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El Poder Judicial recopilará las revisiones de penas a agresores sexuales por la ley del ‘solo sí es sí’

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) recopilará todas las resoluciones judiciales dictadas en relación con la ley del ‘solo sí es sí’ para hacer un “análisis detallado” que permita “ofrecer datos contrastados de manera transparente”. La decisión llega en pleno debate político en torno a las rebajas de condenas a delincuentes sexuales tras la entrada en vigor de esta ley y sólo días después de que el PSOE registrara una propuesta para cambiar esa norma ante las “indeseadas caídas puntuales de penas”, una contrarreforma que ha disparado la tensión de la coalición

La propuesta parte de la vocal y presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, Ángeles Carmona. El CGPJ se dirigirá a  los presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia y de las Audiencias Provinciales para que remitan al órgano de gobierno de los jueces todas las resoluciones dictadas en relación a esta ley. Con este objetivo, el pleno ha acordado que la Comisión Permanente provea al Observatorio de los medios materiales y personales necesarios para realizar esa labor, ha dicho la institución en un comunicado.

Hasta el momento, la falta de datos concretos en tribunales territoriales de todo el país impide conocer cuántas veces se ha aceptado o rechazado la revisión a la baja de condenas de delincuentes sexuales. elDiario.es ha recopilado más de 200 rebajas de penas tras consultar a todos los tribunales superiores de justicia. En todo caso, no se trata de un recuento exacto. Algunos tribunales han ofrecido a esta redacción datos detallados de cuántas sentencias se han revisado, otros solo facilitan datos parciales (solo las condenas rebajadas, pero no el total de las examinadas) y hay gabinetes de prensa que dicen no tener tienen ninguna cifra sobre las sentencias revisadas por sus magistrados.

Fuentes del CGPJ aseguran que, hasta el momento, hay contabilizados al menos 4.000 presos por delitos contra la libertad sexual cuyas condenas se tienen que someter a revisión. A esa cifra habría que sumar los procedimientos pendientes de sentencia a los que esta ley se aplicará retroactivamente y los casos ya revisados, cuyas cifras exactas se desconocen.