Ya están en marcha los sorteos para las mesas electorales de las elecciones del 23J: cuándo se notifica y cómo librarse

elDiario.es

22 de junio de 2023 06:00 h

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Este jueves se han puesto en marcha en distintas ciudades y pueblos los sorteos para elegir a los más de 543.000 miembros, entre titulares y suplentes, que conformarán las mesas electorales de los comicios del 23 de julio y que, no obstante, podrán alegar en un plazo de siete días desde que se les comunique oficialmente su obligación. Los plenos de los consistorios tienen hasta el 28 de junio para realizar estos sorteos en los que se elige a un presidente y dos vocales para cada mesa, además de a otras dos personas suplentes por cada uno de ellos.

La Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) señala que aunque la formación de las mesas electorales es competencia de los ayuntamientos debe hacerse bajo la supervisión de las Juntas Electorales de Zona (JEZ), que además tienen la última palabra para aprobar o no las alegaciones que puedan presentar los designados, informa Efe. Y es que ante la coincidencia de las elecciones con el periodo vacacional, la Junta Electoral Central (JEC) ha dictado que los ciudadanos que sean llamados a las mesas puedan eximirse si tienen contratadas sus vacaciones antes del 30 de mayo, fecha en la que se publicó la convocatoria electoral, y siempre y cuando las juntas de zona vean asegurada la integración plena de las mesas.

Las alegaciones se pueden hacer en un plazo de siete días desde que llega la notificación, que se puede prolongar hasta el 1 de julio, y la junta de zona resolverá con un límite de cinco días. En los sorteos solo entrarán aquellos ciudadanos con derecho a voto que tengan menos de 70 años y sepan leer y escribir. A partir de los 65 años podrán manifestar la renuncia en un plazo de siete días.

Quiénes pueden librarse de estar en las mesas

Las personas que cumplan con los siguientes requisitos quedan excluidos de formar parte de las mesas electorales:

  • Quienes alcancen la mayoría de edad en el plazo comprendido entre la formación de las listas de electores y la votación.
  • Los cargos de presidente y de vocal no pueden ser desempeñados por personas que se presenten como candidatos en las elecciones.
  • Además, la Junta Electoral Central decidió el pasado día 8 que se aceptan como excusa para no formar parte de una mesa electoral los “desplazamientos o estancias de carácter vacacional” siempre que estuvieran contratados antes de la fecha de convocatoria de las elecciones —esto es, del 30 de mayo— y que se pueda acreditar “documentalmente” un “perjuicio económico o un trastorno grave”.
  • El organismo pone como condición para aceptar estos viajes como excusa que “se asegure la integración plena de las mesas”.

En el resto de casos es obligatorio formar parte de una mesa electoral bajo pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses y sus miembros cobrarán cerca de 70 euros, que es el importe que se abonó en las pasadas elecciones municipales y autonómicas, 5 euros más que en las generales de 2019.