El Gobierno agilizará la homologación de títulos universitarios extranjeros para que se realice en seis meses como máximo

El plazo máximo para homologar un título universitario extranjero será de seis meses. El ministro de Universidades, Manuel Castells, ha presentado esta mañana el borrador de un Real Decreto por el que se establecen las condiciones y los procedimientos de homologación y equivalencias de títulos y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros. Universidades pretende tenerlo aprobado para finales de este año.

El objetivo principal de esta reforma es limitar a un plazo máximo de seis meses los procesos de homologación, equivalencia o convalidación de títulos universitarios extranjeros. Además, los solicitantes de alguno de estos trámites, que ya se realizarán de manera telemática siempre, podrán conocer en todo momento la situación en que se encuentra su expediente a través de una aplicación informática del ministerio. También tendrán derecho a una audiencia para aportar información para subsanar cualquier defecto.

Con esta reforma, el departamento que dirige Castells pretende simplificar, agilizar y dar transparencia a un procedimiento actualmente farragoso y que se puede prolongar durante años. En este momento el tiempo medio de resolución de un expediente es de 400 días (13 meses largos). Los seis meses máximos no aplicarán a los expedientes actualmente en tramitación, ha explicado el secretario de Estado de Universidades, Manuel Pingarrón, porque estos se realizan bajo la normativa actual y no puede cambiarse. Pero la agilización del resto de trámites, ha añadido, debería redundar en su beneficio. En España hay actualmente 15.000 solicitudes de homologación y equivalencia pendientes de resolución, según el ministerio, y se resuelven 9.000 cada año (menos de las que se presentan). El problema es evidente: al resolver menos de las que se solicitan cada año, el número de pendientes solo crece.

La diferencia entre homologaciones y equivalencias atañe a los estudios que se quieren validar en España. Las homologaciones afectan a los estudios que habilitan para las llamadas profesiones reguladas, como son las sanitarias o los abogados, por ejemplo. Así, una homologación tiene efectos profesionales (se puede ejercer la profesión) y académicos (la persona pasa a ser graduado en ese título). Las equivalencias, sin embargo, atañen a estudios que no remiten a una profesión específica, por ejemplo Geografía o Historia del Arte. En estos casos, la equivalencia solo tiene efectos académicos, no profesionales (la persona es graduada en).

El objetivo del ministerio, según han explicado sus responsables, es “desburocratizar” el procedimiento, por lo que el decreto introduce otras novedades en esta dirección. Por ejemplo, cuando de una universidad concreta se solicite la homologación de un mismo título 100 veces y se constate que el título cumple los requisitos que España exige, a partir de ese momento la homologación será semiautomática, sin necesidad de realizar todo el proceso.

Al inicio de la pandemia, cuando las UCIs de los hospitales se saturaban y supuestamente faltaban profesionales, el ministerio decidió aprobar un Real Decreto para permitir la contratación excepcional de médicos extracomunitarios. “Conseguimos convalidar 4.171 títulos sanitarios, 3.000 de ellos eran médicos y pudieron reforzar nuestro sistema sanitario”, ha recordado el ministro Castells. Al respecto de los títulos que requieren después algún tipo de formación habilitante (los abogados deben hacer un máster, los médicos la especialización, por ejemplo), el ministerio ha recordado que lo que se homologa es el título básico y que el resto de requisitos deben convalidarlos los ministerios implicados.