Quito, 19 oct (EFE).- El estado de excepción decretado el lunes por el presidente Guillermo Lasso, con el argumento de altos niveles de inseguridad interna, llega también en un momento de alta tensión e incertidumbre política en Ecuador.
Alimentada por el incremento gradual del precio de los combustibles y por el rechazo a las reformas propuestas por el Ejecutivo, la incertidumbre genera el temor de algunos grupos sociales y sindicales de que el decreto trate de limitar derechos de expresión política y manifestación.
O de desviar la atención del pulso político entre el Legislativo y el Ejecutivo por el bloqueo de algunas reformas, o incluso la investigación sobre la aparición de Lasso en los Papeles de Pandora.
El constitucionalista José Chalco y la consultora política Wendy Reyes, analizan para Efe las claves de la decisión y sus repercusiones legales, políticas y sociales.
1. AFIANZAMIENTO DEL CRIMEN ORGANIZADO.- Ecuador sufre este último año un considerable incremento de la delincuencia, con homicidios y asaltos que causan gran preocupación entre la población. Según la Policía, la tasa de muertes intencionales ha crecido de 5,81 por 100.000 habitantes en 2016, a 10,62 este 2021. Y en números absolutos, de 960 a 1.885 en lo que va de año, de los cuales 1.112 son catalogados como “violencia criminal”.
2. INFLUENCIA DEL NARCOTRÁFICO.- Las autoridades vinculan este incremento al crimen organizado y, según Lasso, “más del 70 % de las muertes violentas” en la provincia de Guayas (suroeste), la más castigada, “están vinculadas al narcotráfico”. El mismo vínculo establecen para explicar la crisis carcelaria sin precedentes que vive el país, con disputas entre las principales bandas que dejan este año un balance de más de 250 reos asesinados.
Además, el presidente explicó que, si bien Ecuador era catalogado hasta ahora como un país de tránsito de la droga, proveniente de Colombia y Perú, también se ha generado un aumento del consumo.
3. ¿POR QUÉ AHORA?.- El decreto, y sobre todo su pomposo anuncio por discurso a la nación, ha sorprendido pese a que la situación es harto conocida por todos. Hace semanas el Gobierno incluso desplegó fuerzas militares y policiales en la zona de Guayaquil para frenar el fenómeno.
Es de creer que el mayor número de asesinatos en el último período, sumado a una reciente masacre de 118 reos en una cárcel de Guayaquil, han catalizado la decisión presidencial, como así también, la muerte el domingo de un niño de 11 años en un tiroteo entre malhechores y policías durante un asalto en Guayaquil.
4. ESTADO EXCEPCIÓN NACIONAL PERO FOCALIZADO.- En este contexto, el estado de excepción ha sido decretado a nivel nacional, para, entre otras razones, permitir a las Fuerzas Armadas tomar parte en actividades a priori policiales. Por el momento, la actividad ha sido restringida a las provincias de El Oro, Guayas, Santa Elena, Manabí, Los Ríos, Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas, Pichincha y Sucumbíos (fronteriza con Colombia).
5. DURACIÓN DEL ESTADO DE EXCEPCIÓN.- El decreto tiene en principio una duración de apenas sesenta días, lo que para Reyes es un tiempo insuficiente para resolver la situación en todas sus proyecciones de seguridad, legales, económicas y sociales. Por ello aboga por el establecimiento de una política pública que empiece a resolver todo el problema.
6. POSIBLE INCONSTITUCIONALIDAD.- Por su parte, Chalco precisa que “un estado de excepción nacional” con aplicación de medidas “solo en ciertas provincias” puede “traer tropiezos cuando la Corte Constitucional se pronuncie”, pues el documento debería tener límites específicos en cuanto a medidas y la conformidad de estas con el territorio establecido.
7. DEFENSA DE FUERZAS ARMADAS Y POLICÍAS.- Otro de los ángulos posiblemente problemáticos del decreto es la intención de Lasso de pasar por la Asamblea Nacional un proyecto de Ley de “Defensa del Deber de la Fuerza Pública” para proteger jurídicamente a los agentes que “injustificadamente” sean demandados mientras estaban en el cumplimiento de su misión.
Podría ser el caso, por ejemplo, del policía que aparentemente mató por error al menor de Guayaquil, a quien la familia pretende denunciar por homicidio culposo.
8.- SIN RESTRICCIONES DE MOVILIDAD.- El nuevo régimen no incluye restricciones de índole civil o política como puedan ser el derecho a la movilización, reunión u otras libertades. “No hay suspensión de derechos”, asegura el constitucionalista.
La última vez que Ecuador vivió un estado de excepción fue en 2020, en ese caso, por razones sanitarias debido a la covid, que el entonces mandatario, Lenín Moreno, trató de renovar dos veces y la última se vio bloqueado por la Corte Constitucional. En ese caso, se incluían restricciones a la movilidad y concentración para frenar los contagios.
9. MOVILIZACIONES SOCIALES y MUESTRAS DE RECHAZO.- El estado de excepción coincide con un período de protestas sociales sobre las que, en principio, no debería tener incidencia. No obstante, Reyes considera que poner a militares en las calles significa, de alguna manera, “desmovilizar a los ciudadanos”. Algunos dirigentes de movimientos sociales y sindicales han rechazado el decreto en el temor de que las Fuerzas Armadas sean usadas en las manifestaciones.
10. PROYECCIONES EN OTRAS POLÍTICAS.- Si bien el decreto se enfoca en temas de seguridad, la vigencia del estado de excepción puede abrir posibilidades al Ejecutivo en otras políticas, por ejemplo -advierte Reyes- a la hora de presentar a la vez dos proyectos de ley con carácter de urgencia económica, cuando normalmente solo podría uno.
Lasso anunció la semana pasada que su proyecto de Ley “Creando Oportunidades sería fraccionado en tres, y debe enviar en los próximos días a la Asamblea Nacional el primero de ellos.