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La justicia sanciona con 150 días sin sueldo a un policía nacional por ser youtuber sin permiso de sus superiores

Agentes de Policía Nacional en una imagen de archivo

Alberto Pozas

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La Justicia ha establecido que un policía nacional tiene que pedir permiso para ser youtuber. En una sentencia a la que ha tenido acceso elDiario.es, el Tribunal Superior de Madrid confirma una sanción de 150 días a un agente por tener un canal de YouTube en el que se identificaba como policía, hablaba de temas relacionados con la Policía y cobraba dinero de sus suscriptores. Los jueces no prohíben a las claras que un agente de Policía Nacional pueda tener un canal y subir vídeos, pero entienden que debe pasar el filtro de sus superiores para poder hacerlo si, además, gana dinero: “La actividad privada como youtuber no es ni absolutamente incompatible ni del todo compatible pero para ejercerla es preceptivo el reconocimiento de la compatibilidad”, dice la resolución.

Los jueces han estudiado el caso de Alejandro León, policía destinado en la localidad madrileña de Móstoles y conocido en sus distintos perfiles de internet como 'Jandro Lion', entre otros su canal de YouTube. Sancionado en otros expedientes por pedir el voto para Vox o por bromear con apuñalar a menores extranjeros, este expediente se dedicó a analizar su actividad youtuber en términos generales y si tendría que haber pedido permiso o no para abrir el canal, tratar contenidos policiales e intentar monetizarlo.

La Dirección General comprobó que a lo largo de 2020 León, además de subir los vídeos y hacer directos, pedía dinero a sus suscriptores, ofreciendo distintas cuotas y ofertas para quien lo hiciera. “Ayúdanos a evitar tocar fondo”, se llamaba uno de sus vídeos. Las aportaciones podían hacerse, por ejemplo, a través de la plataforma Patreon y con una cuenta en Paypal. En este sistema, calcula la Policía en el expediente, consiguió en torno a 250 euros al mes a lo largo del segundo trimestre de 2020.

La sanción de 150 días llegó por una sanción muy grave al saltarse las normas de incompatibilidades. El agente recurrió sin éxito ante los tribunales alegando que no grababa sus vídeos cuando estaba de servicio, que nunca apareció con el uniforme y que usaba un seudónimo. Argumentos que acaba de rechazar el Tribunal Superior de Justicia de Madrid para confirmar su sanción, aunque todavía puede acudir al Tribunal Supremo.

La ley no contempla el policía-youtuber

Los tribunales se pronuncian constantemente sobre peticiones de compatibilidad de agentes de Policía Nacional para realizar segundas actividades: dar clases, desarrollar un negocio familiar o incluso pilotar aviones. Pero a veces se pronuncian sobre solicitudes menos convencionales. Hace unos meses, tal y como reveló elDiario.es, los jueces tuvieron que ratificar que un policía nacional destinado en Andalucía no podía compaginar su trabajo patrullando las calles con el de actor en películas pornográficas.

En este caso el TSJM coincide con la Dirección General de la Policía Nacional, que entendió que León tendría que haber pedido permiso para poner en marcha el canal de YouTube y monetizarlo. Reconociendo por el camino que la normativa policial de 1984 no tiene artículos específicos para los policías que quieren ser influencers en las redes sociales.

“La actividad privada como youtuber no es ni absolutamente incompatible ni del todo compatible por no estar incluida en la ley, pero para ejercerla es preceptivo el reconocimiento de la compatibilidad”, dijo el expediente sancionador ahora avalado por los jueces.

“La ley de violencia de género es una puta mierda”

En este caso, consideró la Policía Nacional, este agente destinado en Móstoles tendría que haber pedido permiso no solo por monetizar el canal sino por tratar temas que tenían que ver con el cuerpo, siendo él un policía reconocido como tal en los vídeos. “Realiza declaraciones que comprometen su imparcialidad o independencia como miembro de la Policía Nacional”, le reprocharon sus mandos.

Citan, por ejemplo, un vídeo en el que León afirmó que la normativa española de violencia machista es “una puta mierda”. Para la Policía, compromete la imparcialidad e independencia de un funcionario policial como León que califique así “una ley que tiene el deber de cumplir y hacer cumplir y que contiene medidas dirigidas a otorgar la máxima tutela dentro el ámbito familiar o doméstico a aquellas personas que se ven sometidas a situaciones de dominio por parte de su pareja o expareja”.

“No puede ignorarse el deterioro que para la imagen y el prestigio del cuerpo suponen sus afirmaciones”, zanjó su expediente sancionador ahora confirmado. Apunta también la Dirección General de la Policía a otras declaraciones, por ejemplo sobre la Administración de Justicia con la que colaboran los cuerpos policiales a diario y de forma constante, por ejemplo cuando apuntó a la “politización” de la sentencia que condenó a varios exjugadores de fútbol de Aranda de Duero por agresión sexual a una menor. “El sistema judicial, al que le tengo una manía brutal, no puedo con él”, añadía en otro vídeo.

En sus alegaciones, el agente exponía que la cuenta de Paypal que canalizaba algunos de estos ingresos no era suya sino de un familiar, aunque el tribunal entiende que él “se lucra” de esos beneficios. También entienden los jueces que sí aparecía en su canal en condición de policía nacional aunque no lo hiciera de uniforme y fuera de su horario laboral. Su sanción, de cinco meses de suspensión, tampoco parece desproporcionada a ojos del TSJM ya que pertenece al “tramo inferior” por el que podría haber optado la Policía.

En los últimos meses, el mismo Tribunal Superior de Justicia, en otra sentencia sentencia igualmente recurrible, dio dos meses de suspensión por el contenido de otros vídeos en su canal de YouTube. Uno grabado en una manifestación de JUSAPOL, a la que entonces estaba ligado, en el que mostró un billete con una caricatura del expresident catalán Carles Puigdemont mientras gritaba “Mira quién se lleva el puto dinero, mira quién se lo lleva, un puto inhabilitado”, entre otras expresiones.

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