La Audiencia Provincial de Madrid da vía libre al juicio contra el periodista Carlos Sosa por informar sobre el exjuez corrupto Salvador Alba

El exjuez corrupto Salvador Alba, en Las Palmas de Gran Canaria.

Canarias Ahora

25 de julio de 2024 09:12 h

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El periodista Carlos Sosa, director de Canarias Ahora, se sentará próximamente en el banquillo para responder a los delitos que le atribuye desde la cárcel el exjuez corrupto Salvador Alba Mesa. Así lo ha decidido la Sección 17 de la Audiencia Provincial de Madrid que, en un auto notificado este miércoles, da por buenos los argumentos de la jueza de Instrucción 27, de esa misma ciudad, que tramitó una querella de Alba y de su esposa, la letrada de la Administración de Justicia Teresa Lorenzo Establier, por algunas de las informaciones publicadas sobre las andanzas del querellante cuando maquinó contra la magistrada Victoria Rosell, exdelegada del Gobierno contra la Violencia de Género.

En concreto, Alba y Lorenzo atribuyen a Carlos Sosa la comisión de tres delitos: revelación de secretos, acoso y odio, por los que interesan una condena de 23 años de prisión, así como 422.500 euros de indemnización. 

El Ministerio Fiscal, por su parte, que desde el inicio del procedimiento ha pedido su sobreseimiento, pide la absolución del acusado por considerar que ninguno de los artículos incurrieron en esos delitos y que, además de ser veraces, todos ellos cumplían con el requisito de interés público.

La querella fue interpuesta por Salvador Alba y Teresa Lorenzo justo en el momento en el que el exjuez corrupto ingresaba en la prisión de Estremera, en Madrid, para cumplir una condena de seis años y medio por los delitos de prevaricación, cohecho y falsedad documental. 

La jueza de Madrid que admitió la querella, María Ángeles Velázquez, dictó en febrero pasado auto de apertura de juicio oral, una decisión que no es recurrible. Y lo hizo sin que la Audiencia Provincial hubiera resuelto aún un recurso de apelación previo del periodista Carlos Sosa contra el auto de transformación de las diligencias en procedimiento abreviado. Y esa resolución es la que se conoció este miércoles.

En el auto de la Sección 17 de la Audiencia Provincial de Madrid, firmado por los magistrados José Luis Sánchez Trujillano, María del Carmen Martínez Sánchez y Teresa de la Concepción Costa Vayá, que actuó como ponente, no se entra a analizar el fondo de la cuestión ni los alegatos por vulneración de derechos fundamentales planteados por el periodista por considerar los magistrados que, “con carácter general, el Auto del Juzgado Instructor, acordando la acomodación de las Diligencias Previas en Procedimiento Abreviado, y que ahora se recurre, no supone la determinación de ninguna culpabilidad subjetiva, sino la conclusión del Instructor de que se ponga fin a la fase investigadora, tras practicarse todas aquellas diligencias encaminadas a determinar la naturaleza y circunstancias del hecho, las personas que en él hubieran participado y el órgano competente para el enjuiciamiento, considerando además, que en las diligencias ya existe el material suficiente para que el Ministerio Fiscal y, en su caso, la Acusación Particular, puedan formular sus respectivas acusaciones (con carácter provisional), al existir indicios racionales, objetivos y fundados de infracción criminal”.

Amparados en esos tecnicismos, los magistrados rechazan también las demás pretensiones del recurso, como la vulneración del principio de presunción de inocencia, la vulneración del derecho al juez ordinario predeterminado por la ley, la inexistencia de informaciones publicadas obtenidas ilícitamente, la inexistencia de acoso a los querellantes ni de hechos que puedan considerarse delito de odio, entre otras consideraciones, por las que se pedía el sobreseimiento de las actuaciones.

Más adelante, sin embargo, los magistrados sostienen que “en el momento actual, como describe el auto recurrido, concurren suficientes indicios racionales de criminalidad en contra del investigado, por lo que debe proseguirse con la tramitación de la causa, sin perjuicio de que el recurrente pueda alegar y proponer todo lo que estime conveniente, en su escrito de defensa o en el acto de juicio oral”. 

El auto, que no admite recurso, da vía libre definitivamente a la celebración en un juzgado de lo Penal de Madrid de un juicio contra el periodista Carlos Sosa en fecha aún por determinar. A la espera del escrito de defensa, ya es conocido el de la acusación, que pide 23 años de prisión para el periodista, y el de la Fiscalía, que reclama su absolución. Será un juicio largo a la vista de los testigos solicitados por la parte querellante. La Fiscalía ha pedido solamente el testimonio de Salvador Alba y de Carlos Sosa. Está pendiente de conocerse el escrito de defensa.

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