Las 14 claves de la reforma educativa de Wert
El borrador de la reforma de la ley de Educación presentado por el ministro José Ignacio Wert a las Comunidades Autónomas, y que se ha desarrollado sin diálogo ni consenso con la comunidad educativa, ha provocado innumerables debates sobre el modelo lingüístico. Sin embargo, este apartado, muy político, ha eclipsado otros puntos peliagudos y trascendentes de una legislación que a veces recuerda demasiado al modelo educativo de épocas ya superadas. Estos son los cambios más relevantes y polémicos de la nueva normativa, que supondrán un coste de casi 60 millones de euros poner en marcha y que este jueves han sacado a miles de personas a la calle en toda España.
1. Declaración de intenciones en el prefacio
1. Declaración de intenciones en el prefacio
En la LOE se definía la educación como “el medio de transmitir valores, renovar la cultura (...) fomentar la convivencia democrática, el respeto a las diferencias individuales, promover la solidaridad y evitar la discriminación (...) para lograr la cohesión social. (...) Es el medio más adecuado para garantizar el ejercicio de la ciudadanía democrática, responsable, libre y crítica”.
En el borrador del anteproyecto de ley de la LOMCE en su quinto párrafo apunta más bien a la educación como medio para crear ciudadanos empleables y capaces de competir en el libre mercado: “El nivel educativo de los ciudadanos determina su capacidad de competir con éxito en el ámbito del panorama internacional y de afrontar los desafíos que se planteen en el futuro. Mejorar el nivel de los ciudadanos (...) supone abrirles las puertas a puestos de trabajo de alta cualificación, lo que representa una apuesta por el crecimiento económico y por un futuro mejor”.
2. Agentes privados en la regulación pública
2. Agentes privados en la regulación públicaLa LOMCE incluye una definición de lo que es el “Sistema Educativo Español” en la que, curiosamente, las familias y asociaciones de padres no han sido incluidas, pero sí los agentes privados, a los que se les da capacidad reguladora, lo que podría interpretarse como una puerta a la privatización efectiva del sistema de enseñanza. Dice así: “El conjunto de agentes, públicos y privados, que desarrollan funciones de regulación, de financiación o de prestación del servicio de la educación en España y sus beneficiarios”.
3. Suprime ciudadanía y da más horas de religión
La nueva norma elimina Educación para la Ciudadanía y aumenta la carga horaria de Religión e incluye una asignatura alternativa, Valores Culturales y Sociales, equiparándola a la media del resto de las materias, lo que en la práctica puede suponer una hora semanal más de esta materia. Estas dos decisiones las tomó de acuerdo con la Conferencia de Episcopal, inquieta por el descenso de alumnos que escogen estudiar religión, que en la última década ha bajado casi un 10%.
4. Modelo linguístico
4. Modelo linguísticoSe elimina la inmersión lingüística, que llevaba 30 años en marcha en algunas comunidades con lengua cooficial, al establecer un mínimo de materias en las dos lenguas oficiales. Además se establece que las administraciones regionales podrán dar un trato diferenciado a la lengua cooficial respecto al castellano “en una proporción razonable” sin que ello suponga la “exclusión del castellano”.
Otro de los asuntos que indignan a las administraciones con lengua cooficial es que la lengua se considera una materia no troncal, sino específica, al mismo nivel que la Educación Física, aunque es una asignatura específica y obligatoria para todos los alumnos.
También se plantea que las familias puedan elegir la lengua que desean para sus hijos: tanto castellano como la lengua cooficial. Y aquí llega uno de los asuntos más polémicos: obliga a las administraciones a hacerse cargo de la escolarización en castellano en colegios privados en los casos en los que los padres lo reclamen y la administración no lo esté ofreciendo en esa determinada zona.
5. Más dinero y autonomía para la excelencia y especialización
La nueva norma incluye un artículo en el que ofrece mayor autonomía y más recursos económicos a los centros que pongan en marcha proyectos educativos competitivos tendentes a la especialización, y que luego rindan cuentas sobre ellos con evaluaciones anuales. Para ello deben apostar por proyectos sobre: “Especialización curricular, la excelencia, la formación docente, la mejora del rendimiento escolar, la atención del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, o a la aportación de recursos didácticos a plataformas digitales”, según la norma. Estos centros podrán incluso seleccionar a su alumnado en función de su rendimiento académico en las enseñanzas obligatorias “con hasta un 20% de la puntuación asignada”.
6. Acceso a la universidad
6. Acceso a la universidadEliminada la selectividad, correrá a cargo de las universidades gran parte del peso de la selección de su alumnado. Tendrán que tener en cuenta su nota de Bachillerato (un 60% como mínimo), las calificaciones obtenidas en las materias de bachillerato relacionadas con lo que quiere estudiar, la formación complementaria, y si tiene estudios relacionados con la carrera que se quiera estudiar (FP de grados superiores, o estudios universitarios previos). También pueden establecer procedimientos de selección y evaluaciones específicas
7. Conciertos educativos más largos y en más etapas
Los conciertos amplían su duración y pasan de cuatro años a seis en Primaria, con carácter general. Pero la nueva redacción prevé que además existan conciertos en otras etapas postobligatorias (bachillerato), que hasta ahora no estaban previstos en la ley. Estos nuevos conciertos durarán cuatro años, y además se permitará que un concierto con un mismo titular pueda servir para varios centros.
8. Blindaje a los conciertos de los centros que segregan por sexo
La anterior ley no permitía discriminar al alumnado por su sexo y varias sentencias dieron la razón a las comunidades autónomas que retiraron sus conciertos a centros educativos que segregaban a su alumnado por sexo, como Cantabria o Andalucía. Por eso la nueva norma incluye un artículo que blinda este tipo de escolarización. En el apartado 3 del artículo 84 especifica: “No constituye discriminación la admisión de alumnos o la organización de la enseñanza diferenciada por sexos, siempre que la enseñanza que impartan se desarrolle conforme a lo dispuesto (...) por la Unesco (...). En ningún caso, la elección de la educación diferenciada por sexos podrá implicar para las familias, alumnos y centros correspondientes un trato menos favorable ni una desventaja a la hora de suscribir conciertos con las Administraciones educativas o en cualquier otro aspecto”.
9. Colegios menos democráticos y un director profesional
La figura del director cobra muchísima más relevancia en los centros escolares. Han de pasar por un proceso de formación y acreditación del Ministerio, que les ofrece una mayor autonomía si demuestran “que los recursos públicos se han administrado eficientemente y apuntan a una mejora real de los resultados”. Pasan a ser además algo así como gestores de Recursos Humanos: pueden contratar o vetar a un determinado profesor, establecer los méritos para cubrir un determinado puesto por un interino, o vetar alguno de los candidatos si lo justifican.
El claustro de profesores deja de ser el responsable primordial de la elección del director y cobra mucho más peso la Administración en esta elección. También el Consejo escolar pierde peso a la hora de decidir. Además, el Consejo pierde poder en el centro, deja de ser un órgano decisivo, y pasa a serlo meramente consultivo. Ya no puede aprobar, ni decidir (han sido eliminadas específicamente estas funciones del redactado de la ley) y debe limitarse a “evaluar” e informar.
10. Nueva Formación Profesional: FP básica y dual
10. Nueva Formación Profesional: FP básica y dual
La ley crea una nueva Formación Profesional Básica para alumnos de 15 a 17 años que tras haber cursado el primer ciclo de ESO no logren pasar a cuarto. Es gratuita y parte de la enseñanza obligatoria. Desde ella se podrá pasar a la FP de grado medio, y de ahí a la FP de Grado Superior “y se completa con materias optativas orientadas a los ciclos de grado superior y al tránsito hacia otras enseñanzas”.
Además, crean una nueva FP Dual, que permite hacer prácticas y recibir formación en empresas, simultaneando trabajo y estudios. Esta FP ha sido duramente criticada por el ex director general de FP del anterior Gobierno, Miguel Soler, que considera que en la práctica “sólo servirá para cubrir puestos de trabajo que requieren una mayor cualificación con estudiantes a cambio de sueldos que no llegarán al salario mínimo”, ya que la mayoría de las PYMES no tienen capacidad para destinar a personal a la formación del alumnado.
11. Más control del Ministerio en los contenidos
11. Más control del Ministerio en los contenidosSe aumentan los porcentajes de contenidos controlados por el ministerio. Si en la LOE el Ministerio controlaba el 65% de las enseñanzas mínimas en los currículos, y el 55% en las comunidades con lengua cooficial, ahora la norma establece que “los contenidos comunes requerirán el 65 % de los horarios escolares para las Comunidades Autónomas que tengan lengua cooficial y el 75 % para aquéllas que no la tengan”. Mientras que hasta ahora los centros eran los encargados de velar por los contenidos comunes, la nueva norma atribuye esta función a las administraciones educativas que “desarrollarán los contenidos comunes y podrán establecer directrices pedagógicas, reconociendo cierto grado de autonomía a los centros educativos”. Aunque introduce un guiño a determinados centros concertados con un modelo pedagógico propio: “Los centros educativos dispondrán de autonomía para diseñar e implantar métodos pedagógicos propios, de conformidad con las directrices que, en su caso, establezcan las administraciones educativas”.
12. Ratios más altas y profesores sin oposición
Además, la ley permite que se aumente por sistema la ratio de las aulas (número de alumnos por profesor) un 10%, masificándolas cuando la demanda así lo requiera. Además permitirá que las comunidades contraten a docentes sin hacer la oposición, como es el caso de los profesores nativos para las clases de inglés que Esperanza Aguirre contrató en Madrid el curso pasado.
13. Nuevos-viejos nombres de asignaturas
13. Nuevos-viejos nombres de asignaturasCambia la denominación de varias asignaturas, para volver a llamarlas como en la antigua EGB (en vez de Conocimiento del Medio, Ciencias Naturales por ejemplo); en 4º de ESO se implanta la asignatura de Economía y se le da la misma relevancia que a Latín o Biología. Además, se introducen dos categorías de asignaturas: las troncales y las específicas, y a partir de bachillerato la configuración de asignaturas pasa a ser sumamente específico y se modifican las vías para elegir, desapareciendo tecnología y dejando únicamente cuatro: Ciencias, Humanidades, Ciencias Sociales y Artes.
14. Reválidas, ránkings y competitividad entre escuelas
Aunque la LOE ya incluía diversas evaluaciones del sistema para trabajo interno de los centros e impedía específicamente en su enunciado utilizar los resultados para hacer clasificaciones de centros, la nueva norma propone justo lo contrario dar a conocer públicamente estos resultados: “Las Administraciones educativas publicarán los resultados obtenidos por los centros docentes ponderados en relación con los factores socioeconómicos y socioculturales del contexto en el que radiquen”, recoge. En concreto, se elimina la selectividad pero se incluyen otros tres exámenes o reválidas que diseñará el Ministerio de Educación y que se realizarán dentro del centro escolar, aunque los responsables del examen serán externos: el primer examen será al acabar 6º de Primaria (de lengua, matemáticas, ciencia y tecnología), el segundo al acabar 4º ESO (de materias troncales y una materia especifica por cada curso; contará un 30% para la nota media de la Secundaria), y el tercero al final de Bachillerato (todas las troncales, y una específica por curso; la nota de esta prueba contará un 40%).