Experiencia en RTVE, periodismo y dirección: los méritos que sumarán puntos para presidir el Ente por concurso
El procedimiento de concurso acordado este martes por las mesas conjuntas de las dos Cámaras establece que primero se abrirá un plazo para que los aspirantes a consejeros de RTVE registren sus candidaturas y, después, la Comisión Mixta Congreso-Senado de control parlamentario del ente designará al Comité de Expertos que los evaluará.
Según la resolución aprobada este martes en la reunión de las mesas conjuntas del Congreso y del Senado, a la que ha tenido acceso Vertele, nada más publicarse el texto en el Boletín Oficial de las Cortes se abrirá una convocatoria pública a la que podrán presentarse en el plazo de diez días hábiles todas las personas que reúnan una serie de requisitos:
- “Ser mayor de edad y nacionalidad española o la de un Estado de la UE”
- “Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, grado o título equivalente”.
- “No estar incurso en ninguna causa de incompatibilidad y reunir los requisitos de honorabilidad previstos en la ley reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado”.
Los aspirantes deberán presentar sus credenciales en el Registro de cualquiera de las dos Cámaras para que sean trasladadas a la Comisión Mixta de control de RTVE, que será la que proceda a su “admisión a trámite”.
Elección del Comité de Expertos
Después se abrirá otro plazo de diez días para la designación del Comité de Expertos por parte de los grupos. Estos expertos deben ser “personas de reconocida competencia profesional, docente, investigadora en el ámbito de la comunicación y con acreditada experiencia acreditada en el mismo no inferior a diez años”.
Según ha establecido el decreto ley del Gobierno y recoge la resolución de las mesas conjuntas de las dos Cámaras, “cada grupo parlamentario podrá designar a una persona” como experto. Pero, adicionalmente, cada miembro de la Comisión Mixta podrá proponer la designación de otra persona siendo nombradas aquellas que haya sido designadas, al menos, por cuatro miembros de la Comisión (son 39 actualmente).
El texto no indica cuál es el número de Expertos con el que contará el Comité.
Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos formales exigidos, la Comisión Mixta se reunirá “para formalizar la designación y, dentro de los cinco días hábiles siguientes, el Presidente de dicha comisión convocará al Comité de Expertos a los efectos de su constitución”.
El Comité de Expertos gozará de “plena autonomía para el desempeño de sus funciones” y se relacionará con las Cámaras “a través de la Comisión Mixta de Control de RTVE”. De hecho, tendrá sede en la misma sede.
De entre sus miembros será elegido un presidente a quien corresponderá convocar al Comité, y un Secretario, que levantará actas de las reuniones. Las decisiones serán por mayoría. “para la adopción de acuerdos el Comité de Expertos deberá contar con la mayoría de sus miembros”, dice la resolución.
Evaluación de las solicitudes a consejeros
En el plazo de otros diez siguientes a la publicación de la lista de solicitudes admitidas, el Comité de Expertos deberá emitir un informe de “evaluación de idoneidad” de los solicitantes a ocupar una plaza de consejero.
Los informes serán individuales y motivados por “méritos” y se atribuirá “una puntuación concreta a cada uno de ellos”, aunque la puntuación concreta no se recoge en el documento.
Estos “méritos” deben ser:
- “Formación superior en el ámbito de la comunicación”
- “Ejercicio profesional del periodismo escrito, gráfico y audiovisual” “Experiencia profesional en la Corporación RTVE o en sus sociedades”
- “Experiencia en otros medios de comunicación de carácter público o privado”
- “Desarrollo de funciones de administración, alta dirección, control o asesoramiento, o similar en el sector de la comunicación”
- “El proyecto de gestión presentado”, y “otros méritos relevantes de carácter profesional, docente y de investigación en ámbitos relacionados con la comunicación”.
El informe de evaluación del Comité de Experto será remitido a la Comisión Consultiva de Nombramiento tanto del Congreso como del Senado y publicado en el Boletín de las Cortes Generales y en las páginas web de ambas Cámaras.
Todos los aspirantes seleccionados, no se especifican cuantos, deberán comparecer en dicha Comisión de Nombramientos del Congreso. Del mismo modo lo hará los que deban ser designados por la Cámara alta en la correspondiente Comisión de Nombramientos.
Si quedaran plaza vacantes tras todo este proceso, ambas presidencias del Congreso y del Senado podrán abrir un nuevo plazo de presentación de candidatos.
Elección del presidente de RTVE
Una vez elegidos todos los miembros del Consejo (6 en el Congreso y 4 en el Senado), que será paritario, se procederá por parte del Congreso a la elección del presidente del ente público, que será designado por el Congreso de entre esos nombres.
La resolución de las mesas conjuntas contiene una “disposición transitoria segunda” en la que se establece que “el primer mandato de la mitad de los consejeros durará tres años”. “En la primera sesión del Consejo de Administración se determinará por sorteo qué Consejeros cesarán, trascurrido el plazo de tres años desde su nombramiento”.