La infanta aprovechará que la Fiscalía no le acusa para intentar que su paso por el banquillo sea fugaz
La batalla jurídica por que la hermana del rey sea juzgada junto a otros 17 ciudadanos en un caso de corrupción aún no ha concluido. La única certeza respecto a Cristina de Borbón y el juicio del caso Nóos es que se sentará en el banquillo en su arranque el lunes, mientras se plantean las cuestiones previas. Su defensa alegará entonces que esa debe ser la primera y la última comparecencia de la duquesa de Palma ante el tribunal. Esgrimirá la conocida como ‘doctrina Botín’, que impide juzgar a alguien que no es acusado por la Fiscalía o por el considerado perjudicado directo de su acción.
A partir de las 9.30 horas del lunes, una a una, todas las partes que lo deseen plantearán sus cuestiones previas. Se trata de peticiones al tribunal sobre cómo debe discurrir la vista oral. Los abogados de Cristina de Borbón expondrán la sentencia del Tribunal Supremo de 2007 que confirmó la decisión de la Audiencia Nacional de no juzgar al fallecido presidente del Banco de Santander, Emilio Botín, en el caso conocido como ‘cesión de créditos’. El Alto Tribunal determinó que si la Fiscalía no apreciaba delito y solo lo hacía una asociación de consumidores, como acusación popular, no cabía pedir responsabilidades a Botín y el resto de imputados.
La acusación popular del caso Nóos, ejercida por Manos Limpias, solicita ocho años de cárcel y multa de dos millones de euros para Cristina de Borbón por dos delitos fiscales cometidos en los ejercicios de 2007 y 2008 en grado de cooperadora necesaria. La hermana de Felipe VI era propietaria con su marido al 50% de Aizoon, la sociedad utilizada por Urdangarin para blanquear presuntamente dinero procedente de la corrupción y por la que facturaba servicios que realizaba él y no la empresa, con objeto de evitar el pago de impuestos más elevados.
Según la instrucción, la infanta cargaba gastos personales a esa sociedad, usaba su tarjeta de crédito e incluso llegó a girarle una factura.
Los abogados del Estado representan a la Agencia Tributaria en el juicio debido a que varios de los acusados deben responder por delitos contra la Hacienda pública. Pero ni ellos, ni la Fiscalía Anticorrupción aprecian delito en la conducta de la infanta, atribuyéndoselo en exclusiva al administrador de la sociedad, su marido. Esta fue la tesis de la infanta durante su declaración ante el juez Castro, el total desconocimiento de cualquier ilegalidad.
¿Es aplicable entonces la doctrina del Supremo? Según el juez José Castro, no. El instructor del caso Nóos cree que los perjudicados por la actuación de la hermana del rey son el conjunto de los ciudadanos españoles y que el criterio de la Agencia Tributaria, dependiente del Ministerio de Hacienda, no puede hurtarles el derecho a acusar, ejercido en este caso por quien fue reconocido en el origen del caso como acusación popular.
Fiel a su heterodoxo estilo, Castro aludió a las campañas publicitarias del propio Ministerio de Hacienda para argumentar su posición. Lo hizo en el auto de 22 de diciembre de 2014 por el que enviaba a la infanta al banquillo de forma irremediable. “Consciente la Administración Tributaria de que esos principios no calarían fácilmente en el cuerpo social, se decidió a llevar a cabo unas amplias campañas institucionales de pretendida concienciación tributaria, entre las que habrá de ser resaltada, por ser un clásico del que se ha hecho prolífico uso, las más de las veces cargado de ironía, la de que 'Hacienda somos todos' y las muy recientes que cierran un diálogo con el eslogan oficial de la campaña: 'lo que tú defraudas, lo pagamos todos'”, escribió entonces el juez.
El magistrado aludía así, sin citarlo, a otro fallo del Tribunal Supremo que matizó la doctrina Botín. Ocurrió en 2008, con motivo de la causa por desobediencia contra el expresidente del Parlamento vasco Juan María Atutxa. Este se había negado a disolver el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak, pero no era acusado por la Fiscalía. El Supremo estableció que la doctrina Botín no era aplicable porque en el delito de desobediencia no hay unos perjudicados concretos que eviten ejercer la acusación particular, como en el caso del banquero, sino que los afectados por la desobediencia de Atutxa son el conjunto de los ciudadanos. Y por ello, permitió sentar en el banquillo a Atutxa con la única acusación de Manos Limpias.
Hay una segunda argumentación que podrían respaldar las tres juezas que forman el tribunal, de acuerdo a lo recogido en un auto de sus compañeros de la Audiencia Provincial de Palma. El 7 de noviembre, la Audiencia rechazó que la infanta fuera juzgada por blanqueo de capitales, pero en un extensísimo auto abría la puerta a que Castro la investigara por delito fiscal.
En un punto de esa resolución, los magistrados Mónica de la Serna, Juan Jiménez y Diego Gómez aludían a “un matiz” que diferenciaba el caso de la infanta del de Botín, y es que la Fiscalía y Hacienda sí que van a acusar a otros imputados por delitos fiscales, por lo que sería viable que Cristina de Borbón se sentará también en el banquillo para responder sobre esos ilícitos, aunque la única acusación contra ella sea la de Manos Limpias.
Pero tanto Castro como esos tres jueces ya son pasado en el caso Nóos. Ahora serán los tres miembros del tribunal quienes decidan sobre la aplicación o no de la doctrina a la infanta. Las magistradas Rocío Martín, Samantha Romero y Eleonor Moyá escucharán las cuestiones previas planteadas por la defensa de la infanta y otras posibles partes del proceso. Eso puede llevar una o dos jornadas.
Antes del 9 de febrero
Cabe la posibilidad de que las cuestiones previas sean resueltas en el momento por el tribunal y trasladadas in voce a las partes, pero no será el caso. Las magistradas han dejado entrever a las partes que conocerán su decisión a través de un auto, esto es, una resolución razonada.
Según fuentes próximas al tribunal, el motivo es la argumentación jurídica que requieren, por su complejidad, dos de las cuestiones que se prevén que serán planteadas. Por una parte, la aplicación o no a este caso de la doctrina Botín y, por otro, la que previsiblemente presentará la defensa de Diego Torres, el socio de Iñaki Urdangarin, que pretende la nulidad de todo el proceso.
En cualquier caso, la decisión de las magistradas estará lista antes del 9 de febrero, la fecha señalada para retomar el juicio y que comiencen a declarar los imputados. Ninguna de las tres juezas está afiliada a una asociación de jueces y resulta muy difícil, por su trayectoria, determinar una inclinación ideológica. Rocío Martín ha pasado a integrar el tribunal tras la excedencia voluntaria solicitada por Juan Pedro Yllanes para integrar la lista de Podemos en las últimas elecciones generales.
De su fallo depende que la infanta sea finalmente juzgada y deba acudir a todas las sesiones que se celebren en los próximos seis meses o que responda únicamente como responsable civil a título lucrativo, supuesto para el que bastará que esté presente su representante legal.
Esta última es la responsabilidad que le atribuye la Fiscalía Anticorrupción: haberse beneficiado de los réditos del delito presuntamente cometido por su marido. Es la misma situación que la del PP en el primer gran juicio del caso Gürtel que se celebrará en la Audiencia Nacional, el que afecta a la conocida como ‘Primera Época’.
El fiscal Anticorrupción Pedro Horrach pide para la infanta el pago de una multa de 587.000 euros, la mitad de la cantidad que Urdangarin habría dejado de ingresar a Hacienda a través de Aizoon, siempre que se pueda demostrar el delito del marido y sea condenado. Cristina de Borbón ya depositó esa cantidad en una cuenta del juzgado a modo de fianza.
En el caso de que deje de estar acusada, cualquiera de las partes podría pedir que declare como testigo, cuestión sobre la que deberá decidir el tribunal. Si las juezas creen que no le es aplicable la doctrina Botín, la infanta declarará la última en la ronda de acusados que comienza el 9 de febrero.