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Protección de Datos propone multar al exmilitar de la manada con 150.000 euros por el vídeo de la víctima

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha abierto un procedimiento sancionador contra un miembro de la manada, Alfonso Jesús Cabezuelo, en relación a la grabación y posterior difusión de los vídeos de la violación en grupo contra una joven de 18 años durante la madrugada del 7 de julio de 2016 en Pamplona, han confirmado fuentes del organismo a eldiario.es.

Según adelantó El Confidencial, el abogado del miembro de la manada ha revelado que la propuesta sancionadora del organismo es de 150.000 euros. Fuentes jurídicas han explicado a eldiario.es que esta cuantía se situaría a la mitad de la máxima multa posible para este caso, ya que la anterior Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD, reformada el pasado noviembre pero en vigor cuando ocurrieron los hechos) contemplaba una horquilla sancionadora de 40.001 a 300.000 euros.

La Agencia aclara que se trata de un procedimiento en marcha, abierto a cambios: “No se trata de una resolución sino del acuerdo de inicio de un procedimiento sancionador”, aseguran fuentes de la AEPD. La notificación recibida por el abogado de Cabezuelo corresponde a la apertura del proceso por parte de la Agencia, organismo independiente, con capacidad de imponer sanciones administrativas.

La investigación de la Guardia Civil reveló que Cabezuelo grabó un vídeo de 39 segundos en el que quedó registrada la agresión, que borró poco después. El artículo 7.3 de la anterior LOPD detallaba que “los datos de carácter personal que hagan referencia al origen racial, a la salud y a la vida sexual sólo podrán ser recabados, tratados y cedidos cuando, por razones de interés general, así lo disponga una ley o el afectado consienta expresamente”. La prohibición de registrar datos de carácter sexual sin consentiemiento expreso continúa en la nueva ley, en este caso en el artículo 6 bis.

Según determinó la Audiencia de Navarra en su sentencia del caso del 26 de marzo de 2018, este consentimiento expreso no se produjo en ningún momento por parte de la víctima. Los jueces condenaron a los cinco integrantes de la manada a nueve años de cárcel por un delito de abuso sexual y no por agresión sexual. Todas las partes recurrieron la decisión de la Audiencia de Navarra y ahora será el Tribunal Supremo el que tenga que pronunciarse.

El letrado de Cabezuelo, militar expulsado del Ejército de Tierra por el Ministerio de Defensa, anticipa que otro de los condenados, Antonio Manuel Guerrero, autor de otros seis vídeos, recibirá la misma notificación próximamente. La Agencia no ha confirmado este punto a eldiario.es.

Mar España, directora de la AEPD, ha manifestado en varias ocasiones que el organismo trabaja para tomar un papel protagonista en la investigación y sanción de vídeos como los de la manada. En este momento la Agencia trabaja en un protocolo con los ministerios de Justicia, Interior, Educación y la Fiscalía para mejorar la información sobre el tutelaje de sus derechos de protección de datos que puede asumir la institución en cualquier momento en que un ciudadano lo solicite.

Uno de los aspectos del protocolo se refiere precisamente a casos como el de la manada. El objetivo es que, en el mismo momento en que una víctima denuncia una agresión de este tipo y sospecha que ha podido ser grabada, se las informe de que pueden acudir a la AEPD para sea esta quien se encargue de solicitar la retirada de Internet de esas imágenes y evite que sigan en circulación.

“Hasta que a esa víctima se le asigne un abogado de oficio y el juez dicte las medidas cautelares, ese vídeo puede haberse hecho viral. Nosotros podemos conseguir, como nos ha pasado en algunos casos, que ese vídeo se retire en 24 horas”, explicó España en una reunión con periodistas. “Por supuesto, esto es perfectamente compatible con la instrucción penal”, recalcó.