El presidente Joe Biden ha anunciado recientemente una condonación parcial de la deuda estudiantil, por importe individual de hasta 20.000 dólares, que puede beneficiar a más de 40 millones de estadounidenses. La deuda estudiantil supone un grave problema económico en Estados Unidos, ya que la mayoría de quienes acceden a la universidad suscribe préstamos con el Gobierno federal y, en menor medida, con entidades financieras privadas. A raíz de la pandemia, Trump adoptó una moratoria (suspensión) de los préstamos estudiantiles que Biden ha mantenido en un contexto de incertidumbre económica.
Una de las críticas que se han planteado a la condonación de la deuda estudiantil es el agravio que supone para las personas deudoras que sí han reembolsado sus préstamos y para quienes no los solicitaron. Ahora bien, todas las medidas sociales, incluso las que se aprueban con efectos retroactivos, excluyen a personas o generaciones anteriores que no se benefician. Un tratamiento pulcramente igualitario de los problemas sociales provocaría una parálisis del progreso. El antropólogo David Graeber, en su obra ya clásica En Deuda (2014), argumentaba con sorna frente a quienes se oponen por esta razón a la condonación de la deuda estudiantil que sería injusto hacia las víctimas de los atracos no atracar a sus vecinos.
También se ha reprochado la regresividad fiscal de la medida, pues podrán verse beneficiadas por la condonación personas que se encuentran en una cómoda posición económica precisamente gracias a los estudios universitarios que financiaron con los préstamos estudiantiles. La advertencia es interesante, pero la condonación impulsada por Biden se ha vinculado a un umbral máximo de ingresos (125.000 dólares al año) y añade mejoras para las familias con menos recursos. De facto, lo que hace la condonación es convertir préstamos ordinarios en préstamos-renta, es decir, préstamos cuyo reembolso se condiciona a la obtención de ingresos futuros. Los préstamos-renta son instrumentos más acordes al principio de progresividad que los préstamos ordinarios, pero la elección del concreto umbral de renta es una decisión de oportunidad política que debería amoldarse a la realidad económica y a las concepciones de justicia material que subyacen en los distintos sistemas fiscales.
En cualquier caso, la condonación de la deuda estudiantil parece ajustarse al contexto inflacionario propiciado por la guerra de Ucrania. Las moratorias se limitan a posponer la incertidumbre y la acumulación de deuda privada en un escenario económico como el actual requiere la adopción de medidas de mayor calado. Recuérdese que el origen de Gran Recesión de 2008 se sitúa en una crisis de deuda privada, no de deuda pública, como a veces se repite.
El carácter parcial de la condonación es un elemento que puede provocar un problema colateral de gestión pública. Con no poca frecuencia en el diseño de políticas públicas y las medidas sociales se infravaloran los aspectos de gestión pública. La elevación del umbral de condonación o incluso la condonación total serían medidas más costosas y, quizá, menos progresivas en términos fiscales, pero permitirían que miles de empleados públicos concentraran sus esfuerzos en ejecutar otros programas sociales.
La deuda estudiantil es un lastre social y económico en Estados Unidos de tal magnitud que nos cuesta comprender en Europa y en España, ya que aquí el sistema universitario, su acceso y los mecanismos de financiación son muy distintos, en consonancia con los diferentes modelos de Estado del bienestar. Pero, más que los arquetipos teóricos, son las tendencias las que nos permiten captar la complejidad social. Los impulsores de los procesos de reconversión del Estado social en Europa, que han dado lugar al denominado Estado garante, anhelan una mayor financiación privada de los servicios públicos.
Es en ese proceso de cambio en el que en España logró hacerse un hueco el programa público de Préstamos Renta Universidad, implementado en el periodo 2007-2012, para financiar los estudios de posgrado a más de 15.000 personas. En la primera convocatoria, el alumnado solo tenía que devolver el dinero prestado si ingresaba una cantidad superior a 22.000 euros anuales, pero en sucesivas anualidades se eliminó el umbral de renta sin la debida información. Pasados los años, la crisis económica provocó que numerosas personas no pudieran hacer frente al pago de los préstamos, hasta que, a raíz de una reclamación colectiva de responsabilidad patrimonial, el Gobierno se vio forzado a adoptar en 2019 una solución en cierto modo similar a la de Biden en Estados Unidos: convertir los préstamos ordinarios en préstamos-renta.
El fracaso estrepitoso del programa Préstamos Renta Universidad quizá sea la mejor vacuna para evitar la tentación de implantar, de manera generalizada, un sistema público de préstamos estudiantiles. Con todo, la nueva situación económica podría provocar un incremento incontrolable de la concesión de préstamos por parte del sector privado para financiar los estudios universitarios, una tendencia que ya detectaba la asociación ADICAE en un informe de 2015 como consecuencia del incremento de las tasas universitarias.
La tramitación parlamentaria en nuestro país del Proyecto de Ley Orgánica del Sistema Universitario constituye una buena oportunidad para embridar el crecimiento de los préstamos estudiantiles, blindar el derecho subjetivo a las becas con garantías eficaces y asegurar la equidad en el acceso y continuidad en los estudios universitarios. La universidad es demasiado importante en una sociedad democrática como para que el derecho constitucional de acceso a los estudios universitarios torne en perniciosa deuda estudiantil.