Puregon y Ovitrelle es el nombre de dos medicamentos prescritos con frecuencia en los tratamiento de reproducción asistida. Con receta cuestan exactamente 8,48 euros, pero parte de las funcionarias, juezas, fiscalas, militares y guardias civiles que sean lesbianas o no tengan pareja varón deben pagar 298,37 euros por ellos, aunque estén en la sanidad pública. Muface, Isfas y Mugeju, las mutuas a las que pertenecen obligatoriamente este tipo de trabajadoras, no financian estas hormonas. Esto es así porque aplican la orden ministerial aprobada por el PP en 2014, aún vigente, que excluyó a las lesbianas y mujeres sin pareja de la reproducción asistida y a las que, en estos casos, obliga a abonar por estos fármacos un precio 36 veces mayor que si no lo fueran. Es un cálculo hecho a partir del coste de estos dos fármacos, pero el importe puede cambiar dependiendo de cada mujer y de cada tratamiento, que suele incluir más medicamentos.
Le ha ocurrido a Carmen (nombre ficticio), una funcionaria de 38 años a la que Muface, a la que pertenece obligada, le ha denegado la financiación de dos de los fármacos que le han indicado para el tratamiento de reproducción asistida que sigue en la Fundación Jiménez Díaz de Madrid. Esta situación se da porque Muface da a elegir a los beneficiaros entre sanidad pública o privada a través de varias entidades con concierto y Carmen ha elegido la primera. Así, el centro médico público le ha autorizado el tratamiento en sí (el ciclo de inseminación) porque prácticamente todas las comunidades autónomas han revertido la orden del PP con el paso de los años. Sin embargo, las mutuas son estatales y se rigen por la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud.
Tal y como marca el proceso, aunque los beneficiarios elijan la sanidad pública, cuentan con un talonario especial de recetas –no es el mismo papel que el de cualquier otro ciudadano– y para algunos tratamientos precisan que la mutua les autorice el llamado “visado de recetas” si quieren optar a la financiación pública de los medicamentos. Es el caso de la reproducción asistida. Para algunos de estos medicamentos también es necesario que la sanidad pública autorice un visado, pero es habitual que en estos casos lo haga y no depende de que la mujer sea lesbiana o no tenga pareja. Es precisamente ese proceso el que Muface le ha denegado a Carmen, según una resolución fechada el pasado 3 de abril a la que ha tenido acceso eldiario.es.
“Debido a que, con la información médica aportada, no se cumple ninguno de los requisitos se informa como DESFAVORABLE la financiación de medicación para la técnica de inseminación artificial con semen de donante”, concluye el dictamen. Los condicionantes a los que hace referencia son los que introdujo la entonces ministra de Sanidad, Ana Mato, en la orden ministerial, que se basan en la “existencia de un trastorno documentado de la capacidad reproductiva” o “ausencia de consecución del embarazo tras un mínimo de 12 meses de relaciones sexuales con coito vaginal sin empleo de métodos anticonceptivos”. Son estos dos requisitos, que en la práctica excluyen a mujeres con pareja mujer y a mujeres sin pareja, los que estableció la norma para acceder a la reproducción asistida en el sistema público.
La resolución ha obligado a Carmen a financiar íntegramente los dos fármacos –Puregon y Ovitrelle–, que le han indicado para la estimulación ovárica durante el tratamiento de reproducción asistida. Le han costado 247,74 y 50,63 euros, respectivamente. En el caso de que el primer ciclo de inseminación, al que se ha sometido la mujer, no sea fructífero, deberá volver a pagarlos hasta un máximo de seis intentos, que son los que se prevén. Con receta, estos dos mismos medicamentos cuestan 4,24 euros cada uno. Los fármacos indicados pueden variar para cada mujer según sus circunstancias y el médico que los prescribe.
Tanto la Federación de Servicios a la Ciudadanía de Comisiones Obreras como CSIF consideran esta situación una discriminación y una injusticia que debe revertirse.
No descarta denunciar
Su caso es paradigmático, puesto que ella es funcionaria en el ámbito de la enseñanza de la Comunidad de Madrid y, por lo tanto, mutualista obligatoria de Muface. Según su página web, tienen esta imposición los funcionarios de carrera de la Administración Civil del Estado y, aunque por regla general quedan excluidos los de Administración Local y Autonómica, “los cuerpos docentes son cuerpos estatales y todos pertenecen a Muface”, explican fuentes del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, del que depende la mutua. Sobre la exclusión de las mujeres como Carmen, apuntan a que Muface no tiene mucho margen, puesto que “aplica la cartera básica del Sistema Nacional de Salud”.
Las comunidades autónomas han ido revirtiendo la norma, pero aún no está modificada a nivel estatal. El Gobierno de Pedro Sánchez anunció el pasado mes de julio que devolvería este derecho a estas mujeres, pero es previsible que no le dé tiempo a consumar la reforma antes de las elecciones generales. A pesar de que ahora fuentes del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social del actual Ejecutivo descartan pronunciarse sobre ello, el pasado mes de febrero las mismas fuentes informaron a este medio de que quedaban cinco meses de trámite. Por ello, Muface, Isfas y Mugeju siguen aplicando esta orden ministerial. Además, el PSOE lleva la medida en su programa electoral de cara a las generales del próximo 28A.
A lo mismo que Muface aluden el Ministerio de Defensa, del que depende Isfas, y el Ministerio de Justicia, del que depende Mugeju. La primera es obligatoria para militares y guardias civiles, mientras que la segunda lo es para un amplio abanico de profesionales de la Administración de Justicia: jueces, fiscales, los funcionarios de carrera del Cuerpo de Secretarios Judiciales, de Médicos Forenses o los letrados de carrera del Cuerpo de Letrados del Tribunal Constitucional, entre otros. Fuentes de ambos ministerios aluden a que la causa médica es el único requisito actualmente vigente para financiar fármacos asociados a la reproducción asistida.
Carmen asegura que cuando recibió la notificación no había oído hablar de la orden y nadie le había indicado que podía ser excluida de la financiación. Su hermana, además, se había sometido a un tratamiento en el mismo servicio y en el mismo hospital y no había tenido ningún problema, explica. “Al principio fue una impotencia y un bajón total”, dice a eldiario.es antes de añadir que recurrirá el dictamen y que no descarta denunciar, puesto que además la norma “no habla específicamente de fármacos”. “Es una doble discriminación: como mujer sola y como funcionaria”, apunta.
Aunque la norma que modificó la cartera de servicios entró en vigor en noviembre de 2014, desde el principio algunas comunidades autónomas como Andalucía, Canarias, Extremadura o Euskadi decidieron no aplicarla. Con el paso del tiempo, en una especie de efecto dominó, casi todas fueron dejando de lado esta exclusión, a excepción de Ceuta, Melilla y Murcia. Durante años, la sanidad pública de muchas comunidades se negaba a iniciar la reproducción asistida en estas mujeres e incluso se dieron casos de tratamientos interrumpidos.
De hecho, el mismo hospital en el que Carmen está siguiendo el tratamiento, la Fundación Jiménez Díaz, fue el protagonista del caso de Verónica y Tania (nombres ficticios). A esta última, el centro médico también le interrumpió el tratamiento en 2014 y ellas iniciaron un proceso judicial de la mano de la organización Women's Link que acabaron ganado. El Juzgado de lo Social nº18 de Madrid condenó a la Comunidad de Madrid y al hospital por “vulnerar el principio de no discriminación por razón de orientación sexual”.