Marchena rechaza su recusación de la causa del 1-O: “Carezco de todo interés directo o indirecto”
El magistrado del Tribunal Supremo que presidirá el juicio por el 'procés' independentista en Cataluña, Manuel Marchena, ha presentado este viernes su escrito de alegaciones frente a la petición de las partes de que se aparte por no considerarle parcial, tras la polémica por los 'whatsapp' del portavoz popular en el Senado Ignacio Cosidó. Marchena rechaza la recusación por “carecer de todo interés directo o indirecto” en este procedimiento.
Se trata de un escrito que, junto con el presentado por la Fiscalía, -que ya ha manifestado que se opone a apartar al juez-, la Abogacía del Estado y la acusación popular, que ejerce Vox, deberá ser tenido en cuenta por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo a la hora de decidir si las recusaciones de las defensas se rechazan de plano o se llevan finalmente a la denominada Sala del 61 del alto tribunal para que el asunto se debata a fondo.
Recuerda Marchena que es la séptima vez que las defensas cuestionan la imparcialidad de magistrados del Supremo en este órgano -ya lo hicieron con la totalidad de los que van a enjuiciarles y también respecto del instructor Pablo Llarena- y que recusar por el hecho de que en España el Parlamento elija a los miembros del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sería tanto como descalificar las justicias de otros países como Bélgica, Portugal o Francia, donde los políticos también participan en la designación de miembros del Poder Judicial.
El actual presidente de lo Penal del Tribunal Supremo, cuyo nombre fue pactado para presidir el próximo CGPJ si bien finalmente renunció, contesta en un escrito de cinco páginas a las recusaciones que han presentado contra él ocho de los procesados por rebelión y desobediencia, concretamente el exvicepresidente Oriol Junqueras, los exconsejeros Raül Romeva, Jordi Turull, yJosep Rull, la expresidenta del Parlament Carme Forcadell, la exmiembro de la Mesa de esta cámara Anna Simó y el presidente de Ómnium Cultural Jordi Cuixart.
Marchena señala que todos ellos aluden en sus escritos de recusación al acuerdo político para el reparto de vocales en el órgano de gobierno de los jueces y a los mensajes de Cosidó, a los que los procesados se refieren- como “determinante” para solicitar su salida del tribunal del 'procés'.
La presentación de recusaciones es calificada por Marchena como “una estrategia defensiva” que obliga a ese tribunal a “razonar su distanciamiento respecto del objeto del proceso”. En su caso, Marchen aduce que no puede aceptarlas y recuerda que el mensaje telemático sobre el que se sustentan procede de una tercera persona.
“La imparcialidad de un magistrado ha de vincularse a sus propios actos o resoluciones -subraya el escrito-. No puede hacerse depender de la opinión de terceros que expresan su personal criterio acerca de las consecuencias políticas de un determinado pacto entre dos fuerzas parlamentarias”.
Sistema de elección “controvertido”
En cuanto al sistema de elección de la cúpula judicial, Marchena reconoce que se trata de una cuestión “controvertida” y recuerda las sucesivas reformas legales que se han venido produciendo, para añadir que “cualquier conocedor de los modelos europeos de organización del poder judicial (*) sabe a ciencia cierta que todos y cada uno de esos modelos contemplan distintas forma de contacto y relación con el poder legislativo y, no en pocos casos, con el poder ejecutivo”.
Añade, en relación a las defensas y sus continuas alusiones a la pérdida de imparcial derivada del actual sistema de elección de jueces del Supremo, que tanto el Tribunal Constitucional como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) a los que estas partes anuncian continuamente con acudir no son ajenos “a una participación directa del poder político en el nombramiento de sus magistrados”
Añade Marchena que el examen de los modelos comparados permite extraer algunas conclusiones y se detiene en Bélgica, donde el senado designa a 22 de los vocales del Consejo Superior de Justicia.
Se refiere asimismo a Portugal, país en el que los jueces son minoría y la designación de 9 de los vocales del Consejo Superior de la Magistratura se reparte entre el presidente de la república y el Senado; a Francia, que posee un modelo “fuertemente gubernamentalizado” en el que los jefes de estado, la Asamblea Nacional y el Senado designan al Consejo Superior y finalmente a Italia, cuyo órgano del Poder Judicial lo integran 27 miembros, 8 de ellos nombrados por el Parlamento en una sesión conjunta, y cuya presidencia corresponde elegir al jefe del Estado.
“El sistema constitucional español es tan mejorable como cualquier otro de los modelos comparados” en opinión del presidente de lo Penal del Supremo.
Añade que “es más que evidente”que la participación activa del Congreso de los Diputados y el Senado en la designación de los vocales que no proceden de la judicatura “no puede conducir a la descalificación, por su falta de imparcialidad, del presidente y de los magistrados que componen la Sala Segunda del Tribunal Supremo y que resultan llamados al enjuiciamiento de hechos calificados por el fiscal como delictivos y que la acusación atribuye a responsables políticos”.
El escrito de alegaciones reproduce a continuación la nota hecha pública el pasado 20 de noviembre por la que anunció que renunciaría al cargo de presidente del CGPJ de ser elegido para el cargo para concluir que a su juicio “no es el mecanismo de designación el que conduce al excepticismo colectivo, sino las disfunciones que pueden surgir durante el proceso de elección y nombramiento”.