La Justicia ya evitó imputar a Peinado tras una querella por prevaricación: “Hay que acreditar la malicia del juez”
El Tribunal Superior de Madrid decidirá en las próximas semanas si abre o no una investigación por prevaricación al juez Juan Carlos Peinado. El presidente del Gobierno, a través de la Abogacía del Estado, ha presentado una querella en la que acusa al magistrado que investiga a su mujer de impedirle testificar por escrito y forzar su presencia en la Moncloa el pasado martes. Hace unos meses, los mismos jueces ya rechazaron una querella contra Peinado por prevaricación, esa vez acusado de retrasar de forma deliberada la resolución de recursos y peticiones de libertad de un alto cargo venezolano acusado de irregularidades en la gestión de la petrolera nacional: “Se requiere acreditar la conducta dolosa –la malicia– por parte del juez”, dijo ya entonces el Tribunal Superior de Madrid.
Juan Carlos Peinado lleva tres meses al frente de una investigación contra Begoña Gómez abierta a instancias del pseudo sindicato Manos Limpias. Después de recibir dos informes exculpatorios de la Guardia Civil y de que ninguna diligencia aportase indicios de delito, el instructor anunció la citación como testigo del presidente del Gobierno. Su objetivo, escuetamente explicado en una providencia, era descubrir qué sabía Sánchez sobre el hipotético tráfico de influencias de Begoña Gómez.
El juez se desplazó a la Moncloa el pasado martes con un equipo y con la abogada de Vox para grabar la declaración, pero Sánchez se acogió a su derecho a no testificar contra su esposa y el trámite no duró más de dos minutos. El presidente del Gobierno pasó entonces al ataque con una querella por prevaricación acusándole de haber retorcido la ley para ir al palacio a tomarle declaración en persona y grabarlo, negándole el derecho a hacerlo por escrito que recoge la normativa.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ante el que está aforado Juan Carlos Peinado, ya ha recibido la querella de la Abogacía del Estado y está a la espera de tomar una decisión sobre si admite o no a trámite las acusaciones y abre una causa contra él. Una decisión que ha sido dejada en manos de tres jueces: el presidente Celso Rodríguez, el ponente Francisco José Goyena –que recientemente ha pedido imputar al fiscal general– y Jesús María Santos. Los dos primeros, según ha podido comprobar este periódico, ya exoneraron a Peinado hace poco menos de un año de otra acusación por prevaricación, esa vez por retrasos en la tramitación de una causa con un preso de por medio.
Esa querella, que fue inadmitida con el apoyo de la Fiscalía en septiembre del año pasado, fue presentada por Javier Alvarado, ex viceministro del Gobierno de Venezuela y entonces al frente de una filial de la petrolera venezolana PDVSA. Alvarado denunció a través de su defensa que el juez Peinado, el primero que se hizo cargo de la causa por blanqueo antes de que fuera puesta en manos de la Audiencia Nacional, dejó sus recursos en el cajón durante días mientras estaba en prisión provisional, incurriendo según su versión en prevaricación en su modalidad de retardo malicioso.
Según la querella del ex alto cargo venezolano, que fue rechazada de plano sin llegar a abrir una investigación, varios de sus recursos ante el juzgado fueron tramitados varios días fuera de plazo: cuando recurrió su entrada en prisión sin fianza en mayo de 2019 y también cuando pidieron una rebaja de la fianza de 600.000 euros que le impusieron en un primer momento.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con la firma de dos de los tres jueces que ahora decidirán sobre la querella de Sánchez, optó por inadmitir esas acusaciones contra Peinado. “Se requiere acreditar la conducta dolosa –la malicia– por parte del juez”, dijo ese auto. El “simple retardo”, como los que se denunciaban de más de dos semanas en algunos casos en esa querella, “no revela, por sí mismo, un ánimo malicioso”.
“Sin duda no es lo correcto”
En el caso del antiguo alto cargo del Gobierno venezolano, el TSJ reconoció que los retrasos de Peinado en resolver y tramitar recursos, saltándose los plazos legales, “sin duda no es lo correcto”, pero tampoco delictivo. Fue una “mínima y no sustancial dilación” y, además, los jueces no apreciaron que su compañero lo hiciera con intención.
Para sancionar este tipo de retrasos judiciales por lo penal, explicó entonces el TSJM, debe haber pruebas de que el juez “persiga una ilegítima finalidad” en su proceder. No solo que su actuación sea incorrecta, posteriormente anulada por otro tribunal o que sirva para aplicar una atenuante de dilaciones indebidas: el tipo penal de la prevaricación habla de firmar resoluciones arbitrarias “a sabiendas de su injusticia”.
Ese caso de retrasos judiciales en las diligencias contra un preso preventivo quedó en un reproche sin consecuencias penales para Peinado. La decisión, según confirman a elDiario.es fuentes conocedoras del asunto, fue posteriormente avalada por una providencia de inadmisión del Tribunal Constitucional. Alvarado sigue imputado en la Audiencia Nacional y es reclamado también por Estados Unidos, acusado de blanqueo y organización criminal.
Ahora será el mismo Tribunal Superior de Madrid el que decida si su negativa a permitir que Pedro Sánchez testifique por escrito en la causa contra su esposa, Begoña Gómez, también fue irregular y si cruza la línea roja penal de la prevaricación. Una línea que rara vez aprecian los juzgados españoles.
Pocas sentencias por prevaricación
Los últimos datos disponibles de la Fiscalía revelan que en 2022 los tribunales españoles dictaron una veintena de sentencias relacionadas con las irregularidades judiciales: una sola por prevaricación judicial, otras 18 por “negativa a juzgar injustificada” y dos más por retardo malicioso. Una parte ínfima de las casi 20.400 sentencias dictadas por delitos contra la administración de Justicia.
Los casos de jueces condenados por prevaricación en España se reducen a casos donde la actuación de un magistrado no solo ha sido irregular sino que ha podido comprobarse que su intención era clara y que tenía perfecto conocimiento de que estaba saltándose la ley. Desde Fernando Presencia por beneficiar a sus amigos y conocidos en su juzgado de Talavera hasta Salvador Alba por desatar una cacería judicial contra Victoria Rosell pasando por Luis Pascual Estevill, que extorsionó a empresarios a cambio de darles trato de favor, o Elpidio José Silva, que encarceló al banquero Miguel Blesa de forma ilegal.
En diversas sentencias dictadas en la última década, el Supremo ha calificado de prevaricadoras aquellas decisiones judiciales tomadas “sin razón alguna que pudiera resultar mínimamente aceptable”. En cuanto a la parte subjetiva del delito, su doctrina exige pruebas que demuestren que sabía que estaba haciendo algo ilegal. En el caso de Baltasar Garzón, inhabilitado por el Supremo por pinchar conversaciones entre imputados de la Gürtel y sus abogados en la cárcel, los jueces tuvieron en cuenta como indicio incriminatorio que las partes advirtieran de que lo que estaba haciendo no era legal: “No pudo tener duda alguna sobre ello”.
La decisión del TSJM sobre Juan Carlos Peinado y la querella presentada por la Abogacía del Estado llegará en las próximas semanas, previo informe por parte de la Fiscalía, que se opuso a la testifical de Sánchez pero no ha revelado si apoyará esta acción penal.
Pero ni siquiera Peinado debería tener miedo a una poco probable condena. El juez, que tiene 70 años, está a solo dos años del límite para jubilarse, después de que el CGPJ le autorizase para ejercer hasta los 72. Una sentencia en su contra por prevaricación supondría solo una pena de inhabilitación, es decir, que no podría seguir ejerciendo como juez.
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