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El PP actúa para que los dos jueces que el partido promocionó juzguen el caso Gürtel

Para la secretaria general del Partido Popular, María Dolores de Cospedal, la magistrada Concepción Espejel es “Concha, y lo va a ser siempre”, según confesó al imponerle la más alta condecoración del mundo judicial el 28 de febrero de 2014. Para el abogado del Partido Popular en el caso Gürtel, tal afirmación no evidencia una “amistad íntima” entre ambas mujeres y, por tanto, no hay motivo para apartar a Espejel del tribunal que juzgará el primer gran juicio a la red de corrupción crecida entorno al PP.

Así lo expresa la representación legal de los 'populares' en un escrito dirigido a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, al que ha tenido acceso eldiario.es. En el mismo, el PP se opone e impugna el escrito de recusación de Enrique López y la citada Espejel que presentó la Asociación de Abogados Demócratas de Europa (Adade), que ejerce la acusación popular en el caso Gürtel. El magistrado dio tres días a las partes para que se adhirieran a las recusaciones presentadas por el resto, las impugnaran u optasen por no pronunciarse. El PP, lejos de abstenerse, ha optado por la segunda opción, a pesar de que su portavoz, Pablo Casado, dijo la semana pasada que no es quién para “estimar” la recusación de estos dos magistrados y que “ya están los órganos de administración de los jueces” para hacerlo.

Adade buscó en los motivos de recusación que recoge la Ley Orgánica del Poder Judicial y encontró dos que cree se ajustan a Espejel y López: ambos tendrían “amistad íntima” con alguna de las partes –el PP está acusado de ser beneficiario a título lucrativo de una parte de los fondos obtenidos por la trama­- y un “interés directo o indirecto en el pleito”.

Espejel y López fueron vocales del CGPJ a propuesta del Partido Popular y además él llegó a magistrado del Tribunal  Constitucional durante una batalla librada durante años por los conservadores para auparle al tribunal de garantías. Para el abogado del PP, sin embargo, apartar a los dos magistrados del tribunal que juzgará el caso Gürtel no solo no encaja en los preceptos de la Ley sino que “pondría en juego la seguridad jurídica del sistema”. Ambos, razona, fueron elegidos a través de sistemas “previstos constitucionalmente”.

Enrique López participó entre 2003 y 2010 en un total de 51 actos y cursos de la fundación FAES, presidida por José María Anzar. En uno de esos cursos, como señala Adade en su recurso, compartió mesa de ponencias con el actual ministro de Justicia, Rafael Catalá, y con el exconsejero de Inmigración de la Comunidad de Madrid Carlos Clemente, quien se sentará en el banquillo de los acusados en el juicio de Gürtel por delitos que podrían costarle ocho años de cárcel. Además, desde las páginas de La Razón, López ha acusado en cuatro ocasiones al PSOE de “sectarismo” y ha defendido la medida del PP de la cadena perpetua revisable.

En ninguno de estos hechos ve el PP motivos de imparcialidad. “El recusante parte de la premisa errónea de que siempre y en todo caso, el hecho de haber sido propuesto por un partido político para determinados cargos o el hecho de haber participado en conferencias o cursos vinculados u organizados por el partido implica, necesariamente, que el mismo pertenece o es afín ideológicamente a dicho apartido. Esta afirmación ni es correcta ni se acredita en el presente caso”, asegura el escrito de los conservadores.

Ni por la elección como vocales del CGPJ o para el Constitucional, ni por la participación de López en los cursos de FAES y en una mesa organizada por el mismo PP se demuestra que los dos jueces tengan “un interés concreto” o puedan “obtener beneficio” de integrar el tribunal, según el escrito de la defensa del Partido Popular. Los conservadores presentan jurisprudencia del Constitucional que no permite descubir el interés de los dos jueces en juzgar el caso, ya que la recompensa que pudieran obtener debería ser “siempre de carácter personal, de condición económica, ética o afectiva, como esperanza de utilidad o beneficio propio, de alcance bien material o bien espiritual, referida al juez, como persona particular o su patrimonio…” Además, ha pasado tanto tiempo, añade el PP, que no concurre el requisito de actualidad, “legal y jurisprudencialmente exigido”.

Por otra parte, dice el partido de Mariano Rajoy, que la relación del cuñado de López con varias empresas supuestamente relacionadas con el PP, “ni se explica, ni se acredita (por Adade), además de ser lo suficientemente remota como para resultar intrascendente a los efectos que se pretenden”.

Con idénticos argumentos a los expuestos dirige el PP otro escrito a la Sala rechazando la recusación presentada por el PSOE, también acusación popular en el proceso, que optó por intentar apartar únicamente a López del tribunal.

Por reparto

El juicio del caso Gürtel, que afecta a la denominada Primera Época (1999-2005) de la trama en Madrid, Castilla y León y Málaga, debería celebrarse a lo largo de 2016. El juicio llegó a la Sección Segunda por reparto. Y por reparto también se eligio a los dos magistrados que formarán el tribunal junto a Espejel, Enrique López y Julio de Diego. En cuanto a Espejel, la presidenta cambió las normas que había hasta su llegada a la Sección Segunda en diciembre de 2013 y estableció que, a partir de ese momento, ella presidiría todos los juicios. A López, también por reparto, le ha correspondido integrar el tribunal que juzgará la causa de los ‘papeles de Bárcenas’. Por el mismo procedimiento le ha correspondido ser el ponente de la sentencia, es decir, que redactará el fallo.

Una mayoría conservadora para juzgar al PP y a los miembros de la trama era inevitable desde que correspondió formar el tribunal a la Sección Segunda de la Sala de lo Penal, la más escorada a la derecha de la Audiencia Nacional, con un solo magistrado, José Ricardo de Prada, de tendencia progresista. Sin embargo, ninguno de los otros dos jueces conservadores de la Sección que podría haber correspondido por reparto integrar el tribunal han mantenido una relación con el Partido Popular como la que describen los escritos de recusación de la acción popular de López y Espejel.

Las recusaciones de ambos magistrados serán examinadas por el Pleno de la Sala de lo Penal, compuesto por 20 magistrados que suelen votar divididos en bloques. Sus votaciones son muy ajustadas en los últimos tiempos y se decantan hacia un lado u otro por la existencia de unos pocos jueces que no se alinean siempre en el mismo lado. En caso de empate, resolvería el voto de calidad del presidente de la Sala de lo Penal, el conservador Fernando Grande-Marlaska.