La Justicia confirma la absolución del portavoz del Sindicato de Manteros que criticó a la Policía tras la muerte de Mbaye
La Justicia ha decidido confirmar la absolución de Malick Gueye, portavoz del Sindicato de Manteros, por sus declaraciones contra la Policía Municipal de Madrid tras la muerte del mantero Mame Mbaye en las calles de Lavapiés en 2018. Los jueces confirman que la intención de Gueye no era atribuirle directamente a los agentes la muerte de su compatriota senegalés, sino protestar contra el racismo institucional dentro de la libertad de expresión. Los jueces también confirman la multa impuesta al usuario de Twitter Alfonso 'Fonsi' Loaiza al entender que su afirmación de que Mbaye fue “asesinado por la Policía de Madrid” es un delito de injurias contra el cuerpo policial.
Mame Mbaye falleció en la calle madrileña del Oso en marzo de 2018 por una afección cardíaca mientras huía de una redada de la Policía Municipal contra los manteros en el centro de la capital. Las protestas por la muerte del joven y por la acción policial contra el colectivo de manteros se concentraron en el barrio de Lavapiés, con duros enfrentamientos con la Policía que se prolongaron varios días.
Sindicatos del cuerpo policial denunciaron a varias personas al entender que habían atribuido la muerte del joven senegalés de manera directa a la actuación de los agentes que le perseguían por las calles de Madrid, cuando había sido víctima de un infarto. Uno de ellos fue Malick Gueye, portavoz del Sindicato de Manteros defendido en este proceso por el despacho Red Jurídica, que al día siguiente concedió una entrevista al digital 20 Minutos en la que cargó contra la Policía Municipal y las autoridades municipales de la entonces alcaldesa, Manuela Carmena.
En esa entrevista, Gueye denunció que “había una persecución” y que, en ese momento, la víctima estaba con un amigo y que cuando esté intentó “ayudarle para meter los dedos en la boca para no morderse la lengua”, la policía lo empujó y le apartó. “Los mismos policías se bajaron de la moto y lo empujaron y ahí se murió”, detalló el activista.
Un juzgado de lo penal decidió absolver a Gueye al entender que no imputó la muerte de Mbaye de forma directa a los agentes de Policía Municipal que le perseguían y que su denuncia sobre el racismo que sufren los manteros estaba ampliamente amparada por la libertad de expresión. Tuvo en cuenta esa primera sentencia tanto su condición de portavoz del Sindicato de Manteros como el hecho de que su dominio del español a la hora de hablar y expresarse no era total.
Tal y como explicó elDiario.es, fueron los sindicatos de Policía Municipal los que recurrieron esta absolución y pidieron, con el apoyo de la Fiscalía, que Gueye fuera condenado por un delito de injurias contra los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado. Una opción que acaba de rechazar la Audiencia Provincial de Madrid en una sentencia dictada a principios de este mes de septiembre. El portavoz del Sindicato de Manteros, destaca la Audiencia, hizo “una crítica hacia la actuación administrativa en materia de extranjería y policial, admisible en un Estado democrático, respetuoso con el derecho fundamental a la libertad de expresión”.
Malick Gueye, dice la Justicia en una sentencia que todavía es recurrible ante el Tribunal Supremo, simplemente “denunciaba la situación en que se encuentra el colectivo de inmigrantes en situación irregular del barrio y la represión del llamado Top Manta, por parte de las fuerzas policiales”, al mismo tiempo que “lamentaba la muerte de un amigo”. Los jueces explican que los recursos de los sindicatos policiales no contienen “ni una sola razón” para condenarle.
Los jueces destacan que, además, en ese momento todavía no estaba claro lo que había pasado. “No se infiere del contenido de la entrevista que se declarara probado que la intención del acusado fuera la de injuriar a la Policía Local de Madrid, responsabilizándola de la muerte de Mame Mbaye, sino la de denunciar la situación del colectivo de manteros y de la persecución policial a la que consideraba que estaban sometidos”, dicen los jueces. También confirman la absolución de una empresaria del barrio de Lavapiés, acusada de escribir comentarios igualmente injuriosos contra la Policía en un perfil de Facebook.
Confirman la condena de Fonsi Loaiza
La sentencia todavía no es firme y puede ser llevada ante la sala de lo penal del Tribunal Supremo. La resolución sí confirma la condena de multa de 2.100 euros de uno de los tres acusados: el comunicador Alfonso Loaiza, conocido en Twitter como 'Fonsi Loaiza', red social en la que acumula más de 170.000 seguidores. Loaiza escribió en su cuenta de Twitter mensajes como: “Hoy ha muerto Mmame Mbage cuando era perseguido por la policía. Su único delito: carecer de unos papeles. No se ha muerto solo ni es una muerte natural, en un asesinato y es culpable el Estado policial español”. También dijo en otro mensaje que Mbaye fue “asesinado por la Policía de Madrid”.
El juzgado entendió que debía ser condenado y ahora la Audiencia Provincial confirma esa decisión. Loaiza denunciaba que la sentencia le había condenado al entender que su libertad de expresión debía ser analizada como la de un periodista de profesión, cuando él no ejerce como tal. La Audiencia admite esa posibilidad pero explica que “objetivamente” estos mensajes “constituyen la imputación a la policial local de Madrid del asesinato de Mmame Mbaye, lo cual es constitutivo de un delito de injurias graves”.
Este usuario de Twitter argumentaba que el término “asesinado” no se usaba en alusión al hecho de que un agente hubiera sido el autor material de la muerte, sino que no había sido una muerte natural: “Asesinar es matar a alguien con alevosía, ensañamiento o por una recompensa, y ese y no otro era el comportamientos que el recurrente imputaba a la policía local de Madrid, haber asesinado a un mantero sin papeles, pudiendo haber alcanzado la finalidad que se dice pretendida sin necesidad tan gravísima imputación”.
La sentencia de la Audiencia de Madrid se apoya en otra dictada este año por el Tribunal Constitucional en la que dio la razón al periodista Máximo Pradera ante la acusación falsa de otro periodista, Antonio Naranjo, de haber sido agredido por él. Una sentencia que afirmaba que “el uso de las herramientas digitales convierte a sus usuarios en creadores de contenidos, emisores, difusores y reproductores de esos contenidos”, en este caso Twitter.
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