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La Fiscalía pide amnistiar el delito de terrorismo que García Castellón atribuye a las protestas de Tsunami

Protesta de Tsunami Democràtic en el aeropuerto de El Prat, en 2019.

Elena Herrera

20 de junio de 2024 13:59 h

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La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha solicitado al juez Manuel García Castellón que aplique la amnistía a los altercados contra la sentencia del procés que se investigan en la causa de Tsunami Democrátic, incluido el delito de terrorismo que el magistrado atribuye a los participantes y organizadores de esas protestas. 

El fiscal Miguel Ángel Carballo sostiene que “pese a la calificación mantenida” por el juez, no se aprecia que los hechos hayan “ni hipotéticamente” causado de forma intencionada graves violaciones de los derechos humanos. Alude, en particular, a los regulados en el artículo dos y tres del Convenio para la Protección de Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, que hacen alusión al derecho a la vida y a no sufrir torturas ni tratos degradantes y que suponen una de las exclusiones que contempla la ley de amnistía. 

El juez que instruye gran parte de esta causa en la Audiencia Nacional está convencido de que este procedimiento queda excluido de la ley. Su argumento es que se produjeron en esos hechos actos terroristas y que resultaron heridos de gravedad dos policías, aunque las protestas no las organizó la plataforma. 

En este caso se investiga si las manifestaciones masivas en Catalunya en 2019 en protesta contra la sentencia del procés tuvieron detrás no solo una organización sino un grupo con fines terroristas. La causa llevaba varios años abierta en la Audiencia Nacional pero tanto el juez García Castellón como la Guardia Civil pisaron el acelerador en paralelo a las negociaciones entre PSOE, Junts y ERC para una ley de amnistía y la investidura de Pedro Sánchez.

El instituto armado entregó varias semanas antes de lo previsto el informe en el que apunta a Marta Rovira (ERC) como una de las cabecillas de Tsunami. Poco después, el instructor anunciaba que su investigación se dirigía contra Rovira pero también contra Carles Puigdemont. Consciente de que el gran obstáculo que debía afrontar la ley de amnistía para ser aplicada era el concepto jurídico del terrorismo, García Castellón aceleró en la construcción de su acusación por ese grave delito.

En un primer momento, el argumento principal fue la “posible vinculación” de la muerte de un ciudadano francés que, ante los cortes de carretera, accedió al aeropuerto andando el día de las protestas y falleció de un infarto. A este respecto, el fiscal Carballo dice que “no se ha acreditado nexo de causalidad” entre esa muerte y las protestas. Y añade: “Desde luego no podría atribuirse en ningún caso con carácter doloso, dada la absoluta imprevisibilidad del fallecimiento”. Respecto a las lesiones, insiste en que no hay “ningún dato” sobre su gravedad y resalta que quienes resultaron en gran medida lesionados fueron los propios manifestantes.

El juez también considera “especialmente llamativa, como indicio incriminador” una conversación un tanto críptica con un empresario en la que Puigdemont afirma: “La imagen exterior no es tan dramática como se ve en el interior. De momento, la opinión generalizada es que hay una reacción de indignación por unas sentencias escandalosas ( ...) pero que no se alejan de lo que son ahora las protestas en las grandes ciudades del planeta. El problema puede venir si hay algún muerto, da igual de qué lado. Eso sería muy duro, y confirmará lo que yo siempre he dicho (y que me llevó a decidir ir al exilio): perderemos”. El fiscal considera, sin embargo, que esa conversación evidencia que los interlocutores “no controlaban las consecuencias de los incidentes y ello era fuente de su preocupación”.

A la vista de la lectura de estos preceptos y la relación de hechos consignados por el Instructor en el auto de inculpación dictado 6 de noviembre de 2023 resulta manifiesto, sin necesidad de esfuerzo o desarrollo intelectual alguno, que los hechos encuentran acomodo claro en el ámbito de aplicación de la citada ley, más conocida como ley de amnistía.

En otros pasajes de su escrito, Carballo también cuestiona que García Castellón atribuya a Tsunami “actos ni siquiera convocados por la plataforma” que, en todo caso, “se habría sumado a la convocatoria previa diversos sindicatos”. Y concluye que “sin necesidad de esfuerzo o desarrollo intelectual alguno” resulta evidente que los hechos encajan en el ámbito de aplicación de la ley.

Societat Civil Catalana pide ir al TJUE

También ha presentado su escrito Societat Civil Catalana, una de las acusaciones populares personadas en la causa. Ha propuesto al juez que, antes de pronunciarse sobre si procede o no aplicar la amnistía, eleve una cuestión prejudicial al Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para aclarar si la norma es compatible con el derecho comunitario.

“Consideramos que la amnistía de delitos graves, incluyendo el de terrorismo (en el caso que nos ocupa), sin un proceso judicial adecuado, impide que las víctimas obtengan justicia penal y reparaciones adecuadas”, señala su escrito. La asociación anticipa que cree que la ley es “inaplicable” a este procedimiento porque “incluir entre los delitos amnistiables aquellos relacionados con el terrorismo”, contraviene “directamente” la directiva antiterrorista y, en consecuencia, ve procedente elevar la consulta al TJUE.

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