Falange esquiva la Ley de Memoria Democrática, a pesar de que ha apostado por recuperar y colocar en espacios públicos algunos de sus símbolos en esta campaña electoral. Durante estos últimos días, dos autobuses públicos del Ayuntamiento de Madrid han recorrido el centro de la ciudad con el rostro de José Antonio Primo de Rivera en sus laterales. El 'Cara al Sol' ha sido otro de los recursos a los que han acudido los dirigentes de esta formación política. El himno falangista ha sonado en varias cuñas electorales de Radio Televisión Española (RTVE) para dar cobertura a su campaña.
“Por José Antonio vota FE de las JONS”. Este es el lema que Falange ha colocado –junto a la imagen de su fundador– en dos líneas de autobús que pasan por el centro de Madrid. Los carteles, impresos en rojo, negro y blanco, cuentan también con el símbolo falangista del yugo y varias flechas.
La compañía que gestiona la publicidad de los autobuses públicos del Ayuntamiento de Madrid consultó a la Junta Electoral el contenido de esta campaña y esta institución explicó que no tenían atribuciones para plantear objeciones, tal y como explicaron fuentes oficiales de la Empresa Municipal de Transportes (EMT). La respuesta recibida fue la siguiente, indican las mismas fuentes: “No es competencia de las juntas electorales el comprobar/supervisar previamente el contenido de los carteles de propaganda electoral ni tampoco asesorar jurídicamente a ninguna empresa o entidad sobre la posible ilegalidad de determinados carteles de propaganda electoral”.
La Junta Electoral no tiene competencias
El anuncio electoral que Falange presentó a RTVE también conllevó una consulta a la Junta Electoral. La contestación fue muy similar. Este organismo aseguró que “carece de competencia para acordar la suspensión de un vídeo de propaganda electoral”. Y añadió una advertencia dirigida al ente público: “Si entiende que ese vídeo puede tener un contenido delictivo, lo puede poner en conocimiento del Ministerio Fiscal”.
En este caso, el vídeo presentado era un spot electoral de 30 segundos en el que sonaba el 'Cara al Sol' mientras reproducían imágenes de símbolos falangistas, entre ellas varias fotos de simpatizantes de su formación con el brazo derecho levantado. Entre los recursos utilizados añadieron el siguiente mensaje: “Por cantar el himno de un partido político legal la Secretaría de Estado de Memoria Democrática te puede sancionar con importantes multas. ¡Basta ya!”.
Tras la entrada en vigor de la Ley de Memoria Democrática, RTVE consultó a la Junta Electoral si el contenido de esta cuña no vulneraba esta norma, en particular el artículo 62, que tipifica como infracción grave la difusión de contenido que “incite a la exaltación personal o colectiva de la sublevación militar, de la Guerra o de la dictadura, de sus dirigentes, participantes en el sistema represivo o de las organizaciones que sustentaron al régimen dictatorial”.
En este conflicto, Falange alegó que es un partido legal inscrito en el registro del Ministerio del Interior y que el 'Cara al Sol' es su himno desde 1935, antes de que comenzase la Guerra Civil. Ante la respuesta de la Junta Electoral, las cuñas radiofónicas se han emitido en el ente público en la decena de provincias en las que esta formación ha presentado candidaturas, tal y como confirman fuentes oficiales de RTVE.
Una campaña electoral para buscar el voto
Analizando la Ley de Memoria, Joan Barata, experto internacional en materia de libertad de expresión, considera que este spot electoral no vulnera el artículo 62 de la ley. Este jurista sostiene que “no se ha producido una exaltación directa” en el anuncio de la formación falangista ni se detecta “descrédito o humillación” hacia las víctimas. “La finalidad del vídeo es que la gente vote a Falange”, apunta. Con todo, Barata recuerda que, mientras esta formación sea “un partido legal”, tiene “derecho a pedir el voto” usando sus “elementos identificativos”.
Sobre este asunto, el historiador Ángel Viñas apunta que existe “una pequeña diferencia” entre Falange y el resto de formaciones que están actualmente inscritas en el registro de partidos. De esta forma, recuerda que Falange “fue teóricamente y conceptualmente uno de los pilares de la dictadura franquista”. Teniendo en cuenta que durante “prácticamente 40 años fue el único partido reconocido en la España de Franco”, apunta, sus miembros “deberían ser prudentes y modestos”.
La figura de Primo de Rivera y la aplicación de la Ley de Memoria ha provocado decisiones dispares. Una de ellas se observó el último 20N. La Delegación de Gobierno en Madrid autorizó los actos organizados por Falange para homenajear a su fundador en Madrid. Después de su celebración, el Ministerio de Presidencia sancionó con 10.001 euros a los convocantes de este evento por realizar un acto público “contrario a la memoria democrática”, tal y como publicó El Periódico.
Sanción por el 20N en Madrid
En sus alegaciones, la formación política reseñó que “la única figura que se está exaltando es la del fundador de La Falange y asesinado el 20 de noviembre de 1936. José Antonio no tuvo, por tanto, nada que ver con el levantamiento militar, la Guerra o la Dictadura”, recoge el mismo medio. En Alicante, por su parte, la Justicia revocó la decisión de la Subdelegación del Gobierno de impedir un homenaje en esa provincia. En este caso, el tribunal valenciano sostuvo que el derecho fundamental a la reunión y la manifestación debe prevalecer. Y el acto se celebró.
Ahondando en la jurisprudencia sobre libertad de expresión, Barata apunta que este concepto “protege la expresión de ideas chocantes, ofensivas y perturbadoras”, según el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Si bien, añade el entrevistado, la difusión de “ideas falangistas y franquistas” puede “resultar chocante para la mayoría de la población”, esta reprobación “no es motivo suficiente” para limitarlas.
elDiario.es ha intentado recabar la versión de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática sobre este asunto, sin haber recibido respuesta por el momento.