Un juzgado de Logroño reconoce a un pensionista el derecho cobrar el complemento por maternidad
El Juzgado de lo Social nº 3 de Logroño ha reconocido el derecho de un pensionista varón a percibir el complemento por maternidad con carácter retroactivo desde 2017 así como una indemnización de 1.800 euros por los daños causados tras la discriminación sufrida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). En total, este pensionista percibirá 12.957,74 euros, que incluyen los atrasos acumulados y la indemnización por daños morales.
Así, tal y como recoge la sentencia, el demandante presentó una demanda de tutela de los derechos fundamentales y libertades púbicas con reconocimietno de complemento por maternidad en pensión de jubilación y reclamación de indemnización de daños y perjuicios contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social. Demanda que inicialmente fue rechazada por silencio administrativo. Posteriormente, tras una reclamación formal, el INSS denegó explícitamente el complemento alegando prescripción. Y en 2024, “y tras la presentación de la demanda, el INSS reconoció el derecho al complemento con efectos retroactivos”.
Y además, desde el despacho de abogados explican que “el Tribunal ha valorado la necesidad del pensionista de acudir a la vía judicial para obtener un derecho legítimo que ya había sido respaldado por la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de diciembre de 2019. En aplicación de la doctrina del Tribunal Supremo, la sentencia subraya que la indemnización de 1.800 euros está destinada a compensar los perjuicios sufridos, incluidos los gastos derivados del proceso judicial”.
Este fallo, prosigue Diego Lahuerta del despacho Unive Abogados, “no solo devuelve al pensionista lo que le correspondía, sino que reafirma la obligación de las administraciones públicas de respetar la igualdad de trato y evitar prácticas discriminatorias” por lo que animan a más personas afectadas a “reviar su situación y reclamar sus derechos si se encuentran en circunstancias similares.”
La resolución del tribunal, que incluye una revalorización vitalicia del 5% en la pensión del demandante por ser padre de dos hijas, “refuerza la necesidad de que los organismos públicos cumplan con los principios de igualdad y no discriminación establecidos tanto a nivel nacional como europeo”.
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