La tradición taurina en las Islas Baleares se expresa con números exiguos: en 2016 se celebraron dos corridas de toros y otros cinco festejos entre rejoneo, festivales y novilladas, según la Estadística de Asuntos Taurinos del Ministerio de Cultura.
Desde 2010 hasta el año pasado, 13 corridas de toros en total. A menos de dos por año frente a otras comunidades autónomas con parecida o menor población. En Asturias hubo cuatro, en Aragón 17, en Cantabria seis o en Extremadura 14.
Con todo, el Gobierno de Mariano Rajoy ha salido al cruce en cuanto el Parlamento balear aprobó la semana pasada una ley para regular una tauromaquia sin muerte ni daño físico para los toros (en la línea de los festejos portugueses).
Las cifras oficiales describen la dimensión los festejos taurinos en Baleares. A las dos corridas de toros, se le unió otra de rejones (toreo a caballo), un festival (con reses despuntadas y trajes camperos), un festejo mixto (en el que se juntan diferentes tipos de lidias), y dos novilladas sin picadores (corridas con reses de entre dos y tres años que omiten el tercio de varas). Estas últimas sí desaparecerán con la nueva ley porque se pretende que solo se lidien animales adultos. Y hasta ahí llega la afición en el archipiélago.
El Ministerio de Cultura ha actuado porque, entiende, unas corridas de toros incruentas no casan con su concepción de la tauromaquia como “patrimonio cultural”. El Partido Popular sacó adelante una ley que concedía este carácter a las corridas en 2013. Ese blindaje permite al Ejecutivo intervenir ya que es competencia del Estado preservar y promover el patrimonio.
Sin embargo, los promotores de la norma regional (Partido Socialista, Podemos y MÈS) ya avisaron de que habían tenido cuidado de que su texto encajara “perfectamente con los límites competenciales del marco autonómico”. Se referían a que la ley no proscribe la tauromaquia, sino que la regula de manera que no haya sangre. Sin banderillas, puyas o estoques. Solo con capote y muleta.
La propuesta balear ha intentado mediante esta fórmula no repetir el caso de la prohibición total de las corridas de toros que aprobó el Parlament de Cataluña en 2010. En esa ocasión, el Partido Popular denunció la norma ante el Tribunal Constitucional mediante el recurso de un grupo de senadores (esto hace que la ley no quede suspendida ipso facto al aceptarse el recurso como sí ocurre si el que lo presenta es el Ejecutivo).
“Los recurrentes ponen de manifiesto que no puede obviarse que la fiesta de los toros o espectáculo taurino tiene carácter nacional y forma parte del patrimonio cultural de España”, recogía la sentencia del Constitucional emitida en 2016 y que dio la razón a los senadores. “La propia fiesta de los toros se convierte en un valor a tutelar, a fomentar y a proteger”, aseguraron los magistrados.
Con todo, los casos catalán y balear no son iguales. Un síntoma de esto fue la reacción del Partido Animalista PACMA que, al aprobarse la norma balear la semana pasada, la calificó de “positiva” pero advertía: “El objetivo debe seguir siendo la prohibición legal y definitiva en todo el Estado”.
Seis años hasta la sentencia
De hecho, una de las grietas por donde la ley catalana recibió más ataques fue que, una vez proscritas las corridas, todavía se mantuvieran intactos los festejos populares taurinos como los correbous o los toros embolados. Al fin y al cabo, antes de esa ley se celebraban en Cataluña entre 10 y 12 corridas de toros. Pero los festejos populares superaron el medio centenar en 2016 (con especial gusto en las Tierras del Ebro en Tarragona).
Ese problema (o ese dilema) no lo han tenido en las Islas Baleares ya que la tradición es nula en el archipiélago. El año pasado no hubo ningún festejo popular, según recoge la estadística ministerial. El último año con alguno fue 2014: se contabilizó uno.
De momento, el Gobierno central solo ha anunciado que tratará de paralizar esta modalidad de corridas de toros. Una vez que haga efectiva su amenaza, si el Constitucional admite el trámite, la norma quedará en suspenso. Con la ley catalana, el recurso llegó en noviembre de 2010. Se aceptó en diciembre de ese año. La decisión final fue adoptada seis años después, en octubre de 2016.