La Justicia confirma la absolución del reportero de OkDiario juzgado por acoso a los hijos de Montero e Iglesias

Alberto Pozas

10 de junio de 2022 12:14 h

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La Audiencia Provincial de Madrid ha decidido confirmar la absolución del reportero de OkDiario acusado de acosar a los dos hijos de Irene Montero y Pablo Iglesias en las inmediaciones de su casa de Galapagar, así como a la mujer que en ese momento cuidaba de ellos. Los jueces afirman, entre otras cosas, que el temor que sintieron los dos políticos no era por el posible acoso sino porque el reportero del digital de Eduardo Inda “pueda descubrir y posteriormente facilitar información sobre el lugar y forma en el que los menores son cuidados” y que eso pusiera en riesgo la seguridad de los niños.

Tanto los dos políticos como la Fiscalía llevaron al banquillo de los juzgados de lo penal a Alejandro Entrambasaguas, reportero del digital OkDiario, acusándole de haber acosado en varias ocasiones a sus dos hijos pequeños y a la mujer que cuidaba de ellos con el pretexto de buscar información. Lo habría hecho tanto en el parque donde salían a pasear como en su propio domicilio, llamando al telefonillo, y pidiendo información a los vecinos de la zona.

El juzgado de lo penal decidió absolverle basándose en varios argumentos. El primero, que la cuidadora de los niños no había denunciado y por tanto no podía ser condenado por ese acoso. El segundo, que los dos niños eran tan pequeños que no pudieron percibir ningún acoso. El tercero, que el reportero buscaba información sobre una supuesta irregularidad en el cuidado de los niños que nunca fue encontrada ni, por tanto, publicada.

La Audiencia Provincial de Madrid acaba de avalar esos argumentos y ha confirmado la absolución de Entrambasaguas, en una sentencia que todavía puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo. En primer lugar, los jueces analizan que el reportero “no realiza materialmente ninguna de las conductas contenidas en los escritos de acusación”. Dice que, con respecto a Pablo Iglesias, sólo se cruzaron en una ocasión “intentando pasar desapercibido” y que no tuvo “ningún tipo de contacto” con Montero.

Sobre sus hijos, unos bebés en esos momentos, explican los jueces que tampoco tuvo ningún tipo de contacto y la cuidadora de los niños nunca se personó en el proceso. Queda claro para los jueces que el reportero “no quiere realizar acción alguna que pudiera entenderse de hostigamiento ni contra los recurrentes, respecto de los cuales intenta pasar desapercibido, lo que sabe que es difícil puesto que el personal de seguridad le ha identificado en la zona, ni mucho menos contra los menores”. No se identificó como periodista, pero dicen los jueces que tampoco tuvo oportunidad de explicarse ya que nadie quiso hablar con él.

El temor que tanto Iglesias como Montero sintieron y relataron en el juicio y les llevó a denunciar los hechos, según los jueces, no viene por la posibilidad de que Entrambasaguas causara algún mal a sus hijos. Viene, según dice la sentencia, porque el periodista “pueda descubrir y posteriormente facilitar información sobre el lugar y forma en el que los menores son cuidados”. Dicen esto los jueces basándose en la declaración de un policía que afirmó que “lo que les preocupaba es que el acusado pudiera difundir imágenes o direcciones, o que su presencia tuviera un efecto llamada con el riesgo de que terceras personas pudieran acercarse a los menores”.

Es decir, que según la Audiencia Provincial el problema no era una afectación a la libertad de los menores que no se produjo, sino que era que Iglesias y Montero pensaban “que si publicaba información al respecto la divulgación de la misma podía suponer un peligro para la seguridad de los niños o de los querellantes por la posible acción de terceros, sin que resulte acreditado que finalmente se facilitara información alguna”.