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La mayoría de viviendas turísticas en Madrid serán ilegales con la nueva normativa del Ayuntamiento

Las viviendas no podrán ser alquiladas para turistas más de tres meses al año. La nueva normativa que presenta este jueves el Ayuntamiento de Madrid hace prácticamente inviable que las viviendas turísticas puedan conseguir la licencia de uso terciario que el Gobierno de Ahora Madrid exige a los pisos que quieran ser alquilados más de 90 días en un año. La medida afectará en el Centro, la zona más afectada, a entre 8.000 y 10.000 viviendas de uso turístico, según los cálculos del Ayuntamiento. “Nuestro objetivo es aprobarlo en el plazo de un mes”, ha asegurado este jueves el concejal de Urbanismo, José Manuel Calvo.

Tras aprobarse en junio en Junta de Gobierno, el plan pasará un periodo de alegaciones y llegará a Pleno en noviembre previsiblemente. Una vez se apruebe en el Pleno municipal, entrará automáticamente en vigor ya que no requiere de aprobación de la Comunidad de Madrid, ha explicado el concejal. “Queremos dar un mensaje a los promotores que expulsan a los vecinos con mobbing: solo podrán destinar las viviendas al alquiler residencial”, ha asegurado Calvo en la rueda de prensa posterior a la Junta de Gobierno.

El Ayuntamiento que dirige Manuela Carmena ya aprobó la moratoria que suspende por un año, con posibilidad de prórroga a otro más, el cambio de uso de bloques de viviendas a hoteles y de pisos para destinarse a la actividad económica en el distrito Centro. Pero además, este martes presenta un Plan Especial con numerosos requisitos para que una vivienda residencial pueda destinarse al alquiler turístico que imposibilita su cumplimiento para muchos de estos pisos destinados al turismo.

Como ya anunció el Ayuntamiento, los apartamentos turísticos y las viviendas que se destinen al uso turístico bajo el principio de unidad de explotación empresarial, en su totalidad y por tiempo superior a tres meses al año, quedan comprendidos en el uso de Servicios Terciarios en su clase de Hospedaje, “por ser actividad económica y no constituir residencia permanente y deberán contar con licencia para ejercer dicha actividad”, explican desde el Consistorio.

Eso significa que el Ayuntamiento de Madrid entiende que el alquiler turístico por más de tres meses al año debe regirse como una actividad económica y para ello los propietarios deberán pedir una licencia urbanística que irá ligada a una serie de requisitos, los mismos que rigen para los negocios de hospedaje.

Además, el plan dividirá Madrid en cuatro zonas, con distintos tipos de restricciones para la apertura de viviendas de uso turístico (VUT) y la transformación de edificios enteros en hoteles. La zona más protegida corresponde al distrito Centro, donde será casi imposible obtener una licencia de vivienda turística o apartamento fuera de los ejes principales (Gran Vía, Alcalá o Plaza Mayor).

Uno de esos requisitos que exigirá el Consistorio para el cambio de uso de alquileres turísticos de más de tres meses es que estas viviendas tengan una entrada independiente por la calle a la de los vecinos, lo que implica que prácticamente la totalidad de los pisos no cumplan con esta exigencia. Solo algunos de planta baja podrán cumplirlo.

El Ayuntamiento de Madrid pretende frenar así el proceso de turistificación que está afectando con especial gravedad al distrito Centro de la capital pero que incide en el conjunto de la ciudad debido al incremento del precio del alquileres.

En la zona 3 del plan, que corresponde al área que delimita la M-30) y zonas de Puerta del Ángel, Príncipe Pío y Chamartín, también habrá restricciones aunque menos. Se permitirán viviendas de uso turístico en el 10% de la superficie residencial de cada edificio. En el resto del término municipal que no entre en las tres zonas señaladas en el mapa, se mantendrá la legislación vigente.

En el caso del cambio de uso terciario en bloques enteros de viviendas para destinarlos a apartamentos turísticos u hoteles, la moratoria vigente tiene paralizada la concesión de licencias de cambio de uso en el Centro (zona 1), una medida que tiene un periodo de un año, prorrogable a dos.