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La Federación de Asociaciones de Memoria Histórica de Murcia muestra su rechazo al traslado de los restos de Franco a la Almudena

La junta directiva de la Federación de Asociaciones de la Memoria Histórica de la Región de Murcia (FAMHRM) se reunió el pasado sábado en la capital para impulsar reivindicaciones pendientes y abordar el diseño de actividades para el curso que se inicia. FAMHRM decidió celebrar, con carácter anual y rotatorio, la exaltación de la bandera republicana y el homenaje a las víctimas del franquismo, coincidiendo con el 14 de abril, fecha de la proclamación de la II República.

Se decidió empezar el próximo año en Cartagena y, en años siguientes, en otras localidades en las que la Federación tenga implantación. Se vio la conveniencia, asimismo, de trabajar para la extensión del movimiento asociativo memorialista por más localidades y municipios de la Región.

Negativa al traslado de los restos del dictador a la Almudena

Negativa al traslado de los restos del dictador a la AlmudenaLa junta directiva abordó, además, entre otros temas de plena actualidad, el debate y la posición de la Federación ante la exhumación de los restos del dictador Franco y su previsible traslado a la basílica de la Almudena. FAMHRM decidió elevar al Gobierno su posición sobre este asunto, así como darla a conocer a los medios de comunicación.

En su escrito, recuerdan que el artículo 15 de la Ley 52/2007 de la Memoria Histórica, en relación con los símbolos y monumentos públicos dice, en su punto primero, que “las Administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias, tomarán las medidas oportunas para la retirada de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura. Entre estas medidas podrá incluirse la retirada de subvenciones o ayudas públicas”; mientras que el punto 4 establece que “las Administraciones públicas podrán retirar subvenciones o ayudas a los propietarios privados que no actúen del modo previsto en el apartado 1 de ese artículo”.

A juicio de la Federación memorialista, “es evidente que la familia de Franco pretende mantener la memoria del Dictador y de su Dictadura en un lugar tan relevante como el que ahora disfruta en el Valle de los Caídos, por la preeminencia significativa de la Catedral de la capital de España, su proximidad al Palacio Real y su enclave en el corazón monumental, histórico y cultural de la capital del Estado español”, por lo que entiende que “ese traslado se convertiría en un símbolo de la exaltación a la dictadura”, y reclama que su tratamiento a la luz de la LMH, debe ser “el mismo que se dispensa a otros símbolos de mucho menor rango”.

Se insiste, por lo demás, en que “de ser enterrado Franco en la Almudena, y sin entrar en argumentos morales, éticos o  religiosos, por la incoherencia que supone que la Iglesia ofrezca un lugar tan señalado para el enterramiento de un personaje marcado por la Historia como máximo responsable de la Guerra Civil, de la posterior Dictadura, y por su probada responsabilidad en la comisión de decenas de miles de crímenes calificados como de lesa humanidad, tipificados por el artículo 607.bis del Código Penal vigente, esta Federación entiende que estaríamos ante una nueva agresión y ofensa a la memoria de sus víctimas, por cuanto es del todo previsible que el lugar terminaría convirtiéndose en lugar de peregrinaje, culto y referencia sentimental del sector social afín a la ideología representada por el personaje, siendo un foco permanente de afrenta pública y notoria a la memoria de sus víctimas y, probablemente, origen de conflictos de orden público con ocasión de concentraciones y actos de enaltecimiento franquista”.

Advertencia a la Iglesia y posible denuncia del Concordato con la Santa Sede de 1979

La Federación recuerda que el Estado español dispone de “una herramienta legal que debe ser aplicada con una voluntad política firme”, en coherencia con la aconfesionalidad reconocida al Estado constitucionalmente: considerando que el templo madrileño de La Almudena es propiedad de la Iglesia Católica, entidad privada sometida al cumplimiento de la leyes generales del Estado Español, “cabe notificar a la máxima autoridad eclesiástica en tiempo y forma que, en su caso, le sería aplicado el Punto 4 del artículo 15 de la Ley 52/2007 de la Memoria Histórica, por lo que no deberá autorizar la inhumación de los restos del dictador Francisco Franco en la Almudena, ni en ningún otro templo de su titularidad o bajo su jurisdicción religiosa, bajo apercibimiento de denunciar y anular el actual Concordato con la Santa Sede, suprimiendo las partidas destinadas a su sostenimiento contempladas en los Presupuestos General del Estado, así como las exenciones fiscales y convenios de todo tipo que viene disfrutando actualmente con las instituciones estatales, autonómicas y locales, con cargo al erario público”.