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Bruselas urge a la renovación del Poder Judicial el mismo día en que ha hecho nuevos nombramientos después de llevar dos años en funciones

Andrés Gil

Corresponsal en Bruselas —
30 de septiembre de 2020 13:22 h

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Bruselas pide la renovación del Poder Judicial, el mismo día en que ha hecho nuevos nombramientos después de llevar dos años en funciones a causa del bloqueo del PP. El mismo día en que el CGPJ ha nombrado magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo a Ángel Hurtado, el único juez del tribunal de la Gürtel que se negó a que Mariano Rajoy fuera llamado a declarar como testigo y que emitió un voto particular contra la sentencia que certificó la existencia de una caja B en el PP pidiendo la absolución del partido

Además de Hurtado, a la Sala de lo Penal del Supremo —la que examina en última instancia la mayoría de las causas penales que se juzgan en España y por la que pasan los casos de corrupción— entrará el progresista Javier Hernández, asociado a Jueces y Juezas para la Democracia, y actualmente en el TSJ de Catalunya. Su nombramiento ha obtenido el respaldo de los mismos 18 vocales más el del presidente Lesmes. Cuesta y Sáez han votado en blanco. Con el respaldo de los mismos votos, el Pleno ha acordado también que la tercera vacante de esta Sala la ocupe el juez Leopoldo Puente, cuyo destino actual es el TSJ de Madrid, y al que las fuentes consultadas consideran una figura “supuestamente neutra, con perfil bajo” y de consenso entre los conservadores y parte de los progresistas.

En su primer informe sobre el cumplimiento del Estado de Derecho, el Ejecutivo comunitario constata que “el Consejo General del Poder Judicial ejerce sus funciones de forma interina desde diciembre de 2018”.

“El nombramiento de nuevos miembros del Consejo está sujeto a una mayoría cualificada de tres quintos”, relata la Comisión Europea, “y enn el contexto de las dos elecciones generales celebradas en 2019, no se alcanzó dicha mayoría y los miembros del CGPJ han permanecido en sus puestos ad interim hasta que se elija un nuevo Consejo. Las asociaciones profesionales han pedido la renovación y han impugnado legalmente la competencia del CGOJ en funciones para continuar con nombramientos para los principales cargos judiciales. Si bien la ley prevé que el Consejo se mantenga en pleno funcionamiento hasta que entre en vigor uno nuevo, el Consejo decidió, en enero de 2020, suspender los nombramientos para cargos judiciales. Sin embargo, en mayo de 2020, el Consejo reinició los nombramientos. El Consejo de Europa ha observado que estos acontecimientos confirman la importancia de garantizar que no se perciba que el Consejo es vulnerable a la politización”.

El informe de la Comisión Europea también recoge la “discusión” sobre “la relación entre la Fiscalía General y el Ejecutivo: la Fiscalía General es nombrada por el Jefe del Estado, a propuesta del Gobierno, que no tiene poderes para destituir al Fiscal General. Sin embargo, el mandato del Fiscal General finaliza al mismo tiempo que el mandato del Gobierno. Este sistema ha sido objeto de críticas considerando que la coincidencia en el mandato puede afectar la percepción de independencia”.

En este sentido, el Ejecutivo comunitario recuerda que “el Consejo de Europa ha destacado que, para la confianza de la ciudadanía, no solo es fundamental que el enjuiciamiento lo sea, sino que también parezca imparcial, objetivo y libre de cualquier influencia, en particular de naturaleza política. Si bien la ley determina que toda la comunicación entre el Ejecutivo y la Fiscalía debe realizarse entre el Ministro de Justicia y el Fiscal General, no exige que esta comunicación se haga pública, ni la obligación de registrarlas por escrito. Esto también ha sido planteado como una preocupación por el Grupo de Estados contra la Corrupción (GRECO)”.

Otro de los asuntos que destaca la Comisión Europea es que “la protección de los denunciantes y la regulación de los grupos de presión requiere atención”. Y añade: “España carece de un marco general de protección de denunciantes, a pesar de alguna regulación sectorial. En 2019, se previó una nueva propuesta legislativa para abordar algunas de las deficiencias del sistema a través de la Ley de Protección de Denunciantes, que aún no se ha promulgado. En junio de 2020, el Gobierno comenzó a trabajar en un nuevo proyecto de ley para proteger a los denunciantes. En cuanto al lobby, España no cuenta con una legislación específica en este ámbito. Sin embargo, algunas comunidades autónomas y municipios han adoptado normativas específicas sobre prácticas de lobby. Esta cuestión también ha sido planteada por GRECO”.

Uno de los asuntos en lo que no ha entrado la Comisión Europea es en las denuncias del PP sobre el riesgo para el Estado de Derecho en relación con el estado de alarma durante la pandemia. Como recuerda el Ejecutivo comunitario, “el estado de alarma fue declarado por el Gobierno y posteriormente comunicado al Congreso de los Diputados. El Congreso de los Diputados autorizó seis prórrogas del estado de alarma. La Constitución también confiere al Gobierno el derecho a legislar mediante decretos-ley en casos de necesidad extraordinaria y urgente, y dentro de un ámbito definido. El Gobierno está sujeto a la obligación de presentar dicho decreto-ley al Congreso, teniendo este último la prerrogativa de derogarlo. El Tribunal Constitucional también puede controlar si el Gobierno se excedió en su margen de discrecionalidad en la definición de la necesidad urgente invocada y evaluar la conexión entre las circunstancias habilitantes y las medidas adoptadas”.

Donde sí entra el Ejecutivo comunitario es en las leyes mordaza y las quejas de “la sociedad civil por la protección de la libertad de información: aspectos de la reforma de 2015 del Código Penal, la Ley Orgánica 2/2015, así como la Ley Orgánica de protección de la seguridad pública son cuestionados por las ONG como restricciones a la libertad de información”.

En este sentido, el informe recoge que “Reporteros sin Fronteras señala que existe una tendencia creciente por parte de las autoridades judiciales y policiales a anular la protección de las fuentes de los periodistas y obstaculizar el periodismo de investigación. Los obstáculos al acceso efectivo a la información, como la denegación selectiva de la acreditación de medios por parte de un partido político [Vox], y los casos en los que la seguridad de los periodistas se ha visto afectada, como las agresiones físicas, también se reflejan en las alertas relativas a España en la Plataforma del Consejo de Europa para promover la protección del periodismo y la seguridad de los periodistas”.