El Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, dependiente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), ha desatacado las carencias de la protección a las víctimas de violencia machista en un análisis sobre las 14 mujeres que, hasta el 13 de noviembre, murieron a manos de sus parejas o exparejas tras haberlos denunciado previamente. “La mayoría de las víctimas tenían una valoración del riesgo entre ”medio“ y ”no apreciado“, lo que hace preciso una revisión de los formularios utilizados”, apuntan en el observatorio.
La cifra de catorce muertes con procedimientos judiciales supera ya el número total de casos en estas mismas circunstancias que se dieron en 2013, con 11 mujeres que presentaron una denuncia contra sus agresores. Otro de los datos que preocupa al organismo —con representantes del CGPJ, Ministerio de Justicia, Ministerio de Igualdad, Fiscalía General del Estado, las CCAA y el Consejo General de la Abogacía Española— es el número de mujeres que volvió a vivir con sus maltratadores después de haberlos denunciado: 8 víctimas.
“El Observatorio cree esencial que la mujer esté informada desde el primer momento del peligro que corre si vuelve con su agresor y de los medios de prueba que debe aportar para que el Juzgado valore adecuadamente su situación de riesgo”, apunta una nota del órgano presidido por Ángeles Carmona.
Respecto a la valoración del riesgo al que se expone la víctima, el observatorio recuerda la necesidad de revisar los formularios utilizados en el Sistema de Seguimiento Integral de los Casos de Violencia de Género del Ministerio del Interior (VIOGEN). La mayoría de las víctimas mortales tenían una valoración de riesgo entre medio y no apreciado. En cualquier caso, el organismo recomienda que aun en los casos en los que se determine un riesgo bajo o no apreciado “se incluya la entrevista con personal de servicios asistenciales que atienden a la víctimas” y “se adopten medidas policiales de control para la seguridad de la denunciante independientemente de si existe o no medida judicial de protección”.
Respecto a las medidas cautelares acordadas, el análisis recoge que en las ocho ocasiones en las que se solicitó la adopción de una medida cautelar de protección ésta fue concedida. Sin embargo, en ningún caso se acordó la la imposición de dispositivos electrónicos, “herramienta que solo suele utilizarse cuando ya se ha producido algún quebrantamiento”. “El Observatorio incentivará la formación de los jueces y magistrados en esta materia, dado que no se ha producido ningún homicidio o asesinato en el que el presunto autor llevara la pulsera electrónica”, apuntan.
Las mujeres no declaran contra sus agresores
En la mayoría de los 14 casos analizados, la víctima se acogió a su derecho de no declarar contra el agresor. En este tipo de delitos, que se cometen habitualmente en la intimidad del domicilio, la declaración adquiere “especial relevancia”. Por ello, el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género recomienda que sea grabada la declaración de las mujeres durante la fase de investigación –con intervención de expertos y presencia de todas las partes— y “pueda utilizarse para evitar una nueva declaración en el acto del juicio oral”.
Varias de las recomendaciones pasan por endurecer las medias contra los agresores. Solicita que en los delitos de violencia de género cometidos sobre la mujer, la existencia de condenas anteriores por delitos leves se valore para no aplicar la suspensión de la pena privativa de libertad (algo que por el momento no sucede). Tambìén aboga por incidir en la rehabilitación del maltratador con programas de reeducación.
Además, plantea estudiar la conveniencia de eliminar las circunstancias atenuantes de confesión y reparación del daño, tras constatar que “la reacción de confesar el crimen en estos supuestos obedece más a un componente de jactancia o de reafirmación que al arrepentimiento”. La restricciones también pasan por los derechos de los agresores sobre sus hijos. El observatorio “considera conveniente y necesario que en los casos de delitos graves, como homicidios o asesinatos, el agresor sea privado de la patria potestad imperativamente como pena principal y no solo accesoria como ocurre en la actualidad”.
Para concluir, el observatorio deja un recado al Gobierno: hay que sacar adelante los distintos proyectos y anteproyectos que esperan en la nevera. Se refiere al Estatuto jurídico de la víctima del delito, las leyes de protección a la infancia, la ley de asistencia jurídica gratuita y el Proyecto de Código Penal. Las novedades de las normas, como la propuesta de asistencia jurídica gratuita, previa a la interposición de la denuncia, y las nuevas figuras delictivas y medidas de libertad vigilada en el ámbito de la violencia de género son valoradas como “muy positivas”. Pero hay que aprobarlas.