El Defensor estatal reprocha la “falta de respuesta” del Ayuntamiento de Guillena tras una supuesta agresión policial
El Defensor del Pueblo de España lamenta la “evidente falta de colaboración” y “falta de respuesta” del Ayuntamiento de Guillena en relación a unas sugerencias remitidas a la corporación local a raíz de un supuesto caso de torturas y abandono de un menor en marzo de 2021, archivado por el juzgado y por el cual dos policías locales tuvieron que prestar declaración como investigados.
El organismo dirigido por Ángel Gabilondo ha remitido un escrito a la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA), que acompaña al joven denunciante en este proceso, en el que recuerda que en los últimos dos años ha hecho al Ayuntamiento de Guillena tres requerimientos (agosto 2021, noviembre 2021, mayo 2022), así como “una llamada telefónica” en febrero de 2023, para ver si había avanzado en unas sugerencias enviadas en junio de 2021 relativas a 'derechos del detenido y control de la policía municipal'.
“En el último requerimiento se incluyeron una severas advertencias a la administración”, apunta el Defensor en respuesta a APDHA, que se había interesado por el expediente abierto al respecto, según reza un escrito remitido a la asociación este 20 de junio.
Fuentes municipales consultadas por sevillaelDiario.es ofrecen una versión algo distinta, si bien reconocen respecto al “último escrito” en el que el Defensor estableció “unas sugerencias de funcionamiento” a la administración local “en estos casos”. “La respuesta requerida no es más que una aceptación o negativa motivada de las mismas. Este Ayuntamiento ve de manera positiva estas sugerencias, que asume, aunque requieran cambios y tiempos para acometerlos”, explican las fuentes.
Desde el ayuntamiento se defiende que “ha atendido a todos los requerimientos y escritos que se han hecho llegar desde la Oficina del Defensor del Pueblo, tal y como obra en el expediente abierto a raíz de los incidentes. De hecho, cada requerimiento del Defensor se ha contestado, trasladando toda la información”. El Ayuntamiento, como ya informó este periódico en su momento, “inició cuando sucedieron los hechos un expediente de investigación que se cerró tras la conclusión del mismo”.
Hojas de custodia de detenidos
A raíz del caso de aquel joven, cuya detención se puede ver aquí por primera en un medio de comunicación, el Defensor sugirió al ayuntamiento sevillano “establecer un libro de registro o unas hojas de custodia de detenidos en la Policía Local de Guillena, donde se anote qué funcionario policial es el responsable directo de la custodia en cada momento y se detallen las incidencias producidas en el periodo transcurrido entre la detención de un ciudadano y su puesta a disposición judicial o en libertad (...), todo ello con la finalidad principal de garantizar los derechos del detenido y facilitar el control posterior de la actuación policial”. El Defensor también instó a “la instalación de un sistema de videovigilancia en las dependencias de la Policía Local”.
La petición obedecía a la petición de APDHA después de que, según el relato del denunciante, se encontraba paseando con su hijo de tres años cuando una patrulla de la Policía Local lo detuvo y le trasladó a la Jefatura de la localidad “abandonando” al menor en la vía pública y “golpeado” en el traslado y custodia en la Jefatura de la Policía “el costado derecho en varias ocasiones”, aludiendo también a “insultos y amenazas de racista de carácter antigitano”.
Archivo y causa paralela
El caso fue archivado en septiembre de 2022 y rechazado el recurso de reforma en marzo de 2023, estando pendiente de un recurso de apelación ante la Audiencia de Sevilla. Según insiste el denunciante, que está pendiente de juicio por presuntos delitos de atentado y lesiones por unos hechos ocurridos meses antes, en relación con la denuncia de lesiones y torturas “existen numerosos elementos probatorios” tras su puesta en libertad, insistiendo en su recurso en que hay “cuatro informes clínicos incluyendo el informe pericial elaborado conforme al Protocolo de Estambul y el dictamen del Instituto de Medicina Legal y Forense de Sevilla, respecto de los cuales los autos impugnados no realizan ninguna alusión”.
“La denuncia de torturas no concierne solo a las lesiones físicas producidas por los agentes al denunciante, sino que el sufrimiento y angustia provocados por el abandono de su hijo menor de edad también supone una lesión de la prohibición absoluta respecto a los tratos inhumanos o degradantes”, insiste en el recurso.
En relación con la denuncia de abandono de menores, se alude a “un grave incumplimiento de las instrucciones contenidas en la Instrucción 1/2017 de la Secretaría de Estado de Seguridad en materia de actuación policial con menores por parte de los dos agentes denunciados”, “serias dudas sobre el momento real en que se elaboraron los atestados policiales” y “la ausencia de conocimiento por parte de la Fiscalía de Menores de la detención y la situación de desprotección en que dejó a su hijo los agentes policiales”. Asimismo, “ninguno de los dos autos hace referencia a la existencia de una denuncia interpuesta por la hermana del denunciante el mismo día de los hechos ante el puesto de la Guardia Civil de la Rinconada en la que se denunció el abandono del hijo”, añade el recurso.
El recurso, vía APDHA, insiste en que “el grado de esfuerzo judicial desarrollado durante la instrucción no alcanza la suficiencia y efectividad exigida por la jurisprudencia constitucional en la materia”, entre otras cosas por “la denegación” de las diligencias de investigación propuestas por esa parte, consistentes en la toma de declaración de un testigo directo de los hechos denunciados, así como en la identificación y toma de declaración de los otros testigos que grabaron y presenciaron parte de la detención del denunciante. Según el recurso, “no se ha llevado a cabo una investigación judicial suficientemente eficaz”.
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