UGT Servicios Públicos La Rioja denuncia que el borrador del decreto de atención residencial no recoge la imposición de penalidades a las empresas del sector que no cumplan con las ratios de personal, sanciones que si se recogen en el decreto todavía vigente, publicado en 1998. El sindicato rechaza que el Gobierno de La Rioja quiera exonerar de sanciones a estas empresas de forma permanente, pese a que en la resolución firmada en enero por la Consejería se asegurara que sería una medida transitoria y temporal.
UGT ha registrado alegaciones al borrador del Decreto por el que se regula el personal del modelo de Atención Integral Centrada en las Personas en las Residencias y Centros de Día de La Rioja. El secretario general de UGT-SP La Rioja, Fernando Domínguez; y la secretaria del sector Sociosanitario y Dependencia, Daría Saiz; han calificado este borrador como “exiguo”, y reclaman a la Consejería más ambición en lo referente a las ratios de personal.
En este sentido, echan en falta que se haga mención expresa a la Resolución de 28 de julio de 2022, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales sobre criterios comunes de acreditación y calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. “La propuesta de la Consejería ha sido la de establecer a partir de septiembre de 2024 una ratio de 0,31 profesionales para la categoría profesional de cuidador/a, gerocultor/a o similar, que son personal de atención directa de primer nivel. Sin embargo, el acuerdo del Consejo Territorial señala que la ratio exigible a 31 de diciembre de 2024 debe ser de 0,33; 0,43 en residencias de personas con discapacidad”, explican.
De este modo, UGT Servicios Públicos La Rioja reclama que en este nuevo borrador se anticipen a la exigencia estatal e impongan desde ahora las ratios de personal de primer nivel previstos para 2029; de 0,43 en residencias de personas mayores, de 0,50 en aquellas que incluyan usuarios con discapacidad. Así, “La Rioja sería una de las CCAA más avanzadas en lo que tiene que ver con las ratios de personal, lo que facilitaría la contratación de personal en categorías como la de gerocultora”, piden.
Por otro lado, el borrador establece que en la organización de los turnos se garantizará el cuidado y vigilancia de los usuarios, pero, según advierte el sindicato, “no se dota de contenido práctico dicha garantía, dado que se omite el establecimiento de unas presencias mínimas de personal, dejando al arbitrio y la subjetividad de cada cual si se está garantizando el cuidado y la vigilancia de los usuarios”. UGT entiende que se han de regular dichas presencias mínimas diurnas, máxime cuando las ratios no aseguran presencias mínimas, ni con ello el cuidado ni la vigilancia de los residentes y considera que el mínimo de presencias podría establecerse en la mitad de la ratio general recomendada (0,22).
También recoge el borrador que “durante el turno de noche se garantizará como mínimo la presencia de un gerocultor por cada 50 usuarios o fracción”, y que “será posible sustituir uno de estos profesionales por un profesional de enfermería”. UGT Servicios Públicos La Rioja estima que se debería aumentar considerablemente esa presencia mínima en el turno de noche, ya que, si lo que se pretende es poder ofrecer un servicio de calidad, resulta inviable que una persona sola pueda dar atención rápida, eficaz y adecuada hasta a 50 personas a la vez. “En los centros residenciales de hasta 39 usuarios, una persona sola no puede atender a alguien que precise ser movilizado, ni puede utilizar una grúa para ello. Del mismo modo, tampoco puede ser atendido por un compañero en el caso de que le ocurra una agresión o un problema de salud”, advierten para reclamar una profesional por cada 40 residentes o fracción.
En cuanto a las ratios que se establecen para personal de atención directa del segundo nivel, además de la necesidad de incluir al personal de trabajo social, UGT entiende que “se ha de doblar la ratio establecida para dicho personal, que generalmente pertenece a ramas sanitarias o social que cuentan con titulación de grado o equivalente”Respecto al personal de atención indirecta, que es el resto del personal del centro dedicado a todo tipo de procesos y tareas de soporte necesarios para el correcto funcionamiento del centro, el borrador sólo recoge que “su dotación será proporcional a las necesidades que presente el centro teniendo en cuenta su ocupación, así como las dimensiones y estructura del mismo”.
“Este texto que podría haber sido aplicado al resto de personal si el deseo legislador fuera el de regular lo mínimo posible. Pues si bien es cierto que no es tarea fácil establecer unos mínimos en algunas de las categorías profesionales del personal incluido en servicios generales o personal de atención indirecta, UGT cree que sería conveniente incluir unas ratios mínimas para las siguientes categorías profesionales”, han dicho antes de presentarlos.
Estabilidad laboral y salarios
En el preámbulo de este borrador se indica que estas plantillas, en la medida de lo posible, han de estar dotadas de una estabilidad laboral y unos salarios acordes a la importancia de los trabajos que realizan. Sin embargo, UGT denuncia que“no se establece ni se regula, ni cómo dar esa estabilidad, ni qué mínimo salarial debería ser el acorde a los trabajos que se realizan”.
Por ello, UGT reclama que se incluya la obligatoriedad de contar con un 90% de la plantilla de personal indefinido y que los salarios mínimos a percibir por el personal no pudieran estar por debajo del 125% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) que opere en cada momento.
UGT también pide que el decreto recoja los requerimientos legales para que el personal de este segmento pueda trabajar en virtud de sus títulos o certificados. Entre ellos, el título de Técnico en Atención Sociosanitaria, de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería, el de Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia, el Certificado de Profesionalidad de Atención Sociosanitaria a Personas Dependientes en Instituciones Sociales o el Certificado de Profesionalidad de Atención Sociosanitaria a Personas en el Domicilio.
Además, con el fin de dar respuesta a la falta de personal en los centros de atención residencial, “debería haberse mencionado en el borrador algunas habilitaciones excepcionales y provisionales de gerocultoras y auxiliares de ayuda a domicilio que acrediten una experiencia de al menos 3 años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en los últimos 12 años en la categoría profesional correspondiente”, apuntan.
El borrador habla también de facilitar formación a través del Servicio Riojano de Salud a los profesionales sanitarios contratados por las residencias, “lo que choca frontalmente con lo que establece el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales, pues la formación del personal de nueva incorporación debe incluir un proceso de conocimiento de las personas a las que van a prestar apoyo y cuidados”, alertan desde CCOO. “La entidad prestadora de los servicios, con la participación de la Representación Legal de los Trabajadores y en particular de las organizaciones sindicales de ámbito estatal, deberá elaborar y desarrollar planes de formación para el conjunto de sus trabajadoras y trabajadores”.
Igualmente, el borrador indica que “la responsabilidad de la atención sanitaria es del SERIS, y, por tanto, es quien desarrolla y especifica la cartera de servicios que se han de prestar en los centros residenciales, pero delega dicha responsabilidad en las residencias, al determinar que serán ellas quienes definan los servicios y marquen las funciones que serán responsabilidad directa del centro”.
Por último, UGT hace hincapié en la necesidad de que se recoja un artículo que incluya normativa relacionada con la inspección y el control público. “Los centros y servicios acreditados deben ser sometidos a inspección, control y seguimiento adecuados que aseguren un cumplimiento continuado de los requisitos que dieron lugar a la acreditación”, consideran. Por ello, piden que “la Administración competente tiene que organizar planes anuales de inspección de centros y servicios, y comunicar de forma periódica y accesible las inspecciones realizadas, indicando, entre otros datos, la identificación del centro o servicio inspeccionado, titularidad y gestión, la fecha, el motivo de la inspección, el resultado de esta y, en su caso, las medidas adoptadas”.