Las prácticas del 'influencer' Amadeo Llados, con cientos de miles de seguidores en las redes sociales, no serán investigadas por la Audiencia Nacional. El juez José Luis Calama ha rechazado la querella presentada por nueve personas que se consideran estafadas por Llados con el argumento de que el tribunal especializado no tiene competencia para investigar los hechos que se imputan, incluidas estafas que no superan los 1.800 euros. En su auto, Calama recuerda a los nueve querellantes que la Audiencia Nacional investiga estafas que superan los 7 millones de perjuicio, según establece la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
Amadeo Llados, que solo en Instagram alcanza los 1,5 millones de seguidores, ha alcanzado popularidad por un discurso en el que vincula un estilo de vida con obtener ganancias. En ese estilo de vida el ejercicio físico ocupa un lugar principal y, dentro del mismo, los 'burpees' (“fucking burpees”, según alude Llados), uno de los ejercicios más exigentes del 'fitness', que combina flexión de brazo y piernas. Hay una versión del 'burpee' que añade al ejercicio un salto al final, pero Llados comenta en sus vídeos que hacer 'burpees' con salto “es de mileuristas”.
Los nueve supuestos estafados acudieron a la Audiencia Nacional acusando al monitor deportivo de de estafa agravada, odio y organización criminal por la venta de cursos a través de Internet en los que promete que quienes los contraten se harán millonarios. La querella relata que Amadeo Lladós, conocido en redes sociales como Llados o Lladosfitness, es el propietario de un portal de internet denominado “SALATU1MILLON”, en el que comercializa cursos en los que presuntamente engaña a sus clientes-suscriptores.
La querella recoge que Llados muestra en sus redes una vida de lujo que atribuye a una particular cultura del esfuerzo que resume en madrugar, entrenar dos veces al día y la fe en Dios. En una suerte de capitalismo religioso, Llados defiende que practica su fe amontonando dinero y haciendo ricas a otras personas. Recientemente explicó en una entrevista que dejaría a su esposa si engoradara porque eso significaría que ella ha renunciado a los “valores” que les unen.
Además, hace creer a sus clientes-suscriptores que van a obtener un título legítimo lo cual, dicen los querellantes, no es cierto porque no tiene competencias para ello. Llados mide sus éxitos por coches de lujo en el garaje, especialmente los “lambo”, en alusión a la marca Lamborghini.
Los perjudicados también denuncian que los pagos que exige Llados cada vez van a más y advierten de que manipula a sus clientes para que cada vez le abonen mayores cantidades de dinero, hasta 10.000 euros, “mediante lo que se puede denominar coacciones veladas”. Por último, aseguran que una vez formas parte de su red de clientes, él mismo te ofrece una forma de obtener comisiones o descuentos en nuevas suscripciones con la promoción de sus productos en las redes sociales, todo ello con el objetivo de llegar a más gente.
En su auto, el magistrado José Luis Calama señala en primer lugar que los hechos que la querella califica como delitos de odio y de asociación ilícita se sitúan “claramente” fuera del ámbito de competencia objetiva de la Audiencia nacional, tal y como establece la Ley Orgánica del Poder Judicial.
En cuanto al delito de estafa, señala que los hechos podrían constituir una defraudación, si bien para que el delito sea competencia de la Audiencia Nacional deberían cumplirse alguna de estas premisas: que se trate de un perjuicio de entidad a la economía nacional o que exista una generalidad de perjudicados en el territorio de más de una provincia.
En el primer de los supuestos, explica el auto, la cuantía de la supuesta defraudación no aparece “mínimamente” determinada, ya que no se expresa la cantidad satisfecha por ninguno de los nueve querellados, salvo algunos pantallazos en los que aparecen pagos de 50, 600 o 1.8000 euros. Se trata de cifras muy lejanas, dice el juez, a los siete millones de euros de perjuicio que establece el Tribunal Supremo para atribuir la competencia a la Audiencia Nacional.
En cuanto a la segunda de las premisas, que el fraude afecte a una generalidad de personas, el instructor indica que la querella está presentada por nueve víctimas, una cifra “que se muestra insuficiente para justificar por sí mismo la competencia” de un juzgado de la Audiencia Nacional.