Kamikace confeso de 71 años por la A-12: “Sí, soy yo el del vídeo, yo soy el que iba en dirección contraria”
Kamikace de 71 años por la Auotovía del Camino a su paso por La Rioja. Agentes del Grupo de Investigación y Análisis del Sector de Tráfico de la Guardia Civil en La Rioja han investigado a un conductor de 71 años, residente en esta comunidad autónoma, como presunto autor de un delito de conducción temeraria con manifiesto desprecio por la vida o la integridad física de las personas, por circular en sentido contrario en la A-12 (Autovía del Camino).
La investigación de esta persona ha sido posible gracias a la monitorización periódica de diferentes redes sociales y páginas web, conocida como “ciberpatrullaje”, realizada por agentes del GIAT. Estos detectaron la publicación de un vídeo en “TikTok”, en el que se observaba a un turismo circulando en sentido contrario al estipulado.
El vídeo dejaba constancia del deplorable acto cometido por el conductor, quien actuó con temeridad manifiesta y puso en grave riesgo su integridad y la del resto de los usuarios de la vía, al estar a punto de colisionar frontalmente con un camión.
El análisis de las imágenes y la búsqueda en las bases de datos de la DGT permitieron identificar la marca y el modelo del vehículo, así como el punto kilométrico 127,100 de la autovía, termino municipal de Bañares, donde el conductor ignoró la señalización que le prohibía el acceso. A pesar de percatarse de la situación, continuó circulando en sentido contrario, cruzándose con al menos tres vehículos. Pudo haber detenido su marcha de forma segura en cualquiera de los tres apartaderos habilitados, ubicados en los puntos kilométricos 128, 130 y 131,750, o haber abandonado la autovía por la salida 130 (Santo Domingo de la Calzada). Todo esto evidenció la conducción temeraria con manifiesto desprecio por la vida.
Una vez localizado, el conductor manifestó de forma espontánea: “Sí, soy yo el del vídeo, yo soy el que iba en dirección contraria”, procediendo los agentes a la instrucción de las diligencias por el delito mencionado.
Artículo 380 del Código Penal
El que condujere un vehículo a motor o un ciclomotor con temeridad manifiesta y pusiere en concreto peligro la vida o la integridad de las personas será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años.
Además, la sanción económica establecida por la Dirección General de Tráfico por una conducción temeraria asciende a los 500 euros, a lo que habrá que sumar la retirada de seis puntos del carnet de conducir.
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