedición para cada uno de los pasajeros que forzaron un aterrizaje en Palma

Dos de los detenidos, a su llegada a los Juzgados de Palma tras ser detenidos por forzar el aterrizaje forzoso

Esther Ballesteros

Mallorca —

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La Fiscalía reclama condenas que suman más de 110 años de prisión para 22 pasajeros que, el 5 de noviembre de 2021, forzaron un aterrizaje en el aeropuerto de Palma por una presunta emergencia médica, según ha podido avanzar elDiario.es. Durante la demora, todos ellos, junto a otros tres viajeros que se encuentran en paradero desconocido, saltaron del avión, que cubría la ruta Casablanca-Estambul, y, a la carrera por las pistas, se dieron a la fuga. El suceso provocó el cierre del aeropuerto –una de las instalaciones que mayor tráfico aéreo soportan a nivel europeo– y la paralización de su actividad durante cerca de cuatro horas. 

Se da la circunstancia de que, hace una semana, otro avión procedente de Casablanca y que, de igual forma, volaba con destino Estambul, aterrizó de emergencia en Barcelona alegando que una de sus pasajeras estaba de parto. El suceso fue aprovechado por 28 de sus pasajeros para bajar del aeronave e intentar huir. La policía detuvo a trece de ellos en ese mismo momento y a dos más horas después. También a la mujer, que habría simulado estar a punto de dar a luz para forzar la maniobra.

En su escrito de calificación, al que ha tenido acceso elDiario.es, el Ministerio Público, que califica los hechos ocurridos en Palma de una “situación sin precedentes en el espacio aéreo europeo”, solicita cinco años de cárcel para cada uno de los acusados por un presunto delito de sedición penado en la Ley de Navegación Aérea o, como alternativa, tres años de privación de liberad por un delito de coacciones; 22 meses de prisión para tres de los encausados por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros y 360 euros de multa para todos los procesados.

Aplicación del delito de sedición por una Ley “preconstitucional”

Respecto al delito de sedición, contemplado en la Ley de Navegación Aérea de 1964, las defensas indica que las conductas investigadas no pueden encuadrarse dentro de este precepto dado que los vídeos aportados a la causa “no muestran violencia más allá de la de la propia huida de los sujetos”. Asimismo, incide en el hecho de que esta normativa saliera a la luz 14 años antes de la aprobación de la Constitución Española, de lo que se derivaría que se trata de una ley “preconstitucional que no se ajustaba íntegramente a los dictados” de la Carta Magna. Una circunstancia que plantea dudas a la defensa acerca de la posible inconstitucionalidad en la aplicación de este delito a los migrantes, quienes fueron encarcelados de forma provisional tras su arresto.

La Fiscalía relata cómo 22 de los pasajeros del vuelo operado por Air Arabia Maroc, siguiendo las directrices publicadas en redes sociales por el grupo de Facebook 'Brooklyng' -que cuenta con varios perfiles y numerosos seguidores- idearon un plan para adentrarse en territorio español sin cumplir con los requisitos legalmente establecidos. Según el escrito, el plan partía de un “ardid o engaño” facilitado por Yassine J. encaminado a forzar un aterrizaje no programado, simulando una emergencia sanitaria, en un aeropuerto español que finalmente se concretó en el de la capital balear.

Así, cuando a las las 17:18 horas el avión se encontraba sobre Alicante, Yassine J. simuló estar sufriendo una enfermedad diabética que obligó a los pilotos a recopilar información para efectuar un posible desvío. A las 17.28, relata la acusación, una persona “sin acreditación profesional que manifestó ser doctor” informó de que el pasajero se encontraba en coma y “en una condición mortal inminente”, por lo que era necesario llevar a cabo un aterrizaje de emergencia. “El supuesto doctor alertó de que si no se le suministraba de inmediato la medicación vital que precisaba, el pasajero podía perder la vida en cuestión de minutos”, prosigue.

Traslado al hospital

A las 17.51, la aeronave aterrizaba en territorio español, posándose sobre las pistas del aeropuerto de Son Sant Joan. Una ambulancia del servicio de urgencias del aeropuerto atendió de inmediato al supuesto enfermo, a quien evacuó de la aeronave para, acto seguido, trasladarlo a urgencias del Hospital de Son Llàtzer acompañado por el también procesado Yassine B. Tras una exploración física y la realización de pruebas complementarias, el paciente fue dado de alta ese mismo día. 

Según la Fiscalía, una vez logrado su objetivo de alcanzar territorio español “gracias a la ficción protagonizada por Yassin J., encontrándose la aeronave en condiciones de volar y continuar su ruta” y en ausencia de presencia policial, sobre las 18.30 horas, uno de los procesados desbloqueó la palanca de una de las puertas de salida, “alargando de esta manera su estancia en tierra”.

Los hechos provocaron tal situación de “caos” que el comandante, señala el fiscal, “se vio obligado a permanecer en el interior de la cabina del avión para velar por la seguridad de la aeronave”, momento en que los procesados “empezaron a asestar empujones y zarandeos a la tripulación, que no cerró las puertas de la aeronave ante el miedo que sintieron por su integridad física”. Según la acusación, uno de los supervisores de cabina fue, además, empujado escaleras abajo.

“Caos y agitada confusión”

“Intencionadamente, demoraron la reanudación del vuelo e iniciaron un motín en la aeronave durante su permanencia en suelo español con la puerta abierta, generando caos y agitada confusión para, con absoluto desprecio al normal funcionamiento de las instituciones y servicios públicos, así como a las previsiones que la legislación española contempla sobre el control de fronteras y flujos migratorios, introducirse en territorio español”, asevera la acusación pública.

Para ello, prosigue, “fingiendo nerviosismo y alegando querer salir al exterior de la aeronave para fumar”, los procesados “desatendieron las instrucciones del comandante y la tripulación de la aeronave, que expresamente habían indicado la obligación de permanecer sentados en el interior de la aeronave y, forzando su salida mediante empujones y zarandeos tanto a la tripulación del avión como al personal de tierra, que se vieron claramente amedrentados, finalmente huyeron a la carrera por las pistas de aterrizaje del aeropuerto”.

El escrito recalca que, con su “grupal alboroto”, provocaron “una situación de peligro para personas, aeronaves e instalaciones” así como para el propio tránsito aéreo, que supuso un “incumpliendo frontal de las obligaciones” que, por razones de seguridad, impone a los pasajeros y usuarios de los servicios aeronáuticos la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea. Con ello, añade, generaron una “situación sin precedentes en el espacio aéreo europeo que alcanzó notoria publicidad y repercusión internacional”. Hasta 12 vuelos con destino Ibiza y Menorca fueron desviados; once vuelos de salida y once de llegada, cancelados; todos los que tenían como salida o destino el aeropuerto de Palma, retrasados.

Una de las defensas alude, sin embargo, a la ausencia de referencias horarias, tanto por parte de los investigadores como por parte de los operadores aeronáuticos, del momento exacto en que se produjo la evasión de la aeronave refleja una apariencia irreal de huida inmediata. “Lo cierto es que los pasajeros que invadieron las pistas lo hicieron más de dos horas después de que el señor Yassine J. fuese evacuado al hospital, pues no tiene sentido en caso contrario el cierre del aeropuerto tras casi tres horas después”, sostiene. 

Hasta el momento, los investigados han amparado su actuación en el estado de necesidad putativo, una figura jurídica eximente poco frecuente en los tribunales españoles que radica en reconocer que la conducta de los investigados estaría justificada si se llevó a cabo para evadirse de una situación peor –en este caso, las “paupérrimas” circunstancias en las que se hallarían en Marruecos–, siempre que se demuestre que su necesidad es real y objetiva y que, antes de cometer el delito, intentaron actuar por medios lícitos para poner fin a su situación. 

El objetivo, “huir de la pobreza y los conflictos armados”

Las defensas consideran así justificable que los pasajeros optaran por fugarse de la aeronave y entrar irregularmente en España con el objetivo de abandonar las condiciones de penuria en las que se encontrarían inmersos en Marruecos, donde no habrían logrado de ningún otro modo salir de sus pésimas circunstancias económicas. 

“El contexto socio político para la juventud marroquí en la actualidad es de grave conflictividad. El desempleo es generalizado y el alto nivel de inseguridad en el que se encuentra inmerso su país, Marruecos, ha provocado durante los dos últimos años olas migratorias sin precedentes, la mayoría de jóvenes y niños. (...) El objetivo de estos miles de desplazados, que se produce periódicamente, es huir de la pobreza o de conflictos armados debido al clima de recrudecimiento de las hostilidades entre el Frente Polisario y Marruecos o persecuciones, anhelando obtener el estatus de refugiados. Todo ello lleva a los jóvenes marroquíes a albergar el deseo y la necesidad de huir a otro lugar, a Europa, en busca de un futuro mejor”, subraya en su escrito una de las abogadas que asisten a los migrantes encarcelados de forma preventiva tras su arresto.

Asimismo, la defensa de doce de los detenidos asevera que el deseo de huir “de su condición tercermundista instalándose en un país europeo es legítima”. Y para ello, sostiene, “no dudan en arriesgar su vida”. “La ratio de éxito de cada emigrante ilegal que consigue su objetivo se calcula en 1/1, esto es, por cada inmigrante ilegal que llega a España, uno ha muerto en su travesía”, sentencia.

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