La Fiscalía y Hacienda, unidas: juzgar a la infanta sería “una discriminación, ni más ni menos”
A las 9:17 del lunes 11 de enero de 2016, Cristina de Borbón y Grecia se ha convertido en el primer miembro de la familia real española que asiste a un juicio en condición de acusado. Justo entonces arrancaba la vista por el caso Nóos, la trama de corrupción presuntamente liderada por su marido, Iñaki Urdangarin, y su socio Diego Torres, y en el que la infanta está acusada de dos delitos fiscales en grado de cooperación.
Desde ese preciso momento, y hasta el próximo 30 de junio, el tribunal irá formando su criterio sobre las distintas responsabildades de los acusados, mientras los ciudadanos reciben información inédita con la que juzgar el papel de los borbones en el sistema de monarquía parlamentaria que sucedió a la dictadura.
Con el envoltorio del lenguaje jurídico, extraño tras los muros de cualquier tribunal, este lunes se reprodujeron en la sala que alberga el juicio los dos argumentos que se enfrentan para dejar en el banquillo a la infanta Cristina hasta el final de la vista, dentro de seis meses, o alejarla de él para siempre.
Anticorrupción y la Abogacía del Estado, ésta en representación de Hacienda, expusieron que el Tribunal Supremo no deja ni un resquicio a la interpretación de su doctrina Botín: si la Fiscalía no acusa, y tampoco el perjudicado directo –la Agencia Tributaria-, la acusación popular no está facultada para ello. Solo quedaría, por tanto, el archivo de la causa para la hija del rey. Hacer lo contario, alegaron, supondría romper el principio de igualdad entre los ciudadanos, “una discriminación no justificada entre ciudadanos, nada más y nada menos”.
Abogada del Estado y fiscal coincidieron en que el único legitimado para acusar a la infanta es la Agencia Tributaria. “Con determinadas interpretaciones, se quieren introducir cambios que solo podrían darse modificando la ley”, siguió Horrach. El fallo del Supremo, añadió, es “un texto que por su claridad y sencillez no hace discrepancias entre las palabras y su significado final”.
Enfrente, Manos Limpias, el sindicato que ejerce la acusación popular en el proceso. Para su abogada, Virginia López Negrete, el Supremo se corrigió a sí mismo a los tres años de dictar la doctrina Botín y estableció que, si no hay perjudicado directo, la acusación popular puede sentar en el banquillo. “La doctrina Atutxa modifica y reinterpreta la Botín, que se hizo para retorcer en privilegio del gran banquero”, aseguró la letrada.
Según Manos Limpias, la Agencia Tributaria intenta hurtar al conjunto de los ciudadanos la condición de perjudicado, que la Constitución reconoce que puede representar la acción popular. En este caso para reclamar a la hermana del rey responsabilidades por haber dejado de ingresar a las arcas públicas 337.000 euros en 2007 y 2008, en la antesala de la crisis económica.
La trascendencia del momento apenas contó con adornos. La expectación mediática ha obligado al Poder Judicial a buscar un emplazamiento amplio, la Escuela Balear de la Administración Pública, situada en un polígono industrial a las afueras de Palma de Mallorca.
A su puerta llegó un coche a las 8:10 del que descendieron los que una vez ostentaron el título de duques de la ciudad. Acababa de amanecer. Acaso la hora y la ubicación habían hecho desistir a los otrora ruidosos manifestantes republicanos. Serios, con el único ruido de fondo de los flashes, Cristina de Borbón e Iñaki Urdangarin accedieron al edificio sin atender el reclamo de los informadores.
Los sobresaltos que ha ido deparando la instrucción a lo largo de cuatro años dejaron lugar a la solemnidad de las cuestiones previas, que se plantean al inicio de cada juicio para que las partes expongan en qué términos debe desarrollarse éste. O incluso anularse.
A un extremo de la tercera y última fila de sillas donde se sientan los acusados se sentaba Cristina de Borbón, sin hablar con otros procesados, apenas sin gesticular. Como el resto, escuchó los delitos y penas que se solicitan contra ella. Ninguno en el caso de la Fiscalía y la Abogacía del Estado. Ocho años de prisión y 2 años de multa por parte de Manos Limpias.
En el otro extremo de esa misma fila, Iñaki Urdangarin. Para sorpresa de quién ha seguido la estrategia de defensa de su exsocio –difusión masiva de correos electrónicos personales, algunos comprometedores para la estabilidad del matrimonio de la infanta-, Urdangarin intercambió unas palabras con Diego Torres. La infanta se mantuvo erguida en su asiento durante toda la sesión, con las manos recogidas entre las piernas, sin apenas gestualizar.
'Paz, piedad y perdón', el discurso de Azaña
Las cuestiones previas son habitualmente el momento más tedioso de un juicio para quien busca aseveraciones deslumbrantes. A pesar de la excepcionalidad del juicio del caso Nóos, apenas el fiscal Pedro Horrach y el abogado de la infanta, Jesús María Silva, se prestaron a ello.
El representante del Ministerio Público porque citó al presidente de la II República, Manuel Azaña, en su alegato a favor de archivar el juicio a la hermana del rey. “Lo que importa es tener razón y después de tener razón importa casi tanto saber defenderla porque sería triste cosa que teniendo razón pareciese como si la hubiésemos perdido a fuerza de palabras locas y hechos reprobables”, arrancó Horrach su intervención. Citaba el discurso ‘Paz, piedad y perdón’ que Azaña pronunció en el segundo aniversario de la Guerra Civil española.
Resultó inevitable recordar el duro enfrentamiento de Horrach con el juez José Castro en varios capítulos de su intervención. Como cuando aseguró: “Ampararse en la manida expresión ‘Hacienda somos todos’ significa desconocer una premisa básica en el ámbito de los delitos contra la Hacienda Pública”.
La alusión a la campaña del Ministerio estaba incluida en el auto de apertura de juicio oral del juez, en el que Castro enviaba a la infanta al banquillo al considerar que la acusación popular representa a los ciudadanos perjudicados por el comportamiento fiscal de Cristina de Borbón. “’Hacienda somos todos’ es para el ámbito en el que nació, el de la publicidad, no el judicial”, remachó al respecto la abogada del Estado, Dolores Ripoll, durante su intervención.
Todo lo que no sea atender a la letra de la doctrina del Supremo es, para el fiscal, recurrir a “condiciones morales subjetivas”. E hizo alegato de la igualdad: “Supondría quebrantar la doctrina del Tribunal Supremo y una discriminación no justificada entre ciudadanos, nada más y nada menos”. En este sentido, añadió: “No es sostenible por elementales razones de igualdad y seguridad jurídica que un ciudadano de Bilabo no se siente en el banquillo (en la situación de la infanta) y otro sí en Baleares por una disputa de tonalidades”.
Y finalizó Horrach: “Espero que devuelvan la justicia al lugar que le corresponde, porque las apariencias son solo poses y el proceso penal no está para discutir sobre patinas, fachadas o pelajes”.
La doctrina Botín nace del fallo por el caso de las 'cesiones de crédito'. La abogada de Manos Limpias afirmó en su turno que no es aplicable en este caso porque entonces la Fiscalía no apreciaba delito en Emilio Botín. En el caso Nöos, sin embargo, tanto el Ministerio Público como la Abogacía del Estado, consideran probado que Iñaki Urdangarin cometió dos delitos fiscales a través de la sociedad Aizoon, que compartía al 50% con su mujer.
“¿Qué ocurre, que la Agencia Tributaria se sienta solo perjudicada por el autor del delito (Urdangarin) y no por el cooperador (la infanta)?”, se ha preguntado López Negrete. La abogada también ha puesto de manifiesto que Fiscalía y Abogacía del Estado se haya empleado en defender a la infanta con contundencia y no lo haya hecho en el caso de otros acusados que también lo son, únicamente, por Manos Limpias. La abogada del Estado se preguntó por qué Manos Limpias solo ejerce la acusación popular en este caso y no en los otros 247 abiertos solo en Baleares.
“La peor pesadilla”
Antes que ellos había intervenido Jesús María Silva Sánchez, abogado de la infanta al que acompañaba en la sala Miquel Roca. Juzgar a la infanta constituiría, dijo Silva, “la peor pesadilla para juristas muy importantes que han marcado nuestra historia procesal penal”, entre los que citó a Emilio Gómez Orbaneja.
No se trata únicamente de la doctrina Botín sino de un fallo posterior del Supremo que la consolida, argumento la defensa de Cristina de Borbón. Se trata de la sentencia 8/2010 que recoge que cuando “por la peculiar naturaleza colectiva de los bienes jurídicos no existe la posibilida de personación de un acusador particular”, ésta no puede ser sustituida por la acusación popular.
A las 15:00 horas, el tribunal decretó un receso para la comida, hasta las 16:30. Urdangarin y la infanta no abandonaron el edificio.