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Un colegio deberá pagar 40.000 euros por no actuar ante el acoso a una niña de 5 años
Bilbao, 14 nov (EFE).- El Juzgado de Primera Instancia número 8 de Bilbao ha condenado al colegio concertado Nuestra Señora de Begoña, ubicado en el barrio de Santutxu, a pagar 40.000 euros a una familia por no actuar ante el acoso escolar sufrido por su hija cuando tenía 5 años.
En el curso 2021-2022 la niña padeció “constantes agresiones” físicas e incluso de índole sexual, intimidación y acoso por parte de una compañera de clase durante meses y hasta que los padres decidieron cambiarla de centro, según la sentencia publicada en El Correo.
El fallo establece que el centro no hizo lo suficiente para evitar estas agresiones y que, como consecuencia de estos hechos, la víctima perdió el habla de forma temporal, sufrió “un intenso retraimiento social” y “episodios de angustia, insomnio y pérdida de apetito”.
La resolución recoge el relato de la psiquiatra de Osakidetza que trató a la menor y que apreció que estaba “extraordinariamente enferma” con “un cuadro propio de estrés postraumático severo como reacción ante una situación de maltrato y abuso de naturaleza sexual”.
Durante el juicio también expuso que el centro “hizo oídos y ojos sordos al sufrimiento” de la niña, a la que prescribió ansiolíticos para combatir el cuadro que presentaba.
Tres años después, la menor continúa recibiendo tratamiento psiquiátrico y medicación. La familia se ha mudado para alejarse del infierno vivido.
Los hechos ocurrieron cuando la víctima cursaba tercero de Infantil y la agresora, un año mayor, comenzó a acosarla, golpearla, quitarle la comida e, incluso, “en ocasiones irrumpió en el baño para quitarle los pantalones cuando se encontraba haciendo sus necesidades y en otras le introdujo rotuladores en la vagina”, según se indica en el fallo.
El magistrado considera acreditado que no se trató de una situación “aislada ni puntual; se prolongó al menos desde septiembre de 2021 hasta marzo de 2022 sin que (el centro) lograse articular ninguna solución que pusiera fin a la misma”.
“No hay rastro alguno de que se arbitrase -o siquiera se llegara a considerar la posibilidad- en ningún momento medida alguna que atajase las agresiones y protegiese a la menor”, se argumenta en el fallo, que remarca que “el centro se convirtió en mero espectador”.
“Las pruebas muestran de forma clara y sin asomo de duda el fracaso del centro a la hora de resolver lo sucedido y garantizar la protección de la menor”, resuelve el magistrado.
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