Subvenciones del Ayuntamiento para renovar edificios en dos barrios de Usera y otro de Ciudad Lineal: zonas y requisitos
El Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid acaba de publicar los requisitos para acceder a las nuevas ayudas del Plan Transforma tu Barrio, que en los próximos meses subvencioná la rehabilitación de edificios residenciales en dos barrios de Usera (Poblado Dirigido de Orcasitas y Meseta de Orcasitas) y en el barrio de San Pascual, en Ciudad Lineal.
Los beneficiarios serán comunidades de propietarios, mancomunidades u otras agrupaciones de comunidades de vecinos de edificios residenciales; los propietarios únicos de edificios residenciales de uso vivienda en categoría unifamiliar y las sociedades cooperativas de propietarios cuya actividad consista en la generación y distribución, con criterios sostenibles, de servicios energéticos destinados principalmente al autoconsumo individual o colectivo de la comunidad vecinal.
Las ayudas se entregarán siempre de manera anticipada y por la totalidad del importe que al beneficiario se le haya concedido. En total se han reservado 3,1 millones de euros a través de tres líneas de subvenciones, repartidos de la siguiente forma
En la Línea 1, la de Poblado Dirigido De Orcasitas y que consta de 500.000 euros, se consideran subvencionables las actuaciones que se lleven a cabo en los elementos comunes de los edificios para la conservación de la envolvente y la mejora de su eficiencia energética.
En la Línea 2, la de Meseta De Orcasitas, son aquellas que se lleven a cabo en los elementos comunes de los edificios para la mejora de la accesibilidad y la sustitución del amianto por otros materiales tanto en elementos de la envolvente como en instalaciones y en las redes comunes. Se concederán hasta 800.000 euros.
En la Línea 3, la del barrio de San Pascual, se consideran subvencionables las actuaciones de sustitución del amianto por otros materiales tanto en elementos de la envolvente como en instalaciones y otros elementos comunes. Hay previstos 1.800.000 euros.
Los edificios subvencionables deberán haber sido construidos antes de 1998, tener al menos el 70 % de su superficie construida sobre rasante destinado a uso residencial de vivienda y disponer del Informe de Evaluación del Edificio con fecha anterior a la petición de la correspondiente ayuda.
Los edificios objeto de actuación subvencionable deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Estar finalizados antes de 1998. A efectos de la determinación de la fecha de construcción no se tendrán en cuenta las fechas de posibles reformas integrales realizadas en los edificios.
- Que al menos el 70 % de su superficie construida sobre rasante tenga uso residencial de vivienda, excluida la planta baja o plantas inferiores si tiene o tienen otros usos compatibles.
- Deberán disponer del Informe de Evaluación del Edificio, con fecha anterior a la formalización de la petición de la correspondiente ayuda. Dicha circunstancia se acreditará mediante la Declaración responsable habilitada al efecto en el impreso de solicitud.
El plazo de presentación de las solicitudes de esta convocatoria es de cuatro meses a partir de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Más información y actuaciones subvencionables:
0