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La Justicia cierra la batalla por Triana: el nuevo grupo se queda con el nombre y las canciones que el guitarrista original quería proteger

Javier Ramajo

Sevilla —
7 de julio de 2024 23:19 h

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Eduardo Rodríguez Rodway, único miembro vivo de del grupo original Triana, la mítica banda de rock andaluz nacida en los últimos coletazos del franquismo, ha perdido el recurso que presentó ante la Audiencia de Sevilla contra la sentencia que ya había desestimado su demanda en materia de propiedad intelectual por infracción de derechos de autor contra el actual cantante de Triana, Juan Reina. En una sentencia fechada este pasado 22 de mayo, a la que ha tenido acceso SevillaelDiario.es, la Sección Quinta desestima la apelación los abogados del guitarrista y concluyen que la “originalidad” de aquel trío (Jesús de la Rosa, 'Tele' y Rodway) “no goza de una protección legal, en sí misma” sino “por vía de marca y por propiedad intelectual”.

En ese punto, los jueces dejan claro que en ambos cauces “están perfectamente determinados e individualizados quienes ostentan sus derechos, que no ha acreditado que sea el actor”, es decir, el demandante, Eduardo Rodríguez Rodway, a quien reprocha la Audiencia no haber certificado “en qué medida de dicha originalidad ha intervenido” porque “no ha aportado prueba alguna”, rechazando todas sus pretensiones ya que “no ostenta derecho sobre la marca, ni sobre las canciones, en su conjunto, sino que serán titulares aquellos que las tienen registradas”.

Rodway había argumentado en su recurso, entre otras cuestiones, que la obra del Triana original “constituye una creación intelectual” que refleja “la personalidad del autor”, con “un objeto identificable con suficiente precisión y objetividad, representado o constituido por los temas musicales contenidos en la discografía del grupo”. La Audiencia reconoce que Triana “supuso un hito en el panorama musical español, singularmente en el que se denominó rock andaluz”, destacando que “fue el grupo icónico, pero no el único, porque no podemos olvidar a Medina Azahara y Alameda, entre otros muchos”. Los jueces, en otro pasaje citan también a Smash “y muy especialmente a Silvio”.

Esa “música mezcla, entre otras, de rock y flamenco”, “no fue una invención exclusiva de Triana hasta el extremo de que se trate de una idea original y exclusiva que deba gozar de un protección singularizada y exclusiva”, insisten los jueces en su sentencia, contra la que cabría aún recurso ante el Tribunal Supremo. El líder de aquel mítico trío fue Jesús de la Rosa, cantante y teclado, fallecido de forma prematura en un accidente de tráfico el 14 de octubre de 1983.

En lo puramente jurídico, en cuanto a la marca 'Triana', la actividad probatoria “ha demostrado adecuadamente que la registró uno de los integrantes del grupo”, en concreto el batería Juan José 'Tele' Palacios, fallecido en 2002, “sin que hasta la fecha dicha atribución haya sido objeto de impugnación, de modo que goza de esa protección”. La sentencia considera también acreditado que Juan Reina “fue autorizado para utilizar dicha marca” por los herederos del batería, “singularmente por su viuda”, por lo que el comportamiento del actual cantante de Triana es “legítimo” y “lo será mientras se mantenga dicha autorización y no se modifique la inscripción registral”.

Por lo que respecta a la propiedad intelectual de las canciones del grupo, Rodríguez Rodway “no ha realizado el menor esfuerzo en orden a demostrar que es autor de las mismas, singularmente de las que utilizó el demandado durante los conciertos que realizó”. El actual cantante, Juan Reina, rechazó que el nombre y la formación original de la banda pueden ser considerados una 'creación' propiedad de los fundadores, como ahora le acepta la Audiencia de Sevilla.

Las críticas “obligadas” a los sucesores del trío original

Este proceso judicial ha discurrido mucho tiempo paralelo a otro con los mismos protagonistas, Eduardo Rodway y Juan Reina. Hace un par de años, el Tribunal Supremo sentenció que los miembros del actual grupo Triana están “obligados a sufrir” críticas por presentarse como los sucesores del “mítico trío de rock andaluz”. El alto tribunal, en este caso sí, defendió que las desconsideraciones por parte de Rodway (les llamó “estafadores” y otros calificativos similares) estaban amparadas por la libertad de expresión y desestimó el recurso de casación de Reina.

En ese procedimiento, la Audiencia de Sevilla, en una sentencia, ya había considerado previamente que los comentarios de Rodway a través de algunos medios de comunicación y de las redes sociales estaban amparados por la libertad de expresión, revocando la sentencia inicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Carmona. La Fiscalía del Supremo se había posicionado de parte de Rodway, al igual que Atresmedia Corporación de Medios de Comunidad S.A., Cadena Ondas Populares Españolas y Radio Popular S.A., donde se hicieron eco de los comentarios del guitarrista. “Quienes se presentan como Triana nada tienen que ver con la mítica formación”, dijo aquel fiscal.