Entre los diferentes subsidios por desempleo que se incluyen el SEPE, encontramos el subsidio para mayores de 45 años sin cargas familiares. Al igual que ocurre con otro tipo de ayudas, para tener derecho a esta prestación es necesario cumplir determinados requisitos que permiten acceder a este subsidio.
Este subsidio está destinado a aquellas personas trabajadoras que hayan agotado la prestación contributiva por desempleo, tengan 45 años o más y acrediten tener responsabilidades familiares a su cargo.
Este subsidio para mayores de 45 años y sin responsabilidades familiares tiene una cuantía mensual equivalente al 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM). Es decir, se trata de un importe mensual de 463, 21 euros.
Requisitos del subsidio para mayores 45 años
Desde el SEPE advierten que para recibir el subsidio de mayores de 45 años es necesario cumplir todos los requisitos que recoge la normativa. Además, indican que “los requisitos deberán reunirse en el momento del hecho causante y, además, en el de la solicitud del subsidio, de las reanudaciones y durante toda la percepción del subsidio”.
Estos son los requisitos principales para tener derecho a percibir el subsidio para mayores de 45 años en 2022:
- Estar en situación de desempleo.
- Estar inscrito como demandante de empleo durante el periodo de un mes desde el agotamiento de la prestación contributiva por desempleo. Dicha inscripción debe mantenerse durante toda la percepción del subsidio.
- Suscribir el compromiso de actividad.
- Haber agotado la prestación contributiva por desempleo.
- Tener cumplidos 45 años en la fecha del agotamiento de la prestación contributiva.
- Carecer de rentas de cualquier naturaleza superiores al 75% del Salario Mínimo interprofesional (SMI) vigente en cada momento; excluida la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias.
Cuanto tiempo dura el subsidio para mayores de 45 años
Respecto al tiempo de percepción del subsidio para mayores de 45 años y sin responsabilidades familiares, la duración máxima es de once meses. No obstante, desde el SEPE aclaran que “en el supuesto de personas trabajadoras fijas discontinuas la duración será equivalente al número de meses cotizados por desempleo en el año anterior a la solicitud cuando la fecha del hecho causante sea anterior al 2 de marzo de 2022. Si el hecho causante ha tenido lugar a partir de dicha fecha, la duración del subsidio será la establecida con carácter general”.