El protocolo de la Comunidad de Madrid al que alude el PP para justificar su propuesta de retrasar la expulsión de las mujeres migrantes que dan a sus hijos en adopción para fomentar la maternidad no se elaboró específicamente para estas madres sin residencia legal en España y tampoco con este fin, sino para evitar el abandono de menores.
El documento, aprobado en 2009 y redactado por la Dirección de Familia y Menor, incluye instrucciones a los profesionales sanitarios sobre cómo actuar en el caso de que una mujer “manifieste su intención de renunciar” a la filiación de su hijo o hija y explica que la entrega “no tiene perjuicios legales o administrativos para las madres biológicas”, pero no concreta, porque no está elaborado para tal fin, qué ocurre si una mujer en este proceso es sujeto de una identificación policial en la calle, por ejemplo, ni si estar inmersa en el procedimiento la blinda contra una posible deportación en este caso. La Consejería de Políticas Sociales, preguntada por este extremo, remite al Ministerio de Interior, el que tiene “competencias” en esta materia.
Su puesta en marcha se acompañó entonces de una campaña institucional dirigida a “población en riesgo social”, entre la que se incluye a las madres migrantes pero también a progenitoras en situación de pobreza, enfermedad mental, desempleo, o marginación. Situaciones que “imposibiliten el cuidado de los niños y exista el riesgo de un posible abandono en las calles”, especificó el Gobierno regional.
Confidencialidad
El protocolo constata la “confidencialidad” del proceso, de la que deben ser informadas las madres biológicas. Las progenitoras que decidan dar en adopción a sus criaturas solo tendrán que aportar un nombre y una dirección para que “para pueda ser informada confidencialmente, en el lugar que ella indique, de que la entidad pública ha asumido la Tutela del Menor y la medida acordada”.
Las instrucciones de la Comunidad de Madrid garantizan que los datos están sujetos a reserva y solo pasarán por la Maternidad del hospital, la Comisión de Tutela, el Registro Civil y el juzgado, toda vez que la adopción es un proceso judicializado. “Solo se recogen en la partida de nacimiento original –donde aparece con un nombre y los apellidos de la madre– y los documentos del expediente de adopción”, dice el protocolo.
El documento sí hace una referencia explícita a que el trámite de audiencia pública, por el que debe pasar la madre en el juzgado para completar el proceso, tampoco tendrá consecuencias para ella “sea cual sea su situación de residencia u otras”.
La Comunidad de Madrid ha hecho varias campañas tras la aprobación del protocolo. Todas ellas dirigidas a evitar el “abandono” de recién nacidos en la región. En la última, de agosto de 2016, es eslogan dice: “Toma tu decisión con tranquilidad. Entregar al bebé no tendrá consecuencias legales”. El documento que acompañaba a la acción recalca que se trata de un “proceso de carácter confidencial que evita el conocimiento en el entorno social y laboral”.