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El Constitucional avala que los diputados juren su cargo “por imperativo legal” o “por los derechos sociales”

Alberto Pozas

6 de junio de 2023 15:13 h

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En diciembre de 2019 las derechas de PP y Ciudadanos decidieron estrenar la legislatura con un recurso ante el Tribunal Constitucional. Los dos partidos cuestionaban que varios diputados hubieran jurado o prometido sus cargos y acatado la Constitución con expresiones que no se ceñían a las fórmulas clásicas. No era la primera vez en que sucedía y el tribunal de garantías acaba de dictar una sentencia en la que avala que se pueda jurar o prometer un cargo parlamentario, por ejemplo, por “la república catalana”, “por imperativo legal” o gritando “vivan los trabajadores”. Ahora el Constitucional ha establecido que este tipo de promesas o juramentos para acatar la Constitución también son válidos y no vulneran los derechos del resto de diputados.

Los integrantes del actual Congreso de los Diputados juraron y prometieron sus cargos el tres de diciembre de 2019. Varios miembros de la mesa, como Ignacio Gil Lázaro (Vox), se salieron de la norma para jurar el escaño “por España”. Otros parlamentarios, como Gerardo Pisarello y Javier Sánchez Seran (Unidas Podemos), lo hicieron “por las trece rosas” y por “la democracia y los derechos sociales”. Lo hicieron así, en total, 29 parlamentarios.

No era la primera vez en que sucedía y no solo en el Congreso de los Diputados. Ya en 2016, por ejemplo, Pablo Iglesias acató la Constitución pero prometiendo “trabajar para cambiarla”, llegando incluso a utilizar el lenguaje de signos. Diputados de partidos independentistas catalanes también asumieron la Carta Magna pero afirmando hacerlo “por imperativo legal” o prometiendo hacerlo para conseguir la constitución de la “república catalana”.

Casi cuatro años después el Tribunal Constitucional ha zanjado el debate y ha establecido en una sentencia que estas fórmulas alternativas para acatar la Constitución y jurar o prometer el cargo parlamentario también son válidas. Los magistrados, con varios votos en contra, explican que la decisión de Batet de validar estos acatamientos no produjo un “trato desigual” entre diputados. Permitir que lo hicieran, añaden, no afectó negativamente a la capacidad del resto de diputados de ejercer sus funciones parlamentarias.

Cuatro magistrados del bloque conservador han presentado un voto particular en contra. Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo y Concepción Espejel explican que cualquier expresión ajena al acatamiento no es válida mientras que César Tolosa considera que este tipo de acatamiento “desnaturalizó, al no quedar legalmente constituidas, la representación colegiada y conjunta del pueblo español que se atribuye a las Cortes Generales. Consecuentemente socavó la esencia misma de la condición de diputados”, explica este voto particular.