La dirección de Ciudadanos ha negado sistemáticamente el acceso al censo de afiliados con derecho a voto a los candidatos en las primarias para que pudieran dirigirse a sus compañeros de partido, explicarles sus propuestas y pedirles el voto. Ha sido una de las quejas recurrentes de los aspirantes en todos estos procesos internos, en los que los rivales de las apuestas del aparato siempre se han quejado de las dificultades para hacer campaña. La excusa que ha puesto últimamente el partido de Albert Rivera es que no lo permite la Ley sobre Protección de Datos. No siempre fue así. Hace cinco años Ciudadanos reconoció que esta no era una causa que justificara tal negativa.
Según una resolución enviada a un afiliado tras su impugnación de unas elecciones internas celebradas en la agrupación de Madrid en julio 2014, la Comisión de Garantías reconocía ese derecho de los candidatos en el apartado cuarto de los Fundamentos de Derecho al sentenciar:
“Esta Comisión de Garantías tiene que dar la razón a (nombre del reclamante que omitimos) en el sentido de que toda votación requiere la publicación del censo electoral de cualquier elección, y expuesto en el colegio electoral pertinente, a pesar de que para el supuesto que nos ocupa ha sido estudiado en esta Comisión y validada la votación por esta Órgano”.nombre del reclamante que omitimos
“Se tomarán la medidas oportunas para que, en lo sucesivo, no vuelva a darse esta situación”, se añadía en el mismo apartado.
Pese a la resolución de la Comisión de Garantías, el partido ha hecho caso omiso a su propia resolución plasmada en el citado escrito, al que ha tenido acceso eldiario.es. De hecho, a lo largo de estos últimos años han sido muchos los candidatos que han exigido al partido que se les facilite el censo, pero siempre sin éxito y con la misma excusa, que eso sería vulnerar la ley.
Uno de las candidatos a las recientes primarias de Castilla La Mancha, José Ramón de Lorza, está convencido de que el partido no dice la verdad. En las reclamaciones que envió a la Comisión de Garantías por el procesos que a él le afecta, explica que tanto el artículo 9.1 -en su último párrafo- de la vigente LO 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los derechos Digitales, como el artículo 9.2.d) del Reglamento Europeo de Protección de Datos lo permite. Dicho artículo, con respecto a los censos, dice:
d) el tratamiento es efectuado, en el ámbito de sus actividades legítimas y con las debidas garantías, por una fundación, una asociación o cualquier otro organismo sin ánimo de lucro, cuya finalidad sea política, filosófica, religiosa o sindical, siempre que el tratamiento se refiera exclusivamente a los miembros actuales o antiguos de tales organismos o a personas que mantengan contactos regulares con ellos en relación con sus fines y siempre que los datos personales no se comuniquen fuera de ellos sin el consentimiento de los interesados.
Estas quejas vienen también motivadas porque, según el reglamento, los aspirantes a encabezar las listas electorales apenas tienen dos días para hacer campaña interna. Ante las protestas -que llegaron esta vez hasta el Consejo General, máximo órgano del partido- la dirección al final accedió a ampliar ese plazo a una semana, al menos en los procesos para designar a los candidatos a las autonómicas. Pese a todo, muchos de los que se presentaron a esas primarias insistieron en pedir el censo para poder comunicarse directamente por correo a los afiliados, independientemente de sus visitas a las agrupaciones. Los gastos salen de sus bolsillo y muchos no pueden permitirse el lujo de viajar. “Es que muchos ni se enteran de que existimos”, lamentan.
La alternativa que les ofreció el partido a los que insistieron fue que enviaran sus mensajes a los electores a través de la secretaría de Organización. Pero a De Lorza la idea le pareció “una intromisión inaceptable pues la relación elector/candidato ha de ser directa y libre sin intervención de tercero alguno ya que en éste caso si bien no es el partido quien elabora y controla el mensaje, sí controla a quién se lo envía, cómo y cuando no garantizándose ni la igualdad de oportunidades ni la neutralidad del partido pues es éste, y no el candidato, quien debe controlar estas comunicaciones”.
El censo creciente y menguante en Andalucía
La realidad es que el censo de Ciudadanos es todo un misterio. Ha ido menguando y creciendo por etapas, sobre todo en vísperas de elecciones internas. De hecho, ni siquiera se sabe la cifra exacta porque en el partido cada vez reconocen una distinta. La última fue facilitada a esta redacción el 12 de marzo: 32.000 afiliados “aproximadamente” a nivel nacional de los cuales 25.500 lo son “con derecho a voto”. eldiario.es lleva semanas pidiendo este dato desglosado por autonomías y provincias. Pero hasta la fecha, pese a la insistencia, el partido ha evitado responder. Conocer el censo provincial es importante para saber en cuáles de las agrupaciones se deben convocar primarias y en cuales no. Los estatutos reformados de Ciudadanos establecen que solo en aquellas en donde haya más de 400 afiliados es obligatoria su celebración.
Pese a esa opacidad, se sabe que una de las comunidades en dónde la formación más ha crecido durante los últimos cuatro años ha sido Andalucía: 27.021 inscritos, de los cuales 20.473 son simpatizantes y 6.548 afiliados con derecho a votar, según datos de la dirección autonómica. Sin embargo, en dos de las provincias con mayor censo, Sevilla y Almería no hubo primarias para elegir a los candidatos a la alcaldía, algo que extrañó a muchos dirigentes del partido. En Sevilla se explicó que había 464 militantes inscritos, “pero sólo 376 con derecho a voto”. En Almería primero se dijo que había 412 militantes y habría primarias pero luego el partido rectificó y tampoco las hubo al asegurar que solo 344 afiliados estaban al corriente de pago, es decir, 56 por debajo del mínimo estatutario. Al final, la Ejecutiva nacional fue la encargada de elegir a dedo a sus candidatos para las alcaldías de las ocho capitales de Andalucía.