La Justicia obliga a la familia del 'banquero de Franco' a dejar pasar a los senderistas por una de sus fincas en Mallorca

Los March son una de las familias españolas más poderosas del siglo XX. El origen de su éxito radica en Juan March Ordinas (Mallorca, 1880–Madrid, 1962), el poderoso magnate y fundador de la banca que lleva su nombre, así como financiador del golpe de Estado de 1936 que desencadenó la Guerra Civil española. El linaje ligado a este apellido mantiene todavía multitud de negocios y propiedades en Mallorca, como la finca de Ternelles (en Pollença), incluida en el paraje natural de la Serra de Tramuntana, uno de los espacios medioambientales más valiosos y emblemáticos de las Illes Balears. Los March han peleado hasta el último momento para evitar el acceso público a esta finca, pero la Justicia les acaba de dar la espalda y tendrán que permitir que los senderistas pasen por este paraje.

Esta área comprende un tramo de unos 90 kilómetros entre sa Dragonera y el Cap de Formentor, por el lado de mar, y entre el Cap de Cala Figuera y el Cap des Pinar (entre las bahías de Palma y Alcúdia), por el lado terrestre. La Serra de Tramuntana se caracteriza por diversidad de paisajes: espacios forestales formados por encinares, pinares, carrizos y otras especies, se alternan con los agrícolas como los olivares. También hay que destacar una gran cantidad de especies endémicas de flora y fauna. La zona es territorio de aves como el águila pescadora o el halcón de Eleonora. Esta sierra montañosa que comprende una superficie de 63.084 hectáreas es, además, Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO.

Debido a ello, el Govern del socialista Francesc Antich declaró esta zona montañosa como espacio natural protegido a la par que aprobó, el 16 de marzo de 2007, el Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) de la Serra de Tramuntana, inspirado en la Ley 5/2005, de 26 de mayo, para la conservación de los espacios de relevancia ambiental (LECO), que había aprobado el anterior gobierno conservador de Jaume Matas. Este instrumento permite delimitar los usos para preservar y conservar los lugares de alto valor ecológico, así como zonificar el espacio en función de sus características. Así, hay zonas de exclusión, de uso limitado, de uso compatible y de uso general. Es ésta última cuestión la que ha generado un conflicto que se litiga en los juzgados sobre el acceso público al Castell del Rei y Cala Castell, cuya entrada pasa por determinadas zonas de exclusión del PORN.

Acceso público al castillo y al mar

El anterior Govern progresista de Francina Armengol aprobó en enero de este año una modificación puntual del PORN de la Serra de Tramuntana para facilitar el acceso público al Castell del Rei y Cala Castell. Un auto del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears (TSJIB), avanzado por Diario de Mallorca, ha desestimado la petición de la sociedad Menani S.A. (administradora de la finca de Ternelles), que pedía anular la modificación aprobada por la Conselleria de Medio Ambiente y Territorio que entonces dirigía Miquel Mir.

Así, según el diario local, se mantiene la normativa fijada por el Ejecutivo progresista, a la espera de que el TSJIB dicte una sentencia que resuelva el conflicto definitivamente. elDiario.es se ha puesto en contacto hasta tres veces con la empresa, por vía telefónica, para pedirle una valoración sobre el auto del TSJIB, sin que haya sido posible obtener su versión en el momento en que se publica este reportaje.

Desde que el Govern aprobó la declaración de la Serra de Tramuntana como espacio natural protegido se ha encontrado con la compleja tarea de equilibrar la conservación de la zona de un espacio único con las diferentes actividades humanas y recreativas. En el caso del Castell del Rei, se trata de un Bien de Interés Cultural (BIC), por tanto, permitir el acceso público a la zona supone promover el patrimonio cultural de la isla. En cuanto a Cala Castell, nos referimos al ámbito del dominio público–terrestre, que es de uso público, según la Ley de Costas.

La Ley 12/2016, de 17 de agosto, de evaluación ambiental promovida por el primer gobierno de Armengol, ya supuso una redefinición de las zonas de exclusión “con el fin de prever que el acceso y la estancia de personas en estas áreas –las más frágiles, amenazadas o representativas– se regule en los instrumentos de planificación y gestión atendiendo prioritariamente a su conservación”. Pero también se hacía procurando satisfacer “las finalidades científicas, educativas y de goce de los bienes de dominio público y de los integrantes del patrimonio cultural”. Todo ello se debe dar en las “condiciones oportunas” para la conservación del espacio natural.

Una reivindicación local

En este sentido, la modificación del PORN que permite el uso público en las zonas de exclusión de la zona de Ternelles es una reivindicación del Ajuntament de Pollença. En un pleno del 28 de noviembre de 2019, el Consistorio instaba a la Conselleria de Medio Ambiente y Territorio del Govern balear a modificar la citada normativa de planificación con el fin de que incorporara como autorizados en las zonas de exclusión –con las limitaciones que se consideraran adecuadas– los usos permitidos en la ley para la conservación de los espacios de relevancia ambiental de 2005. El acuerdo plenario fue trasladado al Govern el 14 de mayo de 2020.

Según recoge el PORN de la Serra de Tramuntana, la solicitud del Ajuntament de Pollença pone de manifiesto la necesidad de “abordar esta regulación”, relacionada con la “problemática” en torno a la servidumbre de paso por el camino de Ternelles. Esta regulación, contemplada en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), ha sido objeto de largos procesos judiciales.

Después de la emisión de varios informes –entre ellos de la Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad; del Paraje natural de la Serra de Tramuntana; del Servicio de Protección de Especies y del Departamento de Medio Natural–, el Govern, de acuerdo con la LECO, introdujo una modificación del PORN el 23 de enero adaptando las zonas de exclusión a lo que determina la normativa autonómica.

Así, se mantiene la prohibición de las actividades recreativas en zonas de exclusión, con la excepción de transitar por caminos y senderos existentes “para acceder a bienes de interés cultural o al dominio público marítimo terrestre”. Este sería, para la Justicia, el caso de la finca de los March: es una zona de exclusión pero da acceso a un Bien de Interés Cultural (el Castell del Rei) y a un dominio público–terrestre (Cala Castell). Aunque, de momento, las puertas de la finca continúan cerradas para senderistas (y periodistas).