La Fiscalía del Tribunal Supremo, un órgano apenas conocido por la opinión pública, ha emergido en las últimas semanas como un elemento de relevancia en medio del complejo debate sobre la ley de amnistía y su eventual aplicación a Carles Puigdemont. La posición de sus miembros sobre la petición del juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón de abrir una causa contra el expresident de la Generalitat ha abierto en canal a este órgano, del que forman parte los fiscales que ejercieron la acusación en el juicio del procés y que fracasaron en su tesis de que se había tratado de una revuelta violenta.
Esas visiones contrapuestas han quedado plasmadas por escrito en dos informes que analizan los indicios con los que García Castellón solicitó al Supremo la imputación de Puigdemont cuatro años después de iniciar la investigación. De un lado, el dictamen de la teniente fiscal del Supremo, Ángeles Sánchez Conde, que concluye que “no existen indicios” para investigar al expresident y que no analiza si las protestas callejeras que siguieron a la publicación de la sentencia del procés pueden tener un matiz terrorista. De otro, la mayoría de los fiscales de lo Penal del Supremo, que sostienen que Puigdemont ejerció de “líder absoluto” de una movilizaciones en las que se produjeron hechos que “encajan perfectamente en el delito de terrorismo”.
En todo caso, el de Sánchez Conde es el informe definitivo registrado por el Ministerio Público. Dado que los dos responsables de la sección —los fiscales Fidel Cadena, que apoyó impulsar la investigación por terrorismo y que ha redactado el informe que sostiene esa tesis; y Joaquín Sánchez-Covisa, que se opuso— mantuvieron criterios dispares, se activó el artículo del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. Ese artículo establece que cuando hay discrepancia entre jefes, el superior jerárquico tiene la última palabra, que en este caso es la citada Sánchez-Conde, ‘número dos’ del fiscal general del Estado.
La existencia de terrorismo. El informe definitivo no entra a analizar si los hechos encajan en un delito de terrorismo, aunque sí considera que el juez no ha realizado una “investigación suficiente” que permita acreditar que Tsunami Democràtic es una organización que tiene como objetivo “subvertir el orden constitucional” o “desestabilizar” el funcionamiento de instituciones o estructuras económicas. Desde la reforma del Código Penal pactada en 2015 por PP y PSOE, la existencia de esos elementos ampara su consideración como delitos de terrorismo sin que exista un grupo criminal que recurra a la violencia contra personas o cosas.
Por contra, el dictamen elaborado por Cadena define la plataforma como “un grupo organizado de carácter terrorista”. Y, aunque no se refiere a autores claros, apunta a la existencia de “delitos graves de detención ilegal terrorista” por la hipótesis de que en las protestas en el aeropuerto de El Prat “se impidió el acceso a usuarios y tripulación” y “se quiso obligar a permanecer a los controladores”. También afirma que “miembros” de Tsunami que cubrían sus rostros con pasamontañas “emplearon instrumentos peligrosos y artefactos de similar potencia destructiva a los explosivos”.
Los inicios de Tsunami. Uno de los indicios que, según el juez, apuntalan la implicación de Puigdemont es una conversación en la que el periodista de La Directa Jesús Rodríguez afirma que la “coordinación” de la plataforma tiene dudas sobre la fecha de su lanzamiento y que, por ello, pide “trasladar la duda al president”. Según el escrito de Cadena, este mensaje “acredita” que Puigdemont estuvo informado “desde el principio” de la constitución del “grupo organizado”. La teniente fiscal, sin embargo, sostiene que no está claro que ese mensaje se refiera a Puigdemont —y no al entonces jefe del Govern Quim Torra— y cuestiona que la mera consulta de una fecha sea suficiente como atribuirle la constitución, liderazgo o impulso de la plataforma.
Las reuniones de Ginebra. Otro de los elementos sobre los que García Castellón sustenta la “posición de autoridad incuestionable” de Puigdemont en Tsunami es una nota en la agenda del jefe su oficina, Josep Lluís Alay, en la que el 31 de agosto de 2019 está fijada una reunión denominada “Ginebra mesa partidos y entidades”. Según el juez, esta cita “podría estar relacionada” con una reunión que tuvo lugar en Ginebra un día antes y a la que, según informaciones periodísticas, asistieron Puigdemont, Marta Rovira, Anna Gabriel o Arnaldo Otegi, así como representantes de partidos y entidades independentistas.
A este respecto, el informe de Cadena afirma con rotundidad que Puigdemont “estuvo presente en las reuniones del 30 y 31 de agosto de 2019”. Y hace una “vinculación” entre la plataforma y las reuniones de Ginebra basada en la “campaña mediática” de apoyo a la plataforma por parte del Govern y “diversos sectores del independentismo” que se inició después. La teniente fiscal, sin embargo, sostiene que Tsunami “fue apoyado públicamente por multitud de personas, desconociendo posiblemente los fenómenos que ocurrirían posteriormente por la actuación de individuos descontrolados” y que el juez “atribuye a dichas reuniones un contenido que solo se presume”.
Los mensajes de Twitter. El “impulso” de Puigdemont a través de Twitter del lanzamiento de Tsunami es otro de los indicios a los que alude el juez para pedir su imputación. Esta tesis también es respaldada por el fiscal Cadena, que dice que el expresident “aparece directamente implicado” porque contribuyó a promocionar la plataforma, si bien otras destacadas figuras del independentismo como Torra o el exvicepresident Oriol Junqueras lanzaron mensajes similares en sus redes sociales. Según su informe, contribuyeron a su “notoriedad” y a que fuera el “medio elegido” para difundir las movilizaciones, aunque solo apunta a Puigdemont.
De hecho, la teniente fiscal descarta que la promoción pública del lanzamiento de Tsunami pueda ser un indicio de la integración de Puigdemont en la estructura organizativa de la plataforma. Argumenta que “dicho impulso también fue proporcionado por destacadas figuras del espectro político independentista”, como los citados Torra y Junqueras.
“Si hay algún muerto (...) sería muy duro”. El instructor considera “especialmente llamativa, como indicio incriminador” una conversación un tanto críptica con un empresario en la que Puigdemont afirma: “La imagen exterior no es tan dramática como se ve en el interior. De momento, la opinión generalizada es que hay una reacción de indignación por unas sentencias escandalosas ( ...) pero que no se alejan de lo que son ahora las protestas en las grandes ciudades del planeta. El problema puede venir si hay algún muerto, da igual de qué lado. Eso sería muy duro, y confirmará lo que yo siempre he dicho (y que me llevó a decidir ir al exilio): perderemos”. El informe realizado por Cadena sostiene que esa charla es un “indicio relevante” porque en ella “se hace alusión a Tsunami como herramienta” para conseguir la independencia.
La teniente fiscal, sin embargo, cree que esa charla muestra que a Puigdemont le preocupaba la posibilidad de que, a causa de los altercados, pudieran llegar a producirse heridos de gravedad o fallecidos y que es una posibilidad que “no desea que suceda”. De hecho, el informe de Sánchez Conde afirma que “ninguno” de los hechos que el juez señala como indicios permiten “inferir de modo razonable” su participación en la plataforma “pareciendo, más bien al contrario, que descartan dicha intervención”.