Carmen y Nacho sabían que tenían razón. Que su hija Athenea tiene derecho a estudiar en un colegio ordinario como los tres querían, y no en el de educación especial que les impuso la Comunidad de Madrid y donde ha pasado dos cursos. Pero les ha costado cinco años que nunca volverán y unos miles de euros –que tampoco– que les reconozcan su derecho.
No ha sido la Consejería de Educación. Ante la falta de respuesta administrativa, la familia acudió a la Justicia y ganó: una jueza sentenció el pasado lunes que los responsables educativos madrileños, a instancias de los técnicos, han vulnerado el derecho fundamental de Athenea a la educación inclusiva. La menor, de 14 años y con graves secuelas derivadas de la operación de un tumor cerebral cuando apenas contaba con 23 días de vida, podrá ir a una clase ordinaria con el resto de sus compañeros, con los apoyos educativos que requiera.
La jueza recurre en la sentencia a los argumentos ya conocidos en causas de este tipo, que empiezan a ser habituales en los juzgados y van cayendo – no todas– en la misma dirección, creando un cuerpo jurídico que incluye sentencias del Tribunal Supremo y el Constitucional. Muy resumido, el mensaje es: “La administración educativa (...) debe razonar (...) por qué se opta por lo excepcional –la escolarización en centros de educación especial– frente a lo ordinario”, según escribe la magistrada citando la (ya famosa en el mundillo) sentencia del TS 4521/2017, de 14 de diciembre de 2017.
Tanto la familia como la psicóloga que evaluó a Athenea como el abogado, Juan Rodríguez Zapatero, destacan que la sentencia “considera que el informe psicopedagógico que se realizó por el equipo de orientación [el que estableció que Athenea tenía que escolarizarse en la educación especial] no estaba ajustado a la normativa y no tenía validez legal”, según explica el letrado. “La sentencia pone de manifiesto un déficit estructural de nuestro sistema educativo con los alumnos que más necesidad de apoyo tienen”, explica Rodríguez Zapatero, “que es la forma en que se realizan esos informes pedagógicos y las carencias que tienen”. En este caso, la jueza destaca que el apartado de las medidas curriculares que se habían tomado con Athenea estaba en blanco. No había habido ninguna.
Porque la administración (casi) nunca agota los recursos posibles y “no desproporcionados” que debe proporcionar antes de derivar a la educación especial, tal y como establece la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad a la que España se adhirió y que por tanto es ley, y como tratado internacional solo está por debajo de la Constitución.
“Hemos ganado, pero hemos perdido”
El problema puede darse porque en ningún sitio está especificado qué significa “recursos no desproporcionados”. Según Carme Fernández, psicóloga de la Fundació Gerard especializada en estos casos y que ha participado en el juicio, siempre que los recursos estén dirigidos a la inclusión educativa no serán desproporcionados. “Si la finalidad es la inclusión, si los medios son adecuados, necesarios y van a ser eficaces para esa inclusión, no existe desproporción”, explica. “El agotamiento de las posibilidades de inclusión nos va a llevar a que si las administraciones pusieran todos los medios que conocemos, no habría ningún caso –ni uno– que necesitara un centro de educación especial. Nos estamos acercando a eso. Y es real, lo he podido comprobar”, asegura.
“No te imaginas cómo he dormido tras años de tanto desprecio y negarme”, cuenta Carmen con un alivio y una alegría por el fallo judicial que desbordan el teléfono. “Estoy muy agradecida a todo el equipo judicial, que no parezca lo contrario”, comienza, “pero la Justicia debe tener presente que estas sentencias llegan casi siempre tarde y que las personas que han provocado este retraso van a entrar mañana a su despacho sin asumir responsabilidad alguna”, lamenta.
Este testimonio de Carmen se parece mucho al que ofrecía la semana pasada Cristina, otra madre que tuvo que pelear por el derecho de su hija a la educación inclusiva. Las familias observan que chocan una y otra vez con la administración por decisiones que consideran aleatorias –y la Justicia les acaba dando la razón– sin otra posibilidad de pelearlas que en los juzgados. “Esto ha sido un calvario. Hemos ganado, pero hemos perdido”, sostiene Carmen. “¿A qué niña de nueve años buscamos ahora para aplicarle los derechos que tenía con nueve años?”, se indigna. Las familias celebran que las sentencias les den la razón, pero lamentan que no señalen culpables. Nadie paga.
Del “no va a oír” al oído absoluto musical
Athenea nació con un tumor cerebral. Fue operada a las tres semanas, pero en el hospital sufrió una infección que le dejó secuelas muy graves. “No va a ver, oír ni andar”, tuvo que escuchar Carmen. Pero ese diagnóstico resultó errado. Muy despacio, con mucho trabajo, la niña empezó a ver. A oír. A mantener el equilibrio. A andar.
Una logopeda que contrató la familia y que tenía el título de piano utilizó este instrumento para estimular a la pequeña. Le encantó. Cuando esta profesional se tuvo que marchar, contrataron a una profesora de piano, que para la sorpresa de la familia les dijo que tenía un “oído musical absoluto”, una rara habilidad que permite a quien la posee identificar todos los sonidos que escucha y qué nota musical está interpretándose.
Ahora, cuenta Carmen, el piano es casi una extensión de la pequeña, hasta el punto de que la jueza recoge en su sentencia los beneficios que le causa (y podría seguir causando). Tanto le marca que tenía la mano izquierda prácticamente paralizada y cuando se dio cuenta de que la necesitaba para tocar bien, de alguna manera la mano empezó a recuperar movilidad.
Con estos mimbres y los problemas que origina una situación así estuvo Athenea escolarizada en un colegio privado hasta 4º de Primaria. Ese año, era 2017, tras unas agresiones que sufrió la pequeña en el centro (según la versión de la familia), sus padres decidieron cambiarla de colegio. Entonces el inspector José Antonio Guijarro les dijo que harían un informe de la niña para decidir qué era lo mejor para ella.
Ese texto fue el detonante que acabaría en el juzgado. “Te engañan”, cuenta Carmen. “Te dicen que es para la niña, para darle una atención más específica y personalizada. Pero solo se centran en las discapacidades de la niña”. El informe concluyó que Athenea debería ir a un centro de educación especial.
El rechazo de la familia a esta decisión se traduciría en que la pequeña se quedaría sin escolarizar, según cuenta Carmen que le dijo la Directora del Área Territorial Madrid Capital, Coral Báez, tras una reunión. “En esa cita se leyó el expediente entero delante de mí. No se lo había leído, pese a que yo había recibido una carta con su firma denegándonos todas las medidas que habíamos pedido”.
“Es una profecía autocumplida”
La psicóloga Fernández, de la Fundació Gerard, emitió otro informe que desmontaba los argumentos de la Comunidad de Madrid y que la jueza cita en su sentencia entre los argumentos para dar la razón a la familia. Fernández, que ya ha participado en varios juicios similares a este, explica que “el informe psicopedagógico [que emitió la Comunidad de Madrid] no evalúa las medidas que se han tomado, sino que se centra en los déficits de la alumna para no poder seguir en la modalidad ordinaria. Se basan en los criterios personales de quien hace el informe. En vez de acreditar algo y luego tomar la decisión educativa, lo hacen al revés. Toman la decisión y luego la justifican. Es una profecía autocumplida”.
Carmen, la madre, máster en Psicoanálisis y perito judicial, ahonda en esta cuestión. “Los equipos de valoración se han quedado un poco obsoletos”, opina, “tienen unas plantillas para hacer los informes de las que se desprende la voluntad de discapacitar, incluso antes de conocer al niño”.
Fernández, muy satisfecha con la sentencia, destaca que “recoge estos aspectos de forma más explícita que otras, concreta mucho por qué no se ha acreditado el agotamiento de las posibilidades, que no se ha razonado que lo que necesita Athenea sea una carga desproporcionada”.
La sentencia, que recoge la jurisprudencia previa y copia párrafos enteros de la sentencia del Supremo, explica que “del informe psicopedagógico” que realizó la Comunidad de Madrid “se desprende que des 2007 a 2017 no se realizaron medidas curriculares con Athenea (...), no precisa la intensidad de los apoyos que recibió (...) y tampoco –lo que constituye una cuestión esencial– no hay (sic) valoración ni evaluación de los resultados y de las medidas adoptadas con el objetivo de la inclusión”.
Continúa la jueza: “Otro aspecto relevante que evidencia que no se agotaron todas las posibilidades de inclusión (...) es que quedó plenamente probado que no se adoptaron las medidas educativas adecuadas para desarrollar y potenciar las capacidades positivas que tiene Athenea. Sin tener en cuenta sus capacidades auditivas y musicales”.
A continuación, cita el informe de un neurólogo que afirma que para la formación de Athenea “es aconsejable potenciar aquellas áreas en las que destaca” y recomienda “que su educación secundaria se enfoque a su educación en música”.