El 'Informe Merlos' del Colegio de Abogados de Madrid
Previamente a que se celebrara la reunión de la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) del pasado 19 de mayo, todos/as los/as integrantes de la Junta recibieron el informe encargado a la tesorera del ICAM, Mabel Zapata, en relación con la situación legal de la empresa de Alfonso Merlos, Trocadero Comunicación SL, y la contratación de dicha sociedad y que permanece oculto para la abogacía madrileña, al igual que los debates y acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno en sus reuniones de 4 y 19 de mayo pasados que ni siquiera han sido incorporados a las correspondientes actas.
ALA ha tenido acceso al contenido del “informe Merlos” comprobando que las irregularidades que habíamos denunciado hasta ahora en el contrato del ICAM con Trocadero Comunicación SL son más amplias e importantes que las que conocíamos, por lo que las trasladamos a la abogacía de Madrid para su conocimiento. Las irregularidades podrían suponer responsabilidades, incluso fiscales, de Alfonso Merlos y del ICAM.
Según nuestras fuentes, el informe fue remitido por la tesorera del ICAM, Mabel Zapata, y lo recibieron el Decano y todos/as los/as integrantes de la Junta de Gobierno. En él se examinan las cuentas de Trocadero Comunicación SL, la composición del capital social, los contratos de Trocadero Comunicación con sus trabajadores y la remuneración de Alfonso Merlos. Tras ello, la tesorera realiza tres “conclusiones” y unas “recomendaciones”, analizando la Ley del Impuesto sobre Sociedades, finalizando con las posibles “consecuencias para el Colegio”.
Tras analizar las cuentas de Trocadero Comunicación SL de los años 2017 y 2018 deduce que Alfonso Merlos no factura a la sociedad por la cantidad que exige la Ley 27/2014 para que se pueda considerar que la facturación que realiza el socio profesional a través de la sociedad es una retribución a valor de mercado, incumpliendo lo previsto en el art.18 de la citada Ley.
El capital social se distribuye en un 70%, de las 3100 participaciones sociales, que es propiedad de Alfonso Merlos, un 25% propiedad de O.L. y un 5% propiedad de M. L. P. M.
Respecto de los contratos con trabajadores de Trocadero Comunicación SL, la tesorera afirma en su informe que consta un contrato para trabajos administrativos, por teletrabajo pero que, pese a que se requirió a Alfonso Merlos que lo aportara a la tesorera para valorarlo en el Informe, no fue presentado. También se le requirió para que informara qué relación tenía con la trabajadora de ese contrato sin que contestara.
Del contenido del informe se deduce que la tesorera constata que Alfonso Merlos nunca ha cobrado de la sociedad, pues sus declaraciones de IVA sólo declaran trabajos cobrados fuera de la sociedad, ni por nómina ni como profesional, si bien la sociedad tiene actualmente una deuda pues, al parecer, según el informe, fue utilizada por Alfonso Merlos para realizar un único y puntual pago, de carácter personal, cuyo importe está devolviendo.
Tras ello, nuestras fuentes afirman que la tesorera concluye en su informe que es una gran irregularidad que Alfonso Merlos no facture por sus servicios profesionales a Trocadero Comunicación SL; así como que son irregulares también las explicaciones dadas por quien dice ser trabajador de la Sociedad siendo socio de la misma y termina concluyendo que, ante una Inspección fiscal, hay muchas probabilidades de que se declarara a Trocadero Comunicación SL como una sociedad instrumental.
La tesorera del ICAM recomienda resolver el contrato de prestación de servicios con Trocadero Comunicación SL y realizar un contrato directamente con Alfonso Merlos, contrato que concluye que debería ser labora dado que trabaja con los medios materiales y personales del ICAM y que se le va a pedir exclusividad, así como que deje de aparecer en los medios de comunicación. Asimismo valora que si bien es legal la contratación con sociedades que prestan servicios profesionales, dichas sociedades deben responder a una realidad económica, contando con medios materiales y personales y existiendo facturación de los socios profesionales, desprendiéndose del contenido del informe que esto no sucede con Trocadero Comunicación SL y que se utiliza para pagar impuesto sobre sociedades en lugar de IRPF pues, además, Alfonso Merlos no cumple con el requisito regulado en el art. 18 de la Ley 27/2014 porque no factura nada a la sociedad, siendo dudosa la existencia de trabajadores de Trocadero Comunicación SL.
Por último, según la información a la que ha tenido acceso ALA, Mabel Zapata advierte de que el ICAM se arriesga a una posible acta fiscal por retenciones de IRPF pues si Trocadero Comunicación SL (como apunta el informe) es una sociedad instrumental, el ICAM debería haber retenido a Alfonso Merlos un 15% de su retribución, lo que no hace al facturar a una sociedad. No obstante, parece que éste es un asunto “menor” para la tesorera que incluye en el informe, como reflexión, que el ICAM ya se defendería llegado el caso.
Resulta sorprendente que un miembro de la Junta de Gobierno proponga a ésta métodos para ocultar lo que es evidente que considera ilicitudes varias, con tal de mantener en el cargo de director de comunicación a una persona concreta: existencia de sociedad instrumental, sin trabajadores a cargo, que no ha aportado la documentación que se le ha requerido para aclarar la situación fiscal y laboral, que no existe facturación a la empresa de los supuestos trabajos que realice Alfonso Merlos, que por lo tanto no factura IVA, que la sociedad no cuenta con medios materiales ni personales, y que son los del Colegio los que se utilizan para el desarrollo del contrato, finalizando con la manifestación de que es muy posible que la sociedad exista para declarar por impuesto de sociedades y no de IRPF, y por tanto eludir impuestos.
ALA va a seguir publicando todo lo que averigüe sobre esta acumulación de despropósitos legales (¡que se producen en el Colegio de Abogados de Madrid!) denunciando las irregularidades e incumplimientos referidos a la legislación laboral, de Seguridad Social o fiscal pudiera haber incurrido el ICAM amparando dichas prácticas, así como la supuesta búsqueda de soluciones para eludir las responsabilidades derivadas.
No podemos dejar de denunciar que todas las fuentes consultadas nos aseguran las graves disensiones existentes actualmente en la Junta de Gobierno y, sobre todo, las maniobras que alguna persona integrante de esa Junta, utilizando para ello a medios de comunicación, está realizando para “desmarcarse” de una Junta a la que pertenece y lavar su imagen, siendo tan responsable de lo que denunciamos como el resto de sus compañeros/as de Junta.
Lo increíble en este ICAM que José Mª Alonso define constantemente como “excelente” y “transparente” es que tenga que ser una asociación de Abogados/as como ALA quien debe informar a la Abogacía de Madrid del mayor escándalo desvelado en el ICAM desde los millones de euros volatilizados con el contrato de IBM; desmintiendo las falsedades que el Decano declara sobre el contrato con Trocadero Comunicación SL; denunciando el esperpento que se vive en la Junta de Gobierno para afrontar la ilegalidad del contrato de Alfonso Merlos por medio de su sociedad y averiguando la verdad que quiere ser ocultada a la abogacía de Madrid bajo el argumento de amparar y defenderse en un futuro por parte del ICAM en caso de que se realizara una inspección por la Agencia Tributaria a cualquiera de los tres intervinientes en el contrato (Trocadero Comunicación SL, ICAM y Alfonso Merlos). Esa defensa que se sufragará, eso sí lo tenemos claro, con cargo a nuestras cuotas.
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