Dos de los tres magistrados que componen la sala 203 de la Audiencia de Navarra han hecho valer su mayoría de voto y han puesto en libertad provisional a los cinco miembros de 'la manada' bajo fianza de 6.000 euros. Solo el presidente de la sala, José Francisco Cobo, ha votado en contra, en un voto particular discrepante que abogaba por mantener la prisión provisional de forma incondicional. Raquel Fernandino y Ricardo González, quien emitió el voto discrepante en la sentencia y se había mostrado partidario de la libertad de los acusados en diferentes ocasiones, han impuesto su criterio esta vez. Los acusados se encontraban en prisión a la espera de una sentencia firme.
En un auto que previsiblemente se conocerá este viernes, el tribunal acuerda que los cinco condenados puedan eludir la prisión provisional con una fianza de 6.000 euros. Además, impone a los condenados la obligación de comparecer los lunes, miércoles y viernes en el juzgado de guardia de su localidad.
También les impone la prohibición de entrar en la Comunidad de Madrid, la prohibición de comunicación con la víctima, la retirada del pasaporte, y la prohibición de salir del territorio nacional sin autorización judicial.
Los cinco miembros de 'la manada' fueron condenados a nueve años de prisión por un delito de abuso sexual con prevalimiento cometido en los Sanfermines de 2016 y se encuentran en prisión provisional desde el 7 de julio de ese año, pues fueron detenidos horas después de cometer los hechos. No obstante, fueron absueltos del delito de agresión sexual, circunstancia que generó una ola de protestas sin precedentes en España y el extranjero.
El próximo 7 de julio se cumplían por tanto dos años desde que los miembros de 'la manada' ingresaron en prisión. Se trata del periodo máximo previsto en la ley para la situación de prisión provisional, aunque cumplido este plazo la legislación también contempla su revisión para una posible ampliación.
Las defensas de los acusados solicitaron la libertad a la espera de sentencia firme, por lo que la sala celebró una vista el pasado lunes en la que escuchó los argumentos de las partes. La decisión de puesta en libertad descarta la otra posibilidad de prolongar la prisión provisional como máximo hasta la mitad de la condena impuesta.
Fiscalía y acusaciones discrepan
Tanto la Fiscalía como las acusaciones particulares y populares, ejercidas estas últimas por el Gobierno de Navarra y el Ayuntamiento de Pamplona, se oponían a la puesta en libertad. En la vista celebrada este lunes estuvieron presentes los tres condenados que cumplen prisión preventiva en la cárcel de Pamplona: José Ángel Prenda, Jesús Escudero y Ángel Boza, que fueron trasladados a la Audiencia en furgón policial. Los dos que se encuentran recluidos en Madrid, el guardia civil Antonio Manuel Guerrero y el militar Alfonso Jesús Cabezuelo, siguieron el proceso por videoconferencia. Ninguno de los acusados intervino en la vista, ya que era turno de que el tribunal escuchara a las partes.
La fiscal Elena Sarasate, que pidió 22 años y diez meses de prisión para cada uno de los acusados por los delitos de agresión sexual, delito contra la intimidad y el robo del móvil de la joven, se opuso a la puesta en libertad. Solicitó, además, responsabilidad civil por el “sufrimiento moral” de la víctima.
Sarasate le dio total credibilidad a la víctima en su informe final ante la Sala durante la celebración del juicio: “La intimidación fue gravísima e impidió resistencia o huida, no le quedó más remedio que someterse. La denunciante no consintió”, defendió entonces. Ahora plantea esos mismos argumentos en su recurso ante el Tribunal Superior de justicia de Navarra.
Miguel Ángel Morán, abogado de la víctima, manifestó a la salida de la vista que tenía una “buena” sensación tras asistir a la comparecencia, y afirmó en declaraciones a los medios que se ratificó en lo que ya planteó por escrito ante el tribunal, es decir, su posición contraria a que los cinco condenados por abuso sexual fueran puestos en libertad a la espera de sentencia firme.
El Gobierno de Navarra también se opuso a la puesta en libertad de estos agresores sexuales. La consejera Ana Ollo señaló la pasada semana que el Ejecutivo foral había presentado una petición para que no se conceda esta libertad provisional. Recordó que ha recurrido también la sentencia de este caso al entender que “no correspondía a lo que en un primer momento han defendido los letrados del Gobierno de Navarra, y también la Fiscalía y los letrados del Ayuntamiento de Pamplona, en el sentido de que es un delito en el que está implicado la intimidación y la violencia”.
El Ayuntamiento de Pamplona había presentado cinco escritos, uno por cada condenado, en los que insiste en “el riesgo de fuga” y la “importancia de las condenas” impuestas en la sentencia, no firme, del pasado mes de abril para negar su puesta en libertad. El abogado del Consistorio, Víctor Sarasa, remarcó este lunes al salir de la Audiencia la “gravedad de los hechos considerados probados” en la sentencia que condena a los cinco acusados a nueve años de cárcel por abuso sexual para rechazar su puesta en libertad provisional.
El riesgo de fuga
El abogado de la defensa, Agustín Martínez Becerra, señaló en declaraciones a los medios que “lo ajustado a derecho” sería que el tribunal atendiera su petición y que “a partir de ahí siguiera el procedimiento judicial” hasta que se dicte sentencia firme.
Martínez Becerra consideró que los tres magistrados deberían tener en cuenta “el propio contenido de la sentencia y el propio contenido de su auto” del 14 de julio de 2017. “En el auto se hablaba de la existencia de un riesgo de fuga teniendo en consideración las altísimas penas que se pedían. La pena mínima solicitada era de 22 años y 10 meses. Teniendo en cuenta que la pena ha sido de nueve años y que ya llevan dos años en prisión, entendemos que no cabe plantear la existencia del riesgo de fuga como tal”, señaló.
El letrado hace refererencia en su escrito de petición de libertad a otros casos de repercusión mediática en los que las personas condenadas en primera instancia esperaron en libertad provisional a que la sentencia fuera firme, como Iñaki Urdangarin y Diego Torres.
Sobre la posible reiteración delictiva, el abogado señaló que “era una manifestación por parte del tribunal que carecía de ningún tipo de fundamento ni soporte, teniendo en consideración que no ha existido ninguna causa por la que hayan sido condenados”. “Si se hace referencia al procedimiento que se sigue en Pozoblanco, después de dos años prácticamente no existe todavía ni auto de procesamiento. Entender la existencia de reiteración delictiva carece de sentido”, consideró.
“Hemos estado con las familias y se les ha transmitido la resolución y produce satisfacción pensar que vuelven a ver a sus familiares otra vez. Son familias humildes que les va a costar reunir esa cantidad y cuando se obtenga se depositará en el juzgado”, ha dicho el letrado. Y ha añadido que hay un tribunal superior que tiene que resolver un recurso: “Entendemos que la prisión provisional solo puede aplicarse en casos excepcionales y este no era uno de ellos”.
El pasado 1 de diciembre de 2017, tras la vista oral del juicio celebrado el mes de noviembre, la Audiencia Provincial de Navarra rechazó la puesta en libertad de los cinco acusados como habían solicitado igualmente sus defensas. En este caso, también se produjo, al igual que en la sentencia, el voto particular de uno de los magistrados, Ricardo González.