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El Constitucional estudiará las decisiones del Supremo y el Congreso que dejaron sin escaño a Alberto Rodríguez

Alberto Pozas

12 de mayo de 2022 14:46 h

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El Tribunal Constitucional dirá la última palabra sobre el escaño que perdió Alberto Rodríguez. Los magistrados han decidido admitir a trámite y llevar a pleno el recurso del exdiputado de Unidas Podemos contra el auto del Tribunal Supremo y la decisión de Mertixell Batet que desembocaron en la pérdida de su escaño en el Congreso de los Diputados después de ser condenado e inhabilitado por agredir a un policía nacional.

La sala de lo penal del Tribunal Supremo impuso una condena de mes y medio de prisión a Rodríguez por patear a un antidisturbios tras una manifestación celebrada en La Laguna en 2014. Su condena, además de una indemnización para el agente, fue sustituida por una multa y por inhabilitación. Una condena de inhabilitación que, finalmente y después de varios cruces de misivas entre el Supremo y el Congreso, supuso la retirada de su escaño.

Es un asunto que estudiará en pleno el tribunal de garantías ya que, según razona en un auto, ambos recursos tienen “especial trascendencia constitucional” ya que “plantean un problema o afectan a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina”. El caso de Alberto Rodríguez, además, trasciende “el caso concreto” según el Constitucional que, además, rechaza devolverle el escaño de forma cautelarísima pero pide alegaciones a las partes.

La pérdida del escaño de Rodríguez, ahora retirado de la política, no fue inmediata y no estuvo clara desde el principio. Los jueces de la sala de lo penal no especificaron en su sentencia qué consecuencias concretas tenía la condena de inhabilitación sobre la actividad política del diputado de Unidas Podemos. En un primer momento también hubo confusión en el Congreso de los Diputados: un informe inicial de los letrados avaló que pudiera retener su acta pero finalmente, y tras una comunicación del Supremo, la decisión fue dejarle sin escaño.

El político entiende que, por un lado, el Tribunal Supremo se equivocó al ejecutar de esta manera su condena de inhabilitación para ejercer el sufragio pasivo durante mes y medio, que le impedía presentarse a unas elecciones. También, por otro, entiende que la decisión de la presidenta del Congreso fue tomada por ella cuando tendría que haber quedado en manos del pleno de la cámara baja.

Rodríguez fue condenado en base al testimonio de un agente de policía y sus informes médicos. El agente aseguró que después de una manifestación en La Laguna en 2014, coincidiendo con la visita del entonces ministro José Ignacio Wert, Alberto Rodríguez formó parte de unos disturbios y le propinó una patada. Los jueces rechazaron el principal argumento de defensa del entonces parlamentario: que la agresión no se había producido y que ese policía ya le conocía por su activismo en las islas.